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lunes, 22 de julio de 2019

Jurisprudencia - Régimen del silencio administrativo aplicable a las solicitudes de tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE


Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Sentencia de 24 junio 2019, Rec. 1307/2018: Solicitudes de tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la Unión Europea. Artículo 8 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, en el que no se regulan los efectos de no dictarse resolución en el plazo de los tres meses siguientes a la formulación de la solicitud. Régimen aplicable al silencio administrativo. La DA 2ª del Real Decreto 240/2007 remite, en lo no previsto en materia de procedimientos, a lo dispuesto en primer lugar en el propio RD, en su defecto, a la Ley Orgánica 4/2000 y a su reglamento, y, en tercer lugar, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Aplicación de la DA 1ª de la LO 4/2000: trascurridos los tres meses de la solicitud sin notificar la resolución, el silencio opera de forma negativa, pudiendo el interesado recurrir. Silencio negativo.
Ponente: Trillo Alonso, Juan Carlos.
Nº de Recurso: 1307/2018
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Fuente: Otrosi .net - Administrativo.
[Texto en CENDOJ: Roj: STS 2081/2019 - ECLI: ES:TS:2019:2081]

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