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domingo, 5 de junio de 2022

Bibliografía (Revista de revistas) - Revista General de Derecho Europeo n. 57 (2022)


Trabajos publicados en la Revista General de Derecho Europeo, núm. 57 (2022):

Editorial
- Daniel Sarmiento, La Guerra de Ucrania y el momento constitucional europeo.

Estudios
- Marien Aguilera Morales, El Reglamento (UE) 2020/1784 sobre notificación y traslado transfronterizo de documentos: novedades e implicaciones internas.

Estando próxima la fecha de aplicación del Reglamento (UE) 2020/1784 sobre notificación y traslado transfronterizo de documentos civiles y mercantiles, importa saber cuáles son sus novedades y sus previsibles implicaciones a nivel doméstico. Entre las primeras, destaca la implantación de un "sistema europeo de notificaciones electrónicas", así como el deber impuesto a los Estados de prestarse recíproco auxilio en las averiguaciones domiciliarias. Entre las segundas, propiciar ciertas mejoras en la actual regulación de nuestro sistema de notificaciones y con ello una mayor eficiencia de nuestra Justicia civil.
- Violeta Ruiz Almendral, Tax decentralization and tax reform in the EU context.
El Derecho de la Unión Europea tiene una incidencia cada vez mayor en el ejercicio de las competencias financieras y tributarias de los Estados miembros. Esto es especialmente evidente en el caso de los entes subcentrales, como es el caso de las Comunidades Autónomas. Estos límites están a su vez en proceso de transformación, por lo que no siempre es fácil conocer de antemano el alcance real de este marco legal.
Las Comunidades Autónomas tienen reconocida constitucionalmente la potestad de establecer tributos, que es, sin embargo, más teórica que real, ya que el espacio tributario está ocupado principalmente por los impuestos recaudados por el Gobierno central y los municipios. Desde 1997, algunas reformas han intentado otorgar un mayor margen de regulación en materia tributaria.
Sin embargo, este sistema jurídico se ha construido de espaldas a la legislación de la UE. Muchas medidas regionales son claramente contrarias al marco jurídico de la UE, pero esto no ha provocado una reacción coordinada suficiente. Dada la confluencia de muchas de las normas europeas relevantes en materia tributaria y los límites derivados de la Constitución española, sería posible avanzar hacia una mayor coordinación que no suponga una reducción de la autonomía financiera y que, de hecho, aumente la corresponsabilidad fiscal.
- Carmen Azcárraga Monzonís, La “afluencia masiva de personas desplazadas” desde Ucrania y su protección temporal en la Unión Europea y en España: la activación de la Directiva 2001/55/CE.
El 4 de marzo de 2022, el Consejo de la Unión Europea, a propuesta de la Comisión, declaró la existencia de una afluencia masiva de personas desde Ucrania como consecuencia del conflicto armado iniciado por la invasión rusa de ese país el pasado 24 de febrero de 2022. Tal Declaración perseguía activar la protección temporal de la Directiva 2001/55/CE asegurando la acogida de las personas que se veían forzadas a salir de Ucrania sobre el principio de solidaridad comunitaria entre los Estados miembros. Se trata de la primera vez que se aplica este régimen en favor de personas que llegan a la Unión Europea huyendo de un conflicto bélico. La activación de la Directiva, que fue transpuesta en España en el año 2003, ha exigido la adopción de medidas legales y administrativas en nuestro país con el fin de acoger con urgencia a los desplazados de Ucrania. El presente trabajo persigue, primero, estudiar el marco jurídico del régimen de protección temporal establecido en la Directiva 2001/55/CE y en el Reglamento sobre protección temporal adoptado por Real Decreto 1325/2003, y, en segundo lugar y dentro de dicho marco, analizar las medidas que se han adoptado en la Unión Europea y en España para acoger a las personas que huyen de la guerra de Ucrania.
- Beatriz Pérez de las Heras, Los derechos digitales en la Unión Europea: del liberalismo económico a la protección jurídica.
La Unión Europea (UE) ha sido pionera en la regulación de los derechos de las personas frente al dominio de los nuevos poderes tecnológicos. En este proceso, el activismo del Tribunal de Justicia de la UE, como consecuencia de la entrada en vigor de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, fue decisivo para abrir el camino a un nuevo enfoque centrado en las personas y la protección de sus derechos y libertades fundamentales en el entorno digital. Los desarrollos normativos continúan al día de hoy bajo mandato de la actual Comisión Europea, que ha presentado recientemente diversas propuestas jurídicas con la pretensión de configurar un marco normativo más coherente y homogéneo. Aun centrando su atención en los derechos de las personas, estos esfuerzos normativos en curso presentan incoherencias y ambigüedades que tendrán que abordarse previamente, si la UE aspira a un marco jurídico común que garantice efectivamente un entorno digital seguro, transparente y democrático.
