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domingo, 26 de febrero de 2023

Bibliografía - Novedad editorial


La editorial Tirant lo Blanch acaba de publicar la monografía "El control de la inversiones extranjeras en la Unión Europea", de la que es autor Carlos Esplugues Mota.

Las inversiones extranjeras han ganado en apenas cinco años una visibilidad de la que históricamente carecieron. La nueva realidad tecnológica y geoestratégica que vivimos les ha dotado de una actualidad y trascendencia que, amén de asegurarles algunas portadas de prensa, se hace crecientemente patente en el plano legislativo, en el que la posición extremadamente abierta hacia los flujos inversores foráneos de los últimos años, se va viendo progresivamente sustituida, en muchos países y también en la UE, por una visión mucho más cautelosa hacia ellas. La presente obra aborda en profundidad los cambios que está sufriendo el tratamiento de las inversiones extranjeras en el plano comparado, y la creciente apuesta en su regulación por una visión anclada en la idea de seguridad. La Unión no es ajena a esta evolución. Y sin renunciar a su apuesta decidida por el libre comercio y la libre circulación de inversiones, diseña un complejo modelo de control de las inversiones extranjeras por motivos de seguridad nacional, en el que junto al Reglamento 2019/452 para el control de las inversiones extranjeras directas en la Unión, se incardinan normas sobre el acceso de las empresas extranjeras al mercado europeo de contratación pública el Reglamento 2022/1031 o en relación con la actuación en el mercado europeo de empresas extranjeras que reciban ayudas públicas, favoreciéndose, a su vez, una reflexión sobre la aplicación del derecho de la competencia europeo a este ámbito. A partir de este estudio exhaustivo del sistema europeo, la obra se completa con un análisis en profundidad del actual modelo español sobre inversiones extranjeras y su engarce con la normativa de la Unión.

Extracto del índice:

INTRODUCCIÓN. LA UNIÓN EUROPEA COMO TERMÓMETRO DEL NUEVO CLIMA HACIA LAS INVERSIONES EXTRANJERAS: UN ESPACIO ABIERTO AL LIBRE COMERCIO Y A LA LIBRE CIRCULACIÓN DE INVERSIONES EN RÁPIDA MUTACIÓN

I. LOS PARADIGMAS DEL LIBRE COMERCIO Y DE LA LIBRE CIRCULACIÓN DE INVERSIONES A DEBATE
1. La libre circulación de inversiones: un axioma de la modernidad económica bajo presión
2. Un cambio acelerado de actitud hacia las inversiones extranjeras … con efectos plurales
2.1. Una concatenación de crisis
2.2. La consolidación de un discurso securitario
2.3. Un nuevo paisaje en construcción

II. LA VUELTA DEL ESTADO: LA CONSOLIDACIÓN DE UNA POSICIÓN MÁS CAUTA HACIA LAS INVERSIONES EXTRANJERAS CON UNA INCIDENCIA DIRECTA EN SU REGULACIÓN, Y EN LA FORMA E INTENSIDAD DE SU POTENCIAL CONTROL  
1. Las claves regulatorias de la inversión extranjera: el Estado como elemento esencial y definitorio, en un entorno de ausencia de soluciones normativas multilaterales
1.1. La carencia de una respuesta normativo global a las inversiones internacionales
1.2. El limitado impacto de la OMC en la regulación internacional de las inversiones extranjeras
1.3. La “tratadicización” del derecho de las inversiones extranjeras
1.4. Otros planos regulatorios
2. El reforzado protagonismo de la normativa estatal sobre inversiones
3. La securitización del Derecho de las inversiones extranjeras

III. LA SEGURIDAD NACIONAL, LOS INTERESES ESENCIALES DE SEGURIDAD DEL ESTADO, EL ORDEN PÚBLICO Y OTRAS NOCIONES SIMILARES COMO LÍMITE A LA LIBRE CIRCULACIÓN DE INVERSIONES
1. La noción de “intereses esenciales de la seguridad” del Estado
1.1. El artículo XXI del GATT como referente
1.2. El significado del término “intereses esenciales de la seguridad” del Estado recogido en el artículo XXI del GATT
1.3. La presencia de interpretaciones alternativas en la práctica convencional
2. La noción de “orden público”
3. La noción de seguridad nacional
3.1. La flexibilidad y ausencia de definición de la noción
3.2. La multidimensionalidad de la noción: ¿concepto unitario o plural de seguridad nacional?
3.3. El potencial impacto en el ámbito de las inversiones extranjeras.

IV. LA RESPUESTA DEL ESTADO A LOS RIESGOS A SU SEGURIDAD NACIONAL GENERADOS POR LA INVERSIÓN EXTRANJERA
1. El reconocimiento del protagonismo del Estado en la salvaguarda de sus intereses esenciales de seguridad
2. Los potenciales riesgos para la seguridad nacional de un Estado generados por la inversión extranjera
3. Factores que denotan un potencial riesgo de la inversión extranjera para la seguridad nacional del Estado receptor de la inversión extranjera
3.1. El origen de la inversión
3.2. El objeto de la inversión
3.3. La cuantía de la inversión y/o el grado de control de la sociedad adquirida
3.4. La creación de una categoría específica de inversor extranjero: “el inversor soberano”
4. Medidas susceptibles de ser adoptadas por el Estado frente a la inversión extranjera no deseada
4.1. Limitaciones sectoriales o geográficas de acceso a la inversión extranjera
4.2. Mantenimiento de monopolios estatales
4.3. Límites a la participación extranjera en el capital social
4.4. Registro obligatorio y mecanismos de supervisión
4.5. Sistemas de cribado previo de la inversión extranjera por su potencial riesgo para la seguridad nacional.

