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miércoles, 11 de diciembre de 2019

Consulta vinculante - Criterios exigidos para la exención del ICIO de una universidad pública


Consulta Vinculante V2761-19, de 8 de octubre de 2019 de la Subdireccion General de Tributos Locales SGTL: Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Bonificaciones. Inmuebles propiedad de las universidades públicas afectos al cumplimiento de sus fines. La exención indicada no se produce de forma automática sino que su aplicación debe ser solicitada de forma concreta tanto en lo que se refiere al concepto impositivo como en cuanto al objeto o acto gravado, debiéndose plantear en la solicitud de una manera precisa y aportando los datos y documentos necesarios para probar los hechos constitutivos de la exención, lo que permitirá al Ayuntamiento pronunciarse sobre la misma. Impuesto sobre bienes inmuebles. Sujeción al tributo. Tras la derogación de la Ley de Universidades que recogía la exención tributaria aplicable a las Universidades, ha sido suprimidos los beneficios fiscales establecidos en los tributos locales en normas distintas de las de régimen local anteriores a la entrada en vigor de la Ley 39/1988.
Diario La Ley, Nº 9534, 11 de Diciembre de 2019.
[Texto de la consulta]

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