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viernes, 31 de mayo de 2024

Bibliografía (Revista de revistas) - Diario La Ley Unión Europea n. 125 (mayo 2024)


 Trabajos publicados en el Diario La Ley Unión Europea, núm.  125, de 31 de mayo de 2024:


Pacto sobre Migración y Asilo:
- Ferrán Camas Roda, Una mirada a las reformas normativas en migración y asilo de la Unión Europea, con especifica atención a las relativas a situaciones de crisis y fuerza mayor.

Este artículo aborda el estudio de una de las propuestas de reglamentación más sensibles y discutidas del paquete de reformas normativas en materia de inmigración está impulsando la Unión Europea, en particular la regulación de situaciones de crisis y de fuerza mayor en el ámbito de la migración y asilo. En este estudio se aportan los principios básicos de esta propuesta de reglamento, que comparte con el resto de normativas que se van a aprobar ya que todas ellas están profundamente vinculadas, así como los principales conceptos y contenidos de la nueva regulación, prestando especial atención a las medidas de solidaridad obligatoria y de excepción a los procedimientos de asilo que la nueva proposición acomete.
- José Joaquín Fernández Alles, El Pacto sobre Migración y Asilo: un asunto constitucional para la Unión Europea.
Esta tribuna describe y analiza los antecedentes y contenidos más relevantes relacionados con el denominado «Nuevo Pacto Europeo de Migración y Asilo de la Unión Europea», con particular referencia a los diez textos legislativos informados positivamente por el Parlamento Europeo el día 10 de abril de 2024, su vinculación con los principios fundacionales del proceso de integración europea, las contradicciones que viven las sociedades europeas en materia de migración y asilo, sus cuestiones más problemáticas (procedimiento de control de fronteras, mecanismo de solidaridad constante, gestión de crisis migratorias…), su naturaleza jurídico-constitucional, así como, finalmente, unas conclusiones sobre las preguntas y exigencias que se derivan del Nuevo Pacto en el ámbito de las relaciones internormativas, la cooperación interparlamentaria, las relaciones intergubernamentales y el control jurisdiccional multinivel de su aplicación.
- Paula García Andrade, La reforma de la legislación de la UE sobre asilo: ¿una solución europea basada en la solidaridad?
La reciente aprobación por el Parlamento Europeo de la legislación de la UE sobre asilo constituye la plasmación legislativa del Nuevo Pacto sobre Migración y Asilo que la Comisión había propuesto en 2020. Esta reforma, centrada principalmente en resolver las tensiones derivadas de la gestión del asilo, la acogida de solicitantes de protección internacional y la respuesta a situaciones de crisis, ha sido presentada como un acuerdo histórico que aporta una solución europea al reto común de la migración. Además de perfilar, de manera sintética, las principales características de los actos legislativos aprobados, esta Tribuna procede a una valoración crítica de sus implicaciones para el reparto de poderes decisorios y de ejecución entre la Unión y sus Estados miembros. Si bien es cierto que la reforma permite avanzar en la uniformización normativa a través de la generalización del recurso al reglamento y se aprecia, a su vez, una mayor intervención supranacional en la ejecución de estas políticas, la acentuada preservación de los poderes decisorios de los Estados miembros no concuerda con el carácter europeo y común que debiera reflejar la futura legislación sobre asilo. Estos rasgos normativos no parecen tampoco contribuir suficientemente a la realización práctica de la solidaridad y reparto equitativo de responsabilidad, principio rector de la política de asilo de la UE y objetivo central de esta reforma.
- Sílvia Morgades Gil, Lo que queda de Dublín: Entre responsabilidad y solidaridad.