- Mónica Herranz Ballesteros, La iniciativa de la Unión Europea sobre compra de vacunas contra a la COVID-19 y los acuerdos anticipados de adquisición: análisis desde el derecho internacional privado.
La Unión Europea ha asumido un papel importante en la gestión de la pandemia desencadenada por el virus Sars-CoV-2, principalmente en relación con la estrategia que ha desarrollado en torno a las vacunas como principal medio de lucha contra el virus. En este sentido la compra conjunta de vacunas llevada a cabo a través de los Acuerdos Anticipados de Adquisición ha sido una pieza clave. En este estudio analizamos los Acuerdos Anticipados de compra concluidos por la Comisión, en nombre de los Estados miembros, con las distintas farmacéuticas, centrándonos principalmente, aunque no de forma exclusiva, en aquellos aspectos de Derecho internacional privado que han sido incluidos en los diferentes contratos firmados.
- Raúl Lafuente Sánchez, A propósito de la compatibilidad de la Ley de extranjería con la Directiva 2008/115 y las futuras consecuencias en la jurisprudencia de los Tribunales españoles.
El TJUE, en su decisión UN, ha declarado la compatibilidad de la Directiva 2008/115 con la Ley de extranjería que, durante algunos años, ha venido siendo cuestionada y ha provocado divergencias significativas en la jurisprudencia de nuestros tribunales, así como el cambio de doctrina del Tribunal Supremo respecto al régimen sancionador de los ciudadanos de terceros Estados en situación irregular en España. En este trabajo, se analizan los distintos escenarios por los que ha transitado la aplicación de estas normas para concluir que ha de dejar de aplicarse la Directiva, con base a un supuesto efecto directo vertical inverso -no reconocido por la jurisprudencia del TJUE-, y retomar la aplicación del sistema sancionador previsto en la Ley de extranjería más ventajoso para los particulares; así como las consecuencias que esta decisión ha de tener en la jurisprudencia mantenida por el Tribunal Supremo durante estos últimos años
- Salvador Martínez Rompeltien, La protección de los derechos sociales y el control de las medidas anti-crisis a través del derecho de propiedad: una visión desde el TEDH.
El TEDH ha sido muy prudente en cuanto a los pronunciamientos condenatorios en contextos de recortes sociales por crisis económicas de gran impacto. No entra a valorar si las medidas que limitan derechos sociales son las más idóneas. Dado que estamos ante un ámbito de soberanía de los Estados parte, es suficiente que la medida no sea irrazonable y se encuentre amparada en el interés general.
El alcance reducido de las medidas hacia un colectivo o a capas amplias de la sociedad influye decisivamente. Si deben aplicarse “recortes”, todos deben asumir su coste y no un grupo en concreto. Aquí entra en juego la importancia de las situaciones discriminatorias hacia grupos específicos que tienen pocos visos de superar el control del TEDH. La equidad también tiene su relevancia. Los recortes deben ser menores con quienes menos tienen.
- Jorge Agustín Viguri Cordero, El papel de las autoridades europeas de protección de datos en su apuesta por acciones preventivas y/o reactivas.
Este estudio tiene por objeto analizar el complejo régimen jurídico concerniente a las multas administrativas y sanciones previsto en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y aquellas especificidades que se encuentran tipificadas en las legislaciones nacionales de protección de datos. Al efecto, se examina la diferenciación normativa entre las multas administrativas con otras tipologías de sanciones, así como la acción sancionadora que llevan implementando las distintas autoridades nacionales de protección de datos, el Supervisor y el Comité Europeo de Protección de Datos desde el año 2018 para garantizar el pleno respeto de esta legislación aplicable. Seguidamente, se abordan las divergencias nacionales más notables en cuanto a la priorización de acciones de índole preventiva u otras centradas en la imposición generalizada de multas y sanciones. Por último, se ponen de relieve aquellas multas más destacadas en los últimos tiempos atendiendo a distintos parámetros como las cifras totales, las infracciones más frecuentes o las cuantías más elevadas.
- Antonio Martínez Santos, ¿Emisión de órdenes europeas de investigación por el Ministerio Fiscal español?: consideraciones sobre la compatibilidad del art. 13.4 de la Ley de reconocimiento mutuo con el derecho de la Unión a la luz de las Sentencias del TJUE en los Asuntos Gavanozov I y II.
En las dos sentencias Gavanozov, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunció sobre cuestiones prejudiciales concernientes a la interpretación del artículo 14 de la Directiva 2014/41/UE, relativa a la orden europea de investigación. Entre otras cosas, el TJUE dictaminó que, al menos en ciertos casos, esta disposición de la Directiva impide la emisión de órdenes europeas de investigación por parte de las autoridades de aquellos Estados miembros cuya legislación interna no prevea mecanismo de reacción alguno contra dicha decisión. Este trabajo examina críticamente las implicaciones de las sentencias del TJUE en los asuntos Gavanozov I y II para el sistema procesal penal español.

