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jueves, 28 de abril de 2022

Bibliografía - La evolución de la jurisprudencia del TJUE en materia de conservación indiscriminada de datos de comunicaciones electrónicas

 

- La evolución de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de conservación indiscriminada de datos de comunicaciones electrónicas en la STJUE del Caso G.D. y Comissioner an Garda Síochána
José Luis Rodríguez Lainz, Magistrado titular del Juzgado de Instrucción 4 de Córdoba
Diario La Ley, Nº 10058, Sección Tribuna, 28 de Abril de 2022
[Texto del trabajo]

La reciente STJUE (Gran Sala), de 5 de abril de 2022 (caso G.D. y COMISSIONER AN GARDA SÍOCHÁNA; asunto C-140/20) ha supuesto en buena parte una reafirmación de la doctrina evolucionada del TJUE sobre la contrariedad del Derecho de la Unión con regímenes de conservación preventiva e indiscriminada de datos de tráfico y localización de comunicaciones electrónicas. Aporta, no obstante, importantes novedades, destacadamente en orden a la definición de los supuestos concretos en que es legítimo, por razones de seguridad nacional, la emisión de órdenes de conservación/retención generalizada de datos por concretos períodos de tiempo; los criterios de retención selectiva de datos, en el contexto de una noción de lucha contra la delincuencia grave que se abre hacia la necesaria salvaguardia de concretos bienes jurídicos precisados de una férrea protección jurídica; la incorporación de los datos de registro de tarjetas de telefonía prepago y otros datos relacionados con el concepto de identidad civil dentro de la nueva apertura a esos mismos regímenes que otrora considerara radicalmente contrarios al Derecho de la Unión; la expansión de la retención de datos de tráfico y geolocalización en tiempo real más allá de la lucha contra el terrorismo; las exigencias propias de lo que se define como autoridad administrativa independiente como equiparable a una autoridad judicial; la posibilidad de cesión de datos conservados por motivos comerciales para la investigación de la delincuencia grave, así como la debida regulación de las llamadas conservaciones rápidas —freezing orders—. Todo ello sigue comportando, de forma aún más afianzada, la urgente necesidad de adaptación de nuestra legislación y jurisprudencia a las exigencias de la jurisprudencia del TJUE.

Nota: Véase la sentencia del TJUE (Gran Sala) de 5 de abril de 2022 en el asunto C‑140/20 (Commissioner of An Garda Síochána y otros).

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