Con el llamado Nuevo Pacto de migración y asilo adoptado por la Comisión en septiembre de 2020 se anunció que el que fue el primer instrumento de la política de asilo europea, el reglamento de Dublín III (en su versión actual) desaparecería como tal y los criterios y procedimientos de asignación de la responsabilidad del examen de las demandas de protección internacional presentadas en territorio europeo pasarían, en todo caso, a integrarse en un instrumento más amplio, en un marco común de gestión del asilo y la migración. Se abandonaba, por tanto, la propuesta para un reglamento Dublín IV elaborada por la Comisión en 2016, con un instrumento de solidaridad permanente y de activación automática, cuando se dieran determinadas circunstancias de presión migratoria. Este trabajo tiene por objetivo identificar qué es lo que queda de Dublín en el nuevo reglamento de gestión del asilo y la migración, de su espíritu, de los criterios y procedimientos de asignación de la responsabilidad, así como examinar los cambios que se han introducido en esta nueva norma en relación con la principal deficiencia de la política de asilo europea que es la ausencia de mecanismos de solidaridad que compensen un reparto inequitativo de las responsabilidades en relación con los controles fronterizos y la protección internacional.
- Elena Muñoz Martínez, El Pacto Europeo Común de Asilo: Avances y retrocesos en la protección de las personas necesitadas de protección internacional.
El pasado 10 de abril el Parlamento Europeo aprobó la reforma legislativa del Sistema Europeo Común de Asilo, que se aleja de los objetivos señalados cuando se presentó la propuesta en 2016: establece un régimen de excepciones que erosiona el sistema europeo común de asilo, se da un desequilibrio entre las responsabilidades compartidas y la solidaridad entre Estados miembro y la respuesta a la crisis es compleja y no centrada en las personas en necesidad de protección internacional. Aunque se refuerzan algunas garantías procedimentales, el acceso al procedimiento y a la protección se dificultan. Ahora se abre la fase de implementación, donde será fundamental que el Plan nacional de implementación que presente España se realice con una perspectiva de derechos humanos que aplique la interpretación más favorable a la persona, sin que suponga una rebaja de las garantías ya consagradas a nivel nacional.
- José María Porras Ramírez, El nuevo Reglamento de la UE sobre las situaciones de crisis y fuerza mayor en la migración y el asilo: o como supeditar la solidaridad a la seguridad.
El nuevo reglamento sobre las situaciones de crisis y fuerza mayor, que forma parte del Pacto sobre Migración y Asilo, aprobado en 2024, permite apreciar, una vez más, cómo la solidaridad «a la carta», invocada en dicha norma, se destina, en realidad, a los Estados miembros que sufren las situaciones extraordinarias de afluencia masiva, y no a las personas que la padecen; por lo que ocasiona, al posibilitar la aplicación de un sistema paralelo de excepciones a las normas generales, un claro debilitamiento de las garantías que asisten a un procedimiento de protección internacional ya, de por sí, entreverado de restricciones para sus solicitantes. De este modo, la norma se afana por mantener, con toda su firmeza, los controles y la insistencia en la contención de los migrantes, por mucho que terribles crisis humanitarias, necesitadas de atención inmediata, sean las verdaderas causantes de las llegadas masivas de refugiados, que amenazan con la desestabilización del Sistema. Se comprueba así, como el enfoque securitario, con el fin que, obsesivamente, lo orienta al cierre de fronteras, se impone a toda exigencia individualizada de acogida y atención solidaria, guiada por la voluntad de asegurar la dignidad humana de quienes, sin duda, se encuentran entre los más vulnerables entre los vulnerables de la Tierra.
Tribuna:
- Sara Iglesias Sánchez, La transferencia de jurisdicción sobre (algunas) cuestiones prejudiciales al Tribunal General. ¿Un nuevo modelo jurisdiccional para la Unión?
La reciente reforma del Estatuto del Tribunal de Justicia pone en marcha por primera vez en la historia de la integración Europea la transferencia al Tribunal General de la competencia para conocer de cuestiones prejudiciales en determinadas materias. Este desarrollo consagra un nuevo modelo en la estructura jurisdiccional de la Unión Europea, que no solo apuesta por la constitucionalización del Tribunal de Justicia, sino por la genuina generalización de la jurisdicción del Tribunal General, y por el aseguramiento de un diálogo judicial eficiente que permita a los Tribunales de la Unión cumplir con su parte de la ecuación como «jueces ordinarios del Derecho de la Unión».
