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lunes, 26 de octubre de 2020

Jurisprudencia - Ponderación de derechos fundamentales cuando la labor profesional de quien ejercita el derecho al olvido se ciñe a una actividad privada

 - Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia 1175/2020 de 17 Sep. 2020, Rec. 1733/2019: Interés casacional. Protección de datos. Derecho al olvido digital. Conformidad a Derecho de la sentencia de la AN, que anuló la resolución sancionadora de la AEPD contra un conocido gestor del motor de búsqueda de internet. Primacía de la información difundida a través del motor de búsqueda frente a la protección de datos del afectado y el derecho al olvido. La opinión publicada alude a una conducta profesional que guarda conexión con ciertos hechos objeto de investigación penal, y divulga y advierte de un posible fraude a terceros, y que presenta un interés para potenciales usuarios. Distinción entre la libertad de expresión y el derecho a la información. Doctrina del TC y del TJUE. Delimitación de la jurisprudencia sentada en la STS 12/2019, de 11 de enero. Factores de ponderación. La ponderación de los intereses concurrentes, unido a la incidencia del factor tiempo en la calidad de los datos del interesado difundidos y en el ejercicio del derecho al olvido, determina la prevalencia de la información respecto al derecho al olvido.

Ponente: Perelló Doménech, María Isabel.
Nº de Sentencia: 1175/2020
Nº de Recurso: 1733/2019
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 9723, Sección La Sentencia del día, 26 de Octubre de 2020
ECLI: ES:TS:2020:2873
[Texto de la sentencia]

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