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domingo, 17 de mayo de 2020

BOE (extraordinario) de 17.5.2020


- Orden TMA/415/2020, de 17 de mayo, por la que se amplía la relación de puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional.
Nota: A las 16:30 hs. de un domingo se publica un BOE extraordinario para modificar una Orden publicada hace 48 hs. Todo muy en la línea del desconcertante cambio de criterio continuo del gobierno con las decisiones que toma. Salida de los niños a la calle: que no, que sí. Esta semana lo hemos visto con las rebajas, que en 24 hs. hemos pasado de no al si, para luego regresar al no y al final ignorar el tema en la Orden que regula la nueva etapa del desconfinamiento. O qué decir de la obligatoriedad de las mascarillas, donde el único criterio es que el gobierno no tiene criterio. Y tantos y tantos ejemplos que podríamos poner. A este paso la conocida expresión "sic transit gloria mundi" la podremos sustituir por la de "los éxitos y triunfos duran menos que un Orden aprobada por el gobierno".

Pues bien, la modificación se refiere a la Orden TMA/410/2020, de 14 de mayo, por la que se limita la entrada en España a las aeronaves y buques de pasaje a través de los puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional, publicada en el BOE del viernes y en vigor desde ayer, sábado, a las 00:00 hs. Ahora se amplían los aeropuertos designados como puntos de entrada, en el artículo 3.1.a) de la Orden, incluyéndose también los aeropuertos de Sevilla, Menorca, Ibiza, Lanzarote-César Manrique, Fuerteventura, Tenerife Sur, Alicante-Elche y Valencia.
Esta modificación producirá efectos desde las 00:00 horas del día 18 de mayo, mañana.
[BOE n. 139, de 17.5.2020]

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