Notas
- Miguel Angel Acosta Sánchez, Impacto del Brexit sobre los trabajadores fronterizos en Gibraltar: ¿habrá luz al final del tunel?
La situación de los trabajadores fronterizos españoles en Gibraltar, ha sido uno de los elementos más delicados con ocasión de la salida de Reino Unido de la UE a través del brexit. El impacto económico y social de estos trabajadores fronterizos en la Colonia es enorme, por lo que cualquier modificación en su regulación y libre circulación puede tener importantes efectos en toda la zona. Las distintas normas y acuerdos alcanzados en los últimos tiempos pretenden, en definitiva, mantener su delicado status quo, facilitando de este modo el cruce en los controles fronterizos. Por otra parte, el reciente mandato del Consejo para las negociaciones entre la UE y Reino Unido sobre Gibraltar parece establecer un marco jurídico adecuado como un primer paso para la normalización de la figura del trabajador fronterizo.
- Vesela Andreeva Andreeva, Lex societatis and the evolution of the principle of freedom of establishment in the European Unión: the long way from centros to the conversions Directive.
La construcción del Mercado Único de la Unión Europea requiere la eliminación de todas las barreras a la libertad de establecimiento de empresas, así como la adopción de reglas uniformes, o al menos armonizadas, para su movilidad. Los arts. 49 y 54 del TFUE prevén y garantizan la posibilidad de que las sociedades se constituyan conforme a la legislación de un Estado miembro y desarrollen sus actividades económicas en otro Estado miembro de la UE. Uno de los principales obstáculos para la movilidad corporativa son las diferencias entre las legislaciones nacionales en cuanto al estatuto jurídico de las sociedades y los puntos de conexión para determinar la lex societatis. Siempre que la sociedad participe en operaciones transfronterizas, pueden surgir distintos problemas en el ámbito del derecho internacional privado. Por lo tanto, resulta importante identificar la ley que rige la sociedad, por lo que este Estado tendrá competencia para adoptar normas jurídicas, así como jurisdicción para resolver conflictos de leyes. Las diferencias entre los distintos criterios aplicados en los ordenamientos jurídicos nacionales para determinar de lex societatis han sido eliminadas gradualmente por el TJCE al confirmar la aplicación de la teoría de la incorporación como principio rector de la movilidad corporativa en la UE. La evolución de la jurisprudencia del TJCE en materia de la libre circulación de sociedades, desde Centros hasta Polbud, ha ejercido una importante influencia sobre las normas de la UE en materia de Derecho de Sociedades llevando a la adopción de la Directiva 2019/2121. La Directiva establece un marco jurídico común con el que regula las transformaciones transfronterizas de sociedades y con el que pretende promover la movilidad de las empresas dentro de la Unión Europea.
- Jaime Criado Enguix, Retos en la transposición de la Directiva whistleblowing.
Dentro del entorno del compliance, la Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, se erige en una pieza clave en la autorregulación y el control de riesgos, tanto administrativos como penales, en el sector privado y en el sector público. Dicha Directiva nace con el principal propósito de establecer un marco jurídico homogéneo entre los países de la Unión Europea que garantice unos estándares mínimos de protección al sujeto que de forma anónima denuncia posibles infracciones o incumplimientos de distinta normativa, en el seno de la empresa, favoreciendo así una lucha eficaz contra la corrupción.
