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sábado, 29 de julio de 2023

BOE de 29.7.2023


- Orden HFP/886/2023, de 26 de julio, por la que se aprueba el modelo 721 "Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero", y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

Nota: La disposición adicional decimoctava, letra d), de la Ley General Tributaria establece desde el año 2021 una nueva obligación informativa relativa a la tenencia de monedas virtuales situadas en el extranjero, con el objeto de mejorar el control tributario de los hechos imponibles que puedan derivarse de dicha tenencia u operativa. El desarrollo reglamentario de esta obligación informativa sobre monedas virtuales se encuentra en el nuevo artículo 42 quater del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, redactado por el Real Decreto 249/2023.
Mediante esta disposición se aprueba el modelo 721 (Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero), que debe presentarse con periodicidad anual por los obligados a declarar, y remitirse a la AEAT mediante el envío de mensajes informáticos, de acuerdo con el procedimiento y con el formato y diseño previstos en los artículos 5 y 6, y con el contenido a que se refiere el anexo.

- Orden HFP/887/2023, de 26 de julio, por la que se aprueban el modelo 172 "Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales" y el modelo 173 "Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales", y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

Nota: Los apartados 6 y 7 de la disposición adicional decimotercera de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece desde el año 2021 nuevas obligaciones informativas relativas a la tenencia de monedas virtuales y a las operaciones que se efectúen con aquellas, con el objeto de mejorar el control tributario de los hechos imponibles que puedan derivarse de dicha tenencia u operativa. El desarrollo reglamentario de estas obligaciones informativas sobre monedas virtuales se encuentra en los nuevos artículos 39 bis y 39 ter del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, redactado por el Real Decreto 249/2023.
Mediante esta OM Se aprueba el modelo 172 (Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales), que debe presentarse con periodicidad anual por los obligados a declarar, y remitirse a la AEAT mediante el envío de mensajes informáticos, de acuerdo con el procedimiento y con el formato y diseño previstos en los artículos 9 y 10, y con el contenido a que se refiere el anexo I.
Asimismo, se aprueba el modelo 173 (Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales), que habrá de presentarse con periodicidad anual por los obligados a declarar, y remitirse a la AEAT mediante el envío de mensajes informáticos, de acuerdo con el procedimiento y con el formato y diseño previstos en los artículos 9 y 10, y con el contenido a que se refiere el anexo II.

[BOE n. 180, de 29.7.2023]


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