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martes, 19 de octubre de 2021

DOUE de 19.10.2021


- Decisión (UE) 2021/1830 del Consejo, de 22 de febrero de 2021, relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Cabo Verde por el que se modifica el Acuerdo sobre la facilitación de la expedición de visados para estancias de corta duración a los ciudadanos de la República de Cabo Verde y de la Unión Europea.

Nota: Mediante el presente acto se autoriza la firma del Acuerdo entre la UE y Cabo Verde por el que se modifica el Acuerdo entre la UE y Cabo Verde sobre la facilitación de la expedición de visados para estancias de corta duración a los ciudadanos de Cabo Verde y de la UE.
Véase el texto del Acuerdo en esta misma entrada.

- Decisión (UE) 2021/1831 del Consejo, de 7 de octubre de 2021, relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Cabo Verde por el que se modifica el Acuerdo sobre la facilitación de la expedición de visados para estancias de corta duración a los ciudadanos de la República de Cabo Verde y de la Unión Europea.

Nota: Se aprueba el Acuerdo entre la UE y Cabo Verde por el que se modifica el Acuerdo entre la UE y Cabo Verde sobre la facilitación de la expedición de visados para estancias de corta duración a los ciudadanos de Cabo Verde y de la UE.
Véase la siguiente referencia.

- Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Cabo Verde por el que se modifica el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Cabo Verde sobre la facilitación de la expedición de visados para estancias de corta duración a los ciudadanos de la República de Cabo Verde y de la Unión Europea.

Nota: El Acuerdo entró en vigor el 1 de julio de 2022.

[DOUE C371, de 19.10.2021]

- Comunicación relativa a la adaptación a la inflación de los importes mínimos de cobertura establecidos en la Directiva 2009/103/CE relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad.

Nota: Mediante el presente acto se actualizan los importes mínimos de la cobertura ofrecida por el seguro obligatorio de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos automóviles, previstos en el artículo 9.1 de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad. Así, el importe mínimo de cobertura a satisfacer en caso de lesiones corporales se aumenta a 1.300.000 EUR por víctima o a 6.450.000 EUR por siniestro, con independencia del número de víctimas. Por su parte, el importe mínimo de cobertura en caso de daños materiales se aumenta a 1.300.000 EUR por siniestro, con independencia del número de víctimas.

- Comunicación relativa a la adaptación a la inflación de los importes establecidos en la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Solvencia II).

Nota: Mediante el presente acto se procede a la actualización de los importes expresados en euros en la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, sobre el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Solvencia II).
Estos importes revisados serán aplicados por los Estados miembros a más tardar el 19 de octubre de 2022.

[DOUE C423, de 19.10.2021]

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