Regulación:
- Alberto J. Tapia Hermida, La sostenibilidad transparente y la batalla europea contra el blanqueo ecológico breve comentario de la Directiva 2024/825.
Este estudio examina la reforma de la normativa europea sobre la sostenibilidad transparente y la batalla contra el blanqueo ecológico mediante la Directiva (UE) 2024/825 por la que se modifican las Directivas 2005/29/CE y 2011/83/UE. Además de examinar las modificaciones señaladas, este estudio ofrece en su introducción un panorama de los litigios sobre blanqueo ecológico en los Estados Unidos de América y en Europa, con especial referencia a la demanda por blanqueo ecológico de Iberdrola contra Repsol y en su parte final, una referencia al Derecho español mediante el examen de los documentos de la CNMV y del gobierno sobre transparencia sostenible.
Estudios:
- José Francisco Sanz Castaño, Relación entre los impuestos arancelarios y los derechos tributarios: impuesto sobre el valor añadido e impuestos especiales en operaciones de comercio exterior.
En el presente artículo pretendemos reflexionar sobre la conexión en cuestiones esenciales entre los impuestos arancelarios y derechos tributarios de los Estados miembros, que se originan en el comercio internacional de mercancías. Analizaremos si se ensamblan con racionalidad, así como la conveniencia de que el Derecho tributario de la Unión delimite pautas en materia de principios de justicia tributaria. Con la finalidad de analizar tal conexión nos referiremos a la legislación vigente, así como también a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión. En tal análisis, deberemos hacer referencia a la interrelación entre los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros y de la Unión, así como al poder tributario de estos.
- Leticia Adelaida Jiménez Jiménez, La aplicación del principio de oportunidad por el fiscal europeo. Situación en España y en los países de nuestro entorno.
Este trabajo se presenta con el objetivo de profundizar en la propuesta de una aplicación práctica del principio de oportunidad en el ejercicio de la acción penal y su posible atribución al Ministerio Fiscal en España, para lo cual se procede a su análisis desde la figura de la Fiscalía Europea y de los sistemas penales de Alemania, Italia, Francia, y Portugal.
Sentencias Seleccionadas:
- José Luis Monereo Pérez, Sheila López Vico, La protección jurídico–social de los denominados como colectivos de atención prioritaria ante los retos derivados del envejecimiento de la población.
Los importantes cambios que se han sucedido en los últimos años apuntan a la necesaria adaptación de nuestro ordenamiento jurídico legal a los nuevos retos y desafíos derivados de la expansión del denominado sistema de producción posfordista. Entre dichos cambios, se encuentra el marcado envejecimiento de la población en la mayor parte de los países de nuestro entorno, lo cual ha planteado la necesidad de impulsar diversas políticas para proteger a este colectivo de trabajadores y fomentar su mantenimiento en el mercado laboral. Ello ha supuesto su inclusión en España entre los llamados colectivos vulnerables, ahora denominados de atención prioritaria. Pues bien, partiendo de dicho marco se pretende por medio del presente estudio analizar cuál es la situación socio-laboral de los trabajadores maduros en nuestro país y analizar críticamente las últimas medidas que se han adoptado para alcanzar los objetivos citados. Para ello, se partirá del reciente pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2023, en el que se plantea el posible conflicto de la protección de dos colectivos considerados como vulnerables, por un lado el de las personas con discapacidad y por otro el de los trabajadores de edad avanzada.
