Páginas

miércoles, 3 de octubre de 2018

Consulta Vinculante - El avituallamiento de productos a buques oceanográficos de navegación marítima internacional no está exento de IVA


Consulta Vinculante V1958-18, de 02 de julio de 2018 de la Subdireccion General de Impuestos sobre el Consumo: Impuesto sobre el Valor Añadido. Sujeción. Avituallamiento de productos a buques oceanográficos de navegación marítima internacional. La exención del artículo 22 de la Ley 37/1992 entrega de dichos productos de avituallamiento se extiende únicamente a buques afectos a la navegación marítima internacional en el ejercicio de actividades comerciales de transporte remunerado de mercancías o pasajeros, incluidos los circuitos turísticos, o de actividades industriales o de pesca.
Diario La Ley, Nº 9271, 3 de Octubre de 2018.
[Texto de la Consulta]

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.