Todo ello se traduce en que las “alertas” o “soplos” recibidos a través de los canales de denuncias internos de las empresas, de carácter confidencial o anónimo, pueden surtir efectos en el marco de un proceso penal. Ello no obstante, a diferencia de lo que ocurre en países con una cultura más próxima a la anglosajona, como Estados Unidos, tiene difícil encaje en el ordenamiento jurídico español, puesto que nuestro sistema procesal penal recoge una serie de garantías, principalmente en términos de tutela judicial efectiva y derecho de defensa, que impiden que cualquier información pueda acceder y surtir efectos en el proceso penal; de tal modo que tanto la propia notita criminis como la prueba deban reunir determinados requisitos para ser consideradas pruebas de cargo y enervar la presunción de inocencia del investigado.
Es por ello que la presente investigación, más allá de realizar excurso sobre las bondades y ventajas que supone la figura del whistleblower en la lucha contra la delincuencia organizada – en los ámbitos público y privado - encuentra más acuciante avanzar en posibles soluciones de tal manera que en la correspondiente fase de transposción, se concilien tres aspectos fundamentales: el reconocimiento de las denuncias anónimas, la protección del denunciante y el cumplimiento de las garantías procesales.
Comentarios de Jurisprudencia
- María del Carmen Salcedo Beltrán, Conclusiones 2021 del comité europeo de derechos sociales: más utopia que realidad en los derechos relativos a la salud, la seguridad social y la protección social.
El 23 de marzo de 2022 se publicaron las Conclusiones del Comité Europeo de Derechos Sociales correspondientes al año 2021. En esta ocasión le correspondía al Grupo 2 de preceptos, que comprende los derechos sobre la salud, la seguridad social y la protección social. El presente estudio las analiza, mostrando los resultados generales de Europa y los específicos de España. Los objetivos que se pretenden son dos. Por un lado, descubrir un preocupante resultado de reincidentes incumplimientos, al que se adicionan nuevos, de la Constitución Social de Europa. Por otro lado, contextualizarlas y coordinarlas apropiadamente en el ordenamiento jurídico para su implementación frente a las instituciones públicas domésticas. Estas conclusiones presentan la particularidad de ser las primeras que se pronuncian tras la entrada en vigor en nuestro país de la ratificación de la Carta Social Europea revisada y de la aceptación del procedimiento de reclamaciones colectivas.
- Nuria Magaldi, Nombramiento de jueces y derecho a un tribunal establecido por la ley: el tribunal constitucional polaco ante el tribunal europeo de derechos humanos.
El presente estudio aborda la relación entre las reglas y los procedimientos de nombramiento de jueces y el derecho a un juez establecido por la ley, y lo hace tomando como ejemplo el caso del Tribunal Constitucional polaco. Para ello se presenta, en primer lugar, la controversia polaca en relación con los nombramientos del Tribunal Constitucional en 2015 y su evolución posterior, incluyendo su captura por los poderes legislativo y ejecutivo. Seguidamente, se expone la reacción del TEDH, mediante el análisis de la sentencia Xero Flor, de 7 de mayo de 2021. Finalmente, se realizan algunas reflexiones generales sobre la íntima relación existente entre los procedimientos de nombramiento de jueces, el derecho a un tribunal establecido por la ley y la exigencia de independencia judicial.
- Paula Paradela Areán, El foro del lugar del daño en la vulneración de los derechos de la personalidad en línea: la perdurabilidad del criterio del mosaico y el acceso al contenido como una exigencia de atribución de competencia: comentario a la STJUE de 21 de diciembre de 2021.
