Páginas

lunes, 26 de agosto de 2019

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


RESOLUCIONES

-Asunto C-827/18: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 15 de mayo de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Kamenz — Alemania) — MC/ND (Procedimiento prejudicial — Artículos 53, apartado 2, y 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Cooperación judicial en materia civil — Competencia judicial,reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil — Convenio de Lugano II — Artículo 22, punto 1 — Litigios en materia de derechos reales inmobiliarios y de contratos de arrendamiento de bienes inmuebles — Restitución de los frutos obtenidos del arrendamiento de un bien antes de la transmisión de la propiedad.
Fallo del Tribunal: "El artículo 22, punto 1, párrafo primero, del Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, firmado el 30 de octubre de 2007, cuya celebración fue aprobada en nombre de la Comunidad Europea mediante la Decisión 2009/430/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2008, debe interpretarse en el sentido de que no constituye una acción «en materia de derechos reales inmobiliarios y de contratos de arrendamiento de bienes inmuebles», en el sentido de la referida disposición, una acción ejercitada por el adquirente de un bien inmueble, que tiene por objeto el abono de un importe percibido por el vendedor en concepto del alquiler pagado por un tercero, cuando este adquirente, aunque ya había comenzado a disfrutar del bien en el momento del abono de ese importe, todavía no era legalmente el propietario, con arreglo a la normativa nacional aplicable."
NUEVOS ASUNTOS

-Asunto C-302/19: Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione (Italia) el11deabril de 2019 — Istituto Nazionale della Previdenza Sociale/WS.
Cuestión planteada: "¿Deben interpretarse el artículo 12, apartado 1, letra e), de la Directiva 2011/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13dediciembre de 2011, y el principio de igualdad de trato entre los titulares del permiso único de residencia y de trabajo y los nacionales en el sentido de que se oponen a una normativa nacional en virtud de la cual, a diferencia de lo establecido para los nacionales del Estado miembro, en el cómputo de los miembros de la unidad familiar a efectos de cálculo del subsidio para la unidad familiar se excluye a los familiares de un trabajador titular de un permiso único y nacional de un tercer Estado cuando esos familiares residan en el tercer país del que son nacionales?"
-Asunto C-303/19: Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione (Italia) el11deabril de 2019 — Istituto Nazionale della Previdenza Sociale/VR.
Cuestión planteada: "¿Deben interpretarse el artículo 11, apartado 1, letra d), de la Directiva 203/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, y el principio de igualdad de trato entre los residentes de larga duración y los nacionales en el sentido de que se oponen a una normativa nacional en virtud de la cual, a diferencia de lo establecido para los nacionales del Estado miembro, en el cómputo de los miembros de la unidad familiar a efectos de cálculo del subsidio para la unidad familiar se excluye a los familiares de un trabajador residente de larga duración y nacional de un tercer Estado cuando esos familiares residan en el tercer país del que son nacionales?
-Asunto C-380/19: Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Düsseldorf (Alemania) el15de mayo de 2019 — Bundesverband der Verbraucherzentralen und Verbraucherverbände — Verbraucherzentrale Bundesverbande.V./Deutsche Apotheker- und Ärztebank eG.
Cuestiones planteadas:
"1) ¿Nace la obligación de información contenida en el artículo 13, apartado 2, de la Directiva 2013/11/UE, consistente en prestar en las condiciones generales la información a que se refiere el artículo 13, apartado 1, cuando el comerciante pone a disposición las condiciones generales para su descarga en su sitio web, en el que no se celebran contratos?
2) En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿cumple también el comerciante en tal supuesto con su obligación de prestar la información en las condiciones generales si no facilita la información en el fichero puesto a disposición para su descarga, pero sí en otro lugar del sitio web de la empresa?
3) ¿Cumple el comerciante con su obligación de prestar la información en las condiciones generales si entrega al consumidor, además de un documento con las condiciones generales, una lista de precios y prestaciones, también elaborada por él, en un documento separado que contiene la información prevista en el artículo 13, apartado 1, de la Directiva 2013/11/UE?"
-Asunto C-398/19: Petición de decisión prejudicial planteada por el Kammergericht Berlin (Alemania) el23demayo de 2019 — BY.
Cuestiones planteadas:
"1. ¿Son extrapolables los criterios establecidos en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 6 de septiembre de 2016, recaída en el asunto Petruhhin (C-182/15) sobre la aplicación de los artículos 18 TFUE y 21 TFUE, al caso de una solicitud de extradición de un ciudadano de la Unión remitida por un Estado tercero aun cuando el sujeto reclamado trasladó su centro de intereses vitales al Estado miembro requerido en un momento en el que no era todavía ciudadano de la Unión?
2. Conforme a los criterios establecidos en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 6 de septiembre de 2016, recaída en el asunto Petruhhin (C-182/15), ¿tiene el Estado miembro de origen al que se ha informado de una solicitud de extradición la obligación de solicitar al Estado tercero requirente que le facilite el expediente para poder verificar las acciones entabladas?
3. Conforme a los criterios establecidos en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 6 de septiembre de 2016, recaída en el asunto Petruhhin (C-182/15), ¿tiene el Estado miembro que ha recibido de un Estado tercero una solicitud de extradición de un ciudadano de la Unión la obligación de denegar la extradición y continuar el procedimiento penal contra este si tal posibilidad está prevista en su Derecho nacional?"

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.