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martes, 2 de febrero de 2021

BOE de 2.2.2021


- Circular 2/2021 del Banco de España, de 28 de enero, que modifica la Circular 8/2015, de 18 de diciembre, del Banco de España, a las entidades y sucursales adscritas al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, sobre información para determinar las bases de cálculo de las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.

Nota: La norma única modifica la Circular 8/2015 del Banco de España a las entidades y sucursales adscritas al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, sobre información para determinar las bases de cálculo de las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. Entre otras modificaciones, sustituye el anejo 1 (Información para determinar las bases de cálculo de las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos), por un nuevo anejo 1 que constará de dos partes, A y B. En la plantilla de la parte A (Información relativa a los compartimentos de garantía de depósitos y de valores), se mantiene la información que hasta la entrada en vigor de esta circular remiten las entidades adscritas al FGD y se realizan los ajustes necesarios para recoger la información sobre los depósitos constituidos por empresas de servicios de inversión en cuentas instrumentales y transitorias de efectivo abiertas a nombre de la empresa de servicios de inversión en la entidad declarante por cuenta de sus clientes, según lo establecido en los artículos 30 quáter y 43.3 del Real Decreto 217/2008. Además, para los depósitos admisibles se añade el detalle entre los captados por las oficinas radicadas en España (Negocios en España) y los captados por las sucursales en otros países de la Unión Europea (Negocios en sucursales en otros Estados miembros de la Unión Europea). Por último, se añade una parte B al anejo 1 de la Circular 8/2015, con una plantilla en la que se incluye el desglose por países de residencia de las sucursales de los depósitos admisibles y garantizados.

[BOE n. 28, de 2.2.2021]

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