V. LAS BASES SOBRE LAS QUE DEBERÍAN ASENTARSE LOS EVENTUALES MECANISMOS DE CRIBADO PREVIO –SCREENING- DE LAS INVERSIONES EXTRANJERAS POR MOTIVOS DE SEGURIDAD NACIONAL
1. La compatibilidad de los sistemas de cribado previo de las inversiones extranjeras con las obligaciones derivadas de la OMC
2. Los principios –mínimos- sobre los que deberían asentarse los distintos modelos de cribado previo de la inversión extranjera
2.1. Primera directriz: no discriminación
2.2. Segunda directriz: transparencia y previsibilidad
2.3. Tercera directriz: proporcionalidad
2.4. Cuarta directriz: responsabilidad
2.5. Otras posibles directrices
3. La existencia de una pluralidad de modelos diseñados.

VI.  LA PÉRDIDA DE LA INOCENCIA POR LA UNIÓN EUROPEA: LA APROBACIÓN DEL REGLAMENTO 2019/452 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 19 DE MARZO DE 2019, PARA EL CONTROL DE LAS INVERSIONES EXTRANJERAS DIRECTAS EN LA UNIÓN
1. La consolidación de una política europea común en materia de inversiones, y el diseño de un instrumento europeo de cribado previo
1.1. La articulación de una política europea común en materia de inversiones extranjeras
1.2. Las claves para la compatibilidad con el derecho de la Unión de un sistema de cribado previo de las inversiones nacionales por motivos de seguridad nacional
2. La apuesta por el diseño de un sistema de cribado previo de las inversiones extranjeras en la UE
2.1. Un largo proceso de maduración
2.2. El panorama normativo existente en relación con el control de las inversiones extranjeras con anterioridad a la aprobación del Reglamento 2019/452
2.3. El anuncio del Presidente Juncker, en 2017.

VII. EL MODELO PLURAL EUROPEO DE CONTROL DE LAS INVERSIONES EXTRANJERAS POR MOTIVOS DE SEGURIDAD NACIONAL
1. El Reglamento 2019/452 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019, para el control de las inversiones extranjeras directas en la Unión
1.1. Las premisas sobre las que se asienta el Reglamento 2019/452
1.2. El objeto del Reglamento 2019/452
1.3. Las bases del eventual mecanismo de control de las inversiones extranjeras diseñado
1.4. Los factores a considerar por los Estados miembros y la Comisión a la hora de verificar la potencial contrariedad de la inversión con el orden público y la seguridad pública
1.5. El diseño de un mecanismo de cooperación en relación con las inversiones extranjeras directas
1.6. El supuesto específico de las inversiones extranjeras directas que puedan afectar a proyectos o programas de interés para la Unión Europea
1.7. La constitución de un grupo de expertos sobre el control de las inversiones extranjeras directas
1.8. La cooperación con las autoridades de terceros Estados
1.9. La elaboración de Informes anuales
2. La regulación del acceso de las empresas extranjeras al mercado europeo de contratación pública
3. La regulación de la actuación en el mercado europeo de empresas extranjeras que reciban ayudas públicas
4. El redimensionamiento en clave securitaria del derecho de la competencia europeo
5. Otros potenciales ámbitos para el control de las inversiones extranjeras por motivos de seguridad nacional
6. Un cambio radical todavía inconcluso.

VIII. UN EJEMPLO PARADIGMÁTICO DE CAMBIO ACELERADO: EL SISTEMA ESPAÑOL DE CONTROL DE LAS INVERSIONES EXTRANJERAS POR MOTIVOS DE SEGURIDAD NACIONAL
1. La pandemia de COVID-19 como elemento clave para el cambio del modelo
2. El modelo español de inversiones extranjeras: disperso y articulado sobre el principio de la libertad de movimiento de capitales e inversiones extranjeras
2.1. Las bases del modelo
2.2. Condicionantes y posibles limitaciones al principio general de libre circulación de capitales e inversiones en España previstos por la normativa española.
2.3. Relectura de ciertas normas en clave securitaria: el supuesto del derecho de la competencia
2.4. Suspensión del régimen de liberalización de las inversiones extranjeras en España
2.5. El funcionamiento del modelo
2.6. Un cambio con voluntad, cada vez más clara, de permanencia

Ficha:

C. Esplugues Mota
"El control de la inversiones extranjeras en la Unión Europea"
Editorial Tirant lo Blanch, 2023
462 págs. - 49,90 €
ISBN: 978-84-1147-611-9 (papel) - 978-84-1147-612-6 (eBook)

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