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lunes, 17 de abril de 2023

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


NUEVOS ASUNTOS

- Asunto C-14/23, Perle: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Bélgica) el 16 de enero de 2023 — XXX / État belge, representado por la Secrétaire d’État à l’Asile et la Migration.

Cuestiones prejudiciales:
"1) Habida cuenta del artículo 288 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, de los artículos 14 y 52 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, de los artículos 3, 5, 7, 11, 20, 34, 35 y 40 de la Directiva (UE) 2016/801 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativa a los requisitos de entrada y residencia de los nacionales de países terceros con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos o proyectos educativos y colocación au pair (versión refundida) y de los considerandos 2 y 60 de esta, y de los principios de seguridad jurídica y de transparencia, ¿para que un Estado miembro pueda hacer uso de la facultad denegatoria de la solicitud de residencia que le confiere el artículo 20, apartado 2, letra f), de la Directiva 2016/801, es necesario que dicha facultad se establezca expresamente en su normativa? En caso de respuesta afirmativa, ¿es necesario que su normativa especifique los motivos serios y objetivos?
2) En el marco del examen de la solicitud de visado de estudios, ¿está obligado el Estado miembro a comprobar la voluntad y la intención de cursar estudios del extranjero, cuando el artículo 3 de la Directiva 2016/801 define al estudiante como aquel que ha sido aceptado por una institución de enseñanza superior y los motivos de denegación de la solicitud establecidos en el artículo 20, apartado 2, letra f), de esa Directiva son facultativos y no obligatorios como los establecidos en el artículo 20, apartado 1, de dicha Directiva?
3) ¿Exigen el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales, el principio de efectividad y el artículo 34, apartado 5, de la Directiva 2016/801 que el recurso regulado por el Derecho nacional contra una resolución denegatoria de una solicitud de entrada en el territorio con fines de estudios permita al juez sustituir la apreciación de la autoridad administrativa por la suya propia y modificar la resolución de dicha autoridad, o es suficiente con un control de legalidad que permita al juez censurar una ilegalidad, concretamente un error manifiesto de apreciación, anulando la resolución de la autoridad administrativa?"

[DOUE C134, de 17.4.2023]


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