Juzgado de lo Contencioso-administrativo N°. 9 de Sevilla, Sentencia 317/2017 de 21 Dic. 2017, Rec. 176/2017: Extranjeros. Reagrupación familiar. Concesión de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea. El solicitante es hijo de ciudadano español, menor de 21 años, al que le fue desestimada su solicitud al no acreditar su progenitor –reagrupante- ingresos económicos, pues no desarrolla actividad laboral alguna. No puede la Administración aprovechar una norma destinada a la transposición de una Directiva comunitaria para introducir requisitos y exigencias a los ciudadanos españoles para la reagrupación familiar no previstos en la norma europea.
Ponente: Pleite Guadamillas, Francisco.
Nº de Sentencia: 317/2017
Nº de Recurso: 176/2017
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 9121, Sección Reseña de Sentencias, 18 de Enero de 2018
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.