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jueves, 4 de julio de 2019

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (4.7.2019)


-SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 4 de julio de 2019, en el asunto C‑393/17 (Kirschstein): Procedimiento prejudicial — Directiva 2005/29/CE — Prácticas comerciales desleales — Ámbito de aplicación — Concepto de “prácticas comerciales” — Directiva 2006/123/CE — Servicios en el mercado interior — Derecho penal — Regímenes de autorización — Enseñanza superior — Título de máster — Prohibición de expedir determinados títulos sin autorización.
Fallo del Tribunal:
"1) La Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, que modifica la Directiva 84/450/CEE del Consejo, las Directivas 97/7/CE, 98/27/CE y 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n.º 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo («Directiva sobre las prácticas comerciales desleales»), debe interpretarse en el sentido de que no se aplica a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que castiga penalmente a quienes, sin haber sido previamente autorizados para ello por la autoridad competente, expiden títulos de máster.
2) El artículo 1, apartado 5, de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, en relación con sus artículos 9 y 10, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que castiga penalmente a quienes, sin haber sido previamente autorizados para ello por la autoridad competente, expiden títulos de máster, siempre que las condiciones a las que se supedite la concesión de la autorización para expedir ese título sean compatibles con el artículo 10, apartado 2, de dicha Directiva, lo que corresponde verificar al tribunal remitente."
-CONCLUSIONES DE LA ABOGADO GENERAL SRA. JULIANE KOKOTT, presentadas el 4 de julio de 2019, en el asunto C‑323/18 (Tesco-Global Áruházak): [Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság (Tribunal de lo Contencioso‑Administrativo y de lo Social de la Capital, Hungría)] Petición de decisión prejudicial — Libertad de establecimiento — Ayudas de Estado — Sistema del IVA — Impuesto a las empresas de comercio al por menor basado en el volumen de negocios — Trato desfavorable a empresas extranjeras mediante una tarifa impositiva de efecto progresivo — Discriminación indirecta — Justificación de un impuesto de efecto progresivo en función del volumen de negocios.
Nota: La AG propone al Tribunal que conteste las cuestiones planteadas en el siguiente sentido:
"1) La diferencia de imposición resultante de una tarifa progresiva no constituye una restricción indirecta de la libertad de establecimiento del artículo 49 TFUE, en relación con el artículo 54 TFUE. Esto también se aplica si, en el caso de un impuesto que grava la renta en función del volumen de negocios, las empresas con mayor volumen de negocios resultan gravadas en mayor medida y estas se encuentran en la práctica en manos principalmente de accionistas extranjeros, salvo que se pueda demostrar que el Estado miembro ha incurrido en abuso de derecho. No ocurre así en el presente asunto.
2) La diferencia de imposición resultante de una tarifa progresiva no constituye una ventaja selectiva en favor de las empresas con menor volumen de negocios (es decir, no es una ayuda estatal), ni una empresa con mayor volumen de negocios puede invocarla para eludir sus propias obligaciones fiscales."

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