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jueves, 13 de abril de 2023

Jurisprudencia - Se considera dieta exenta de IRPF el plus de embarque recibido por un vigilante jurado contratado para la protección de los barcos de pesca en aguas internacionales

 

- Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia 1455/2022 de 26 Oct. 2022, Rec. 316/2020: Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas. Nulidad de la liquidación girada. Dieta exenta. No cabe someter a tributación como rendimientos del trabajo, los importes abonados al trabajador por su empresa en concepto de "plus de embarque". La retribución del denominado "plus de embarque" abonado a un vigilante jurado que es contratado por una empresa de seguridad para realizar tareas de vigilancia en barcos de pesca en aguas extranjeras o internacionales por causa de la presencia de piratas somalíes, ha de considerarse dieta exceptuada de gravamen.

Ponente: Pereira Maestre, María José.
Nº de Sentencia: 1455/2022
Nº de Recurso: 316/2020
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario LA LEY, Nº 10266, Sección Sentencias y Resoluciones, 13 de Abril de 2023
ECLI: ES:TSJAND:2022:16959


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