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miércoles, 22 de noviembre de 2023

Jurisprudencia - El TSJ anula varios preceptos del Decreto que regula el uso del euskera en las instituciones locales del País Vasco

 

- Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia 435/2023 de 28 Sep. 2023, Rec. 45/2020: Administración local. Lenguas oficiales. Impugnación del art. 6.1 de la Ley 2/2016, de Instituciones Locales de Euskadi, y de diversos preceptos del Decreto 179/2019, sobre normalización del uso institucional y administrativo de las lenguas oficiales en las instituciones locales de Euskadi. Validez del inciso "y general" del precepto legal (relativo al uso de la lengua en las actividades de los entes locales). Interpretación conforme con la CE en el sentido de que las referencias que efectúa al euskera pueden entenderse como referidas también al castellano. Consecuente validez de los artículos reglamentarios en los que aparece el inciso. Nulidad parcial del Decreto: a) arts. 9.2, 11.1, 12 y 24.3: posibilitan la utilización exclusiva del euskera por la entidad local; b) inciso "que pueda alegar válidamente el desconocimiento de la lengua utilizada" del art. 18.1, que faculta para redactar en euskera la documentación municipal y establece que, en caso de que algún miembro del ente local alegue válidamente su desconocimiento, se le proporcione la traducción al castellano: aplicación de la STC 85/2023, que declaró inconstitucional un inciso similar del art. 6.2 de la Ley 2/2016; c) aps. a) y e) del art. 27.1, referido a la atención a la ciudadanía: otorgan un trato preferente al euskera, y d) aps. 2, 7, 8 b) y 10 del art. 36, relativo a los contratos públicos: condicionan la libertad lingüística de los contratistas.

Ponente: González Saiz, José Antonio.
Nº de Sentencia: 435/2023
Nº de Recurso: 45/2020
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario LA LEY, Nº 10393, Sección Sentencias y Resoluciones, 22 de Noviembre de 2023
ECLI: ES:TSJPV:2023:1797



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