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jueves, 4 de abril de 2019

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (4.4.2019)


CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. YVES BOT, presentadas el 4 de abril de 2019, en el asunto C‑47/18 (Riel): [Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Wien (Tribunal Superior Regional de Viena, Austria)] Procedimiento prejudicial — Reglamento (UE) n.º 1215/2012 — Competencia judicial en materia civil y mercantil — Ámbito de aplicación — Artículo 1, apartado 2, letra b) — Quiebras, convenios entre quebrado y acreedores y demás procedimientos análogos — Acción de reconocimiento de un crédito a efectos de su registro en el marco de un procedimiento de insolvencia — Procedimientos de insolvencia — Reglamento (CE) n.º 1346/2000 — Artículo 41 — Contenido de la presentación de un crédito — Requisitos máximos — Presentación incompleta — Indicación insuficiente que se deduce de los documentos justificativos — Requisitos de aplicación de la ley del Estado miembro de apertura del procedimiento principal de insolvencia.
Nota: El AG propone al Tribunal que conteste las cuestiones planteadas en el siguiente sentido:
"El artículo 41 del Reglamento (CE) n.º 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, debe interpretarse en el sentido de que establece los requisitos máximos que puede imponer una normativa nacional en lo que respecta al contenido de la presentación de un crédito y de que se cumple la obligación de conocer la fecha de nacimiento del crédito cuando esta puede deducirse de los documentos aportados como anexo del escrito de presentación del crédito, bien entendido que la validez de la presentación se rige por la ley del Estado miembro en cuyo territorio se haya abierto el procedimiento principal (lex concursus)."

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