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viernes, 5 de marzo de 2021

Bibliografía - No cabe declarar el desistimiento de la solicitud de protección internacional sin previa citación del solicitante o su representante

 

- Extranjería: no cabe declarar el desistimiento de la solicitud de protección internacional sin previa citación del solicitante o su representante (STS de 9 de diciembre de 2020)
Benjamín Górriz Gómez, Juez sustituto
Diario La Ley, Nº 9804, Sección Comentarios de jurisprudencia, 5 de Marzo de 2021

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 9 de diciembre de 2020 (Sec. 5ª, rec. casación 240/2020, ponente D. Rafael Fernández Valverde), interpreta el artículo 27 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria (LAPS), que permite el archivo de la solicitud, declarando que es necesaria previa citación o convocatoria concreta del solicitante.

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