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lunes, 20 de septiembre de 2021

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


RESOLUCIONES

- Asunto C-262/21 PPU: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 2 de agosto de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein oikeus — Finlandia) — A / B [Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Competencia, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental — Reglamento (CE) n.o 2201/2003 — Ámbito de aplicación — Artículo 2, punto 11 — Concepto de «traslado o retención ilícitos de un menor» — Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980 — Solicitud de restitución de un menor de corta edad sobre el que tienen custodia compartida ambos progenitores — Nacionales de terceros países — Traslado del menor y de su madre al Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional en aplicación del Reglamento (UE) n.o 604/2013 (Dublín III)]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 2.8.2021.

- Asunto C-206/20: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 22 de junio de 2021 [petición de decisión prejudicial planteada por la High Court of Justice Queen’s Bench Division (Administrative Court) — Reino Unido] — Ejecución de una orden de detención europea emitida contra VA (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Cooperación judicial en materia penal — Orden de detención europea — Decisión Marco 2002/584/JAI — Artículo 8, apartado 1, letra c) — Orden de detención europea emitida por el Ministerio Fiscal de un Estado miembro para el ejercicio de acciones penales sobre la base de una medida privativa de libertad emitida por dicha autoridad — Falta de control judicial antes de la entrega de la persona buscada — Consecuencias — Tutela judicial efectiva — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Artículo 47)

Fallo del Tribunal: "El artículo 8, apartado 1, letra c), de la Decisión Marco del Consejo 2002/584/JAI, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, en su versión modificada por la Decisión Marco 2009/299/JAI del Consejo, de 26 de febrero de 2009, a la luz del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, debe interpretarse en el sentido de que las exigencias inherentes a la tutela judicial efectiva de la que debe gozar una persona respecto de la cual se haya emitido una orden de detención europea para el ejercicio de acciones penales no se cumplen cuando tanto la orden de detención europea como la resolución judicial sobre la que esta se fundamenta han sido dictadas por un fiscal que puede calificarse de «autoridad judicial emisora» en el sentido del artículo 6, apartado 1, de dicha Decisión Marco, en su versión modificada por la Decisión Marco 2009/299, sin que dicha orden de detención europea o dicha resolución judicial puedan ser objeto de un control judicial en el Estado miembro de emisión antes de la entrega de la persona buscada por el Estado miembro de ejecución."

NUEVOS ASUNTOS

- Asunto C-346/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal da Relação do Porto (Portugal) el 4 de junio de 2021 — ING Luxembourg SA / VX 

Cuestiones prejudiciales:
"1) ¿Cabe interpretar el artículo 8 del Reglamento (CE) n.o 1393/2007 en el sentido de que puede considerarse válida, en las circunstancias del presente asunto, la notificación mediante carta certificada dirigida a una sociedad con domicilio social en otro Estado miembro, sin utilizar el formulario que figura en el anexo II del Reglamento n.o 1393/2007?
2) ¿Cabe interpretar el Reglamento (CE) n.o 1393/2007 y los principios de Derecho de la Unión que figuran en el mismo en el sentido de que se oponen a la aplicación del artículo 191, apartado 2, del Código de Processo Civil (Código de Procedimiento Civil) portugués al presente asunto, en la medida en que dicha disposición prevé que la invocación de la nulidad de la notificación debe efectuarse en un plazo determinado (a saber, el plazo previsto para contestar a la demanda)?"

- Asunto C-386/21: Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Mons (Bélgica) el 24 de junio de 2021 — Ryanair DAC / Happy Flights Srl, anteriormente denominada Happy Flights Sprl 

Cuestiones prejudiciales:
"1) ¿Debe interpretarse el artículo 7, punto 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, en el sentido de que el concepto de «materia contractual», que figura en dicha disposición, incluye una demanda de compensación presentada, sobre la base del Reglamento (CE) n.o 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 295/91, por una agencia de gestión de cobro, ajena al contrato de transporte aéreo, que invoca su condición de cesionaria del crédito del pasajero, aun cuando dicha agencia no demuestra haberse subrogado en la posición del contratante inicial en todos sus derechos y obligaciones?
2) En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión prejudicial, ¿debe interpretarse el artículo 7, punto 1, letras a) y b), del Reglamento n.o 1215/2012 en el sentido de que el lugar de cumplimiento de la obligación que sirve de base a la demanda es el lugar de ejecución del contrato de transporte aéreo, es decir, el lugar de salida o de llegada del vuelo o, en su caso, otro lugar?"

- Asunto C-396/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht München I (Alemania) el 29 de junio de 2021 — KT, NS / FTI Touristik GmbH 

Cuestión prejudicial: "¿Constituyen las restricciones impuestas a causa de una enfermedad infecciosa imperante en el lugar de destino una falta de conformidad en el sentido del artículo 14, apartado 1, de la Directiva (UE) 2015/2302, incluso cuando, debido a la propagación mundial de la enfermedad infecciosa, dichas restricciones se impusieron tanto en el lugar de residencia del viajero como en otros países?"

- Asunto C-398/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 28 de junio de 2021 — Conseil national des barreaux, Conférence des bâtonniers, Ordre des avocats du barreau de Paris / Premier ministre, Ministre de l’Economie, des Finances et de la Relance 

Cuestión prejudicial:
El artículo 8 bis ter, apartado 5, de la Directiva 2011/16/UE:
— ¿Vulnera el derecho a un proceso equitativo garantizado por los artículos 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y 6 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales en la medida en que no excluye, por principio, a los abogados que intervienen en el contexto de una actuación jurisdiccional del concepto de intermediarios que deben declarar a la administración tributaria la información necesaria sobre una estructura fiscal transfronteriza o que deben notificar esta obligación a cualquier otro intermediario?
— ¿Vulnera los derechos al respeto de la correspondencia y de la vida privada garantizados por los artículos 7 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y 8 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales en la medida en que no excluye, por principio, a los abogados que intervienen en el contexto de la evaluación de la situación jurídica de su cliente del concepto de intermediarios que deben declarar a la administración tributaria la información necesaria sobre una estructura fiscal transfronteriza o que deben notificar esta obligación a cualquier otro intermediario?"

[DOUE C382, de 20.9.2021]

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