Páginas

viernes, 1 de octubre de 2021

Jurisprudencia - Consulta de la Hacienda Foral de Vizcaya sobre el régimen fiscal de una fusión por absorción de una entidad de territorio común con créditos fiscales pendientes

 

- Consulta de 2 de mayo de 2021, de la Hacienda Foral de Vizcaya: Impuesto sobre sociedades. Vizcaya. Regímenes especiales. A través de la fusión proyectada se pretende crear un grupo de sociedades líder en el sector de la promoción residencial en España y con vocación de aumentar su relevancia en el mercado español de la construcción, convirtiéndose en una de las principales promotoras del país. Existencia de motivos que pueden considerarse válidos, a los efectos de lo dispuesto en el art. 114 de la NFIS. En la medida en que la operación de fusión pueda acogerse al régimen especial, la interesada, como entidad adquirente, podrá continuar practicando en la base imponible del IS los ajustes negativos que deriven de ambos conceptos. Las combinaciones de negocios originadas como consecuencia de una fusión, han de contabilizarse conforme al método de adquisición previsto en el punto 2 de la Norma de Registro y Valoración 19ª del PGC.

Diario La Ley, Nº 9924, 1 de Octubre de 2021
[Texto de la consulta]

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.