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jueves, 28 de noviembre de 2019

La Comisión Europea lleva a España ante el TJUE por sus normas sobre la compensación de los daños y perjuicios sufridos por particulares por legislación contraria al Derecho de la Unión


Tras la respuesta de España a la carta de emplazamiento de la Comisión de 2017, la respuesta al dictamen motivado de la Comisión de enero de 2018 y después de contactos e intercambios entre las autoridades españolas y la Comisión, esta última ha decidido demandar a España ante el Tribunal de Justicia con arreglo al artículo 258 TFUE. El motivo son las normas españolas sobre compensación por los daños y perjuicios causados por el Estado al adoptar legislación contraria al Derecho de la Unión. La Comisión considera que estas disposiciones infringen los principios de efectividad y/o equivalencia. Principios que limitan la autonomía procesal y sustantiva de los Estados miembros al establecer las condiciones de responsabilidad en caso de infracción del Derecho de la Unión.

En primer lugar, la legislación española supedita la compensación a una serie de condiciones acumulativas: debe haber una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la que se declare que un acto legislativo español vulnera el Derecho de la Unión; la parte perjudicada debe haber obtenido, en cualquier caso, una sentencia firme por la que se desestime un recurso contra la decisión administrativa que causó el daño; y la parte perjudicada debe haber alegado la infracción del Derecho de la Unión durante dicho procedimiento de recurso. Según la jurisprudencia consolidada, estas condiciones hacen excesivamente difícil la concesión de indemnizaciones por parte del Estado por infracciones del Derecho de la Unión y, por tanto, violan el principio de efectividad.
En segundo lugar, las normas españolas establecen condiciones menos favorables en lo referente a la responsabilidad del Estado derivada de una infracción del Derecho de la Unión que en el caso de la responsabilidad fruto de infracciones de la Constitución Española. Se trata de una violación del principio de equivalencia.

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