La STJUE de 21 de diciembre de 2021 resuelve una cuestión prejudicial relativa a la determinación de la competencia judicial internacional en un supuesto de contenidos ilícitos publicados en Internet. El Tribunal de Justicia interpreta el artículo 7.2 del Reglamento Bruselas I bis y reafirma dos antiguos criterios: la aplicación de la teoría del mosaico en los supuestos de vulneraciones al derecho de la personalidad realizados online y la mera accesibilidad en el foro a los contenidos como exigencia suficiente para determinar la competencia.
- Trajan A. Shipley Gozalo, Bank Melli Iran: the court of justice boosts the eu blocking statute at the expense of the freedom to conduct business.
Este comentario analiza la sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de diciembre de 2021 en el asunto Bank Melli Iran, en la cual dio la primera interpretación autoritativa del Reglamento de Bloqueo de la UE. Se analiza primero el contexto y las principales disposiciones del reglamento, que adquirió relativa importancia tras la retirada de EE. UU. del Acuerdo Nuclear con Irán. Posteriormente, el comentario resume las conclusiones del Abogado General Hogan y de la sentencia del Tribunal, ambas partidarias de una interpretación extensiva del reglamento a pesar de sus respectivas diferencias en cuanto al razonamiento, y analiza sus implicaciones y limitaciones. En la sección de análisis, el comentario examina la apreciación del Tribunal en cuanto al respeto del contenido esencial de la libertad de empresa en virtud del artículo 16 de la Carta de Derechos Fundamentales, así como los paralelismos de la sentencia con la jurisprudencia Schrems.
- Clelia Lacchi, Towards a more protection-oriented approach of the preliminary reference procedure: case note on Consorzio italian menagement, Catania multiservizi Spa V Rete Ferroviaria Italiana Spa, C-561/19.
La sentencia del TJUE (Gran Sala) de 6 de octubre de 2021 ofrece algunas clarificaciones interesantes relativas a las excepciones establecidas en Cilfit al deber de realizar remisiones prejudiciales por parte de las jurisdicciones nacionales cuyas decisiones no son susceptibles de ulterior recurso según el derecho nacional. Además, la sentencia constituye una importante contribución a la tutela judicial efectiva de los individuos en el contexto del procedimiento prejudicial. En efecto, al interpretar el artículo 267 TFUE a la luz del Artículo 47 de la Carta, incorpora la obligación para las jurisdiciones nacionales de última instancia de motivar su decisión de no someter una cuestión prejudicial al TJUE.
- Esaú Alarcón García, Análisis de la obligación española de suministrar información sobre bienes y derechos en el extranjero tras la Sentencia del TJUE de 27 de enero de 2022 (Asunto C-788/19): una restricción desproporcionada a la libre circulación de capitales.
Al calor de una amnistía fiscal que posteriormente devino inconstitucional, el legislador español estableció una hasta entonces desconocida obligación informativa específica para determinados bienes y derechos en el extranjero, que pasó a cumplimentarse a través del conocido modelo 720. Desde su nacimiento, este novedoso deber informativo ha estado cubierto de un manto de sospecha tanto por su propia existencia y compleja forma de cumplimiento como por el abismo en el que han quedado los contribuyentes que, por algún motivo, no lo han cumplido en plazo o correctamente. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 27 de enero de 2022 ha resuelto la discusión, mandando al cajón de las pesadillas olvidadas una normativa que nunca debió ver la luz por su evidente contrariedad con las libertades europeas y que se ha mantenido en vigor, a pesar de ser objeto de una constante controversia, por cuestiones que superan el mero debate jurídico.

Observatorios
- David López Calderón, Observatorio del Consejo de Europa

- Elsa Fernando Gonzalo, Observatorio de la Unión Europea

Bibliografía


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