- Lidia Domínguez Ruiz, Las investigaciones transfronterizas de la Fiscalía Europea,
Desde la puesta en marcha de la Fiscalía Europea, el 1 de junio de 2021, son varias las materias de su regulación no exentas de controversia. El hecho de que el Reglamento (UE) 2017/1939 no contemple un procedimiento único y común a nivel europeo, para la persecución de los delitos que afecten a los intereses económicos de la Unión, ha originado importantes problemas en la práctica; y es que son diversas las cuestiones que el legislador europeo sigue dejando en manos de los Estados miembros. En este sentido, una de las cuestiones más controvertidas es el régimen de las investigaciones transfronterizas de la Fiscalía Europea, hasta el punto de que ha sido ya planteada una cuestión prejudicial. Por ello, con el presente trabajo, pretendemos dejar constancia tanto de la problemática existente en la regulación de esta materia, como de la interpretación que el TJUE ha realizado al respecto.
- Raúl Lafuente Sánchez, Lugar de materialización del daño en materia delictual o cuasidelictual al objeto de determinar el órgano jurisdiccional competente.
Al objeto de identificar el tribunal competente en materia delictual o cuasidelictual, la doctrina del TJUE ha reconocido que el lugar donde se haya producido o pueda producirse el hecho dañoso se refiere al mismo tiempo al lugar donde se ha producido el daño y al lugar del hecho causal que originó ese daño, aunque se lleve a cabo en Estados miembros diferentes. Esta cuestión cobra especial relevancia en la reciente sentencia del TJUE de fecha 22 de febrero de 2024, FCA Italy y FPT Industrial, un asunto complejo suscitado a raíz de la denuncia contra el fabricante de un vehículo que se encontraba equipado con un dispositivo de desactivación que permitía reducir la eficacia de los sistemas de control de las emisiones, contraviniendo, de este modo, la normativa de la Unión Europea. Y que, además, se encontraba conectado con tres Estados miembros diferentes: el del establecimiento del fabricante —Italia—; el del lugar de celebración y firma del contrato —Alemania—; y el del domicilio del adquirente que, a su vez, era el lugar de entrega del vehículo para su utilización —Austria—. De este modo, el TJUE interpreta en este asunto el concepto «lugar en el que se ha materializado el daño», con el fin de considerar competentes los tribunales de un Estado miembro al socaire del art. 7 del Reglamento Bruselas I bis, continuando con la línea ya adoptada en su anterior decisión en el asunto C-343/19, Verein für Konsumenteninformation.
Notas de Jurisprudencia:
- Laura Caballero Trenado, Derecho de la competencia y propiedad intelectual. La protección de los derechos autorales justifica restricciones a la libre prestación de servicios.
El Derecho de la Competencia se encarga de velar por los intereses de operadores y usuarios que se confluyen en el mercado, a menudo contrapuestos a través del establecimiento de medidas tuitivas (v.gr., restricciones o prohibiciones a la prestación de determinadas actividades), salvaguardas que pueden tensionar los principios que rigen en otros sectores normativos. En el difícil equilibrio que implica conjugar derechos de titulares dispares, el Derecho de la Unión constituye una herramienta de primer orden que ofrece soluciones integrativas. Sin embargo, dado que la casuística desborda el ámbito normativo, es preciso acudir a la jurisprudencia para interpretar y delimitar el alcance de las normas que entran en conflicto. En el presente caso, el TJUE acude al principio de eficacia —ampliamente asentado en la legislación europea— como criterio rector para anclar el «interés general» que subyace en la actividad de las entidades de gestión colectiva y acoraza estas herramientas tuitivas de derechos de propiedad intelectual en un fallo que consolida doctrina. Desde una perspectiva académico-profesional, en el presente trabajo se analiza la proyección extraprocesal de esta importante Sentencia.
- Pedro Alberto de Miguel Asensio, Determinación de la indemnización por daños derivados de infracciones del Reglamento General de Protección de Datos
La reciente la sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto juris, C 741/21, aborda nuevamente la interpretación del art. 82 RGPD, que establece el derecho a se ser indemnizado por los dalos sufridos como consecuencia de la infracción del RGPD. En particular, la nueva sentencia se presta a ciertas reflexiones en lo relativo a la determinación de la cuantía de la indemnización que quien sufre daños y perjuicios materiales o inmateriales como consecuencia de una infracción del RGPD tiene derecho a recibir del responsable o del encargado del tratamiento.


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