Páginas

jueves, 31 de julio de 2025

Bibliografía (Revista de revistas) - Diario LA LEY Unión Europea n. 138 (julio 2025)


 Trabajos publicados en el Diario LA LEY Unión Europea, núm. 138, de 31 de julio de 2025:


Tribuna:
-José Carlos Fernández Rozas, Se cumplen cuarenta años de la adhesión de España a las Comunidades Europeas.

Cuarenta años después de la adhesión de España a las Comunidades Europeas, resulta pertinente reflexionar sobre el alcance de este proceso y su impacto estructural. La integración no se limitó a un objetivo diplomático, sino que funcionó como una auténtica palanca de modernización institucional, económica y social. Sectores clave como la industria, la agricultura o los servicios experimentaron profundas transformaciones para adaptarse a los estándares europeos, mientras que la apertura exterior y la libre circulación contribuyeron a diversificar la economía y ampliar horizontes individuales. En paralelo, la acción exterior de la Unión incorporó prioridades geográficas impulsadas por España, reforzando su perfil como Estado miembro con peso decisorio. No obstante, esta trayectoria ha estado marcada por desafíos y tensiones: desde las exigencias de convergencia económica hasta la persistencia de desigualdades territoriales y sociales. Además, fenómenos como la incorporación masiva de la mujer al mercado laboral, la movilidad estudiantil o la secularización han redefinido marcos de referencia colectivos. En definitiva, la experiencia española muestra la complejidad de un proceso que combina avances tangibles con retos estructurales, exigiendo una mirada crítica que considere no solo indicadores cuantitativos, sino también la interiorización de valores democráticos y el fortalecimiento de la cohesión social dentro del proyecto europeo.
Estudios y Regulación:
- José Carlos Fernández Rozas, Un modelo emergente de gobernanza transatlántica: implicaciones de la Cumbre UE–Canadá 2025.
La Cumbre UE-Canadá de 2025 representa un momento de consolidación para una alianza estratégica que ha ganado densidad política, económica y normativa en un escenario internacional fragmentado. El encuentro formalizó una Asociación para la Seguridad y la Defensa, reactivó el compromiso con el CETA y proyectó una agenda multidimensional en áreas clave como inteligencia artificial, regulación digital, transición energética y cooperación humanitaria. Frente a la erosión del multilateralismo, el repliegue estadounidense y el auge de potencias revisionistas, la alianza UE-Canadá adquiere un carácter compensatorio y estratégico. A través de mecanismos institucionales, cooperación técnica y convergencia normativa, ambas partes avanzan hacia un modelo de gobernanza transatlántica más autónomo, resiliente y sostenible, si bien este nuevo marco de asociación no implica una integración política plena, pero redefine las condiciones de una colaboración estructurada basada en principios compartidos, responsabilidad internacional y adaptación conjunta a desafíos globales.
- M.ª Victoria Petit Lavall, Avances y retrocesos en la reforma europea de los derechos de los pasajeros aéreos.
La aplicación del Reglamento (CE) n.o 261/2004 que contiene los derechos mínimos de los pasajeros en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos en sus pocos más de veinte años de vigencia ha venido siendo objeto de constante litigiosidad por las múltiples dudas de interpretación de la mayor parte de sus preceptos. Ni el contenido de la norma, ni muchas de las decisiones del TJ resultan del agrado de los destinatarios, pasajeros y compañías aéreas, cuyos intereses son contrapuestos. En consecuencia, han sido varios los intentos llevados a cabo para modificarlo, el último el pasado mes de junio. La actual Propuesta de reforma pretende satisfacerlos, al mismo tiempo que incorpora la doctrina del TJ. Por ello, aunque con excesiva extensión y detalle, de un lado amplía los derechos de los pasajeros al incluir incidencias no previstas en el Reglamento y, de otro, delimita y concreta el contenido de las obligaciones de las compañías aéreas, no siempre en favor de aquellos.
- Irene Merino Cintas, Análisis crítico de la prueba electrónica en el marco de la cooperación judicial penal en la Unión Europea.
La prueba electrónica desempeña un papel cada vez más relevante en la instrucción y enjuiciamiento de los delitos, por lo que la Unión Europea ha reaccionado adoptando el paquete legislativo E-Evidence, con el fin de facilitar la obtención y conservación de prueba electrónica en los procedimientos penales, dando lugar a una reconfiguración de los modelos de cooperación penal. De este modo, se analiza el Reglamento (UE) 2023/1543 junto con la posibilidad de incorporar tecnologías emergentes en el marco de la prueba electrónica.
- Milagros Orozco Hermoso, Veto del Tribunal de Justicia al pasaporte dorado maltés: hacia una nueva relación entre ciudadanía de la Unión y nacionalidad de los Estados miembros o ¿quo vadis, Micheletti?
La sentencia de 29 de abril de 2025 resuelve el recurso por incumplimiento interpuesto por la Comisión Europea contra Malta en relación con su programa de naturalización para inversores establecido en 2020. El Tribunal de Justicia declara que dicho régimen, que permite la naturalización a cambio de pagos o inversiones sin exigir un vínculo real con el Estado, vulnera el art. 20 TFUE y el principio de cooperación leal del art. 4.3.º TUE. El fallo representa un cambio cualitativo muy relevante tanto en relación con la configuración de la ciudadanía de la Unión como de sus relaciones con la nacionalidad estatal. Por un lado, refuerza la dimensión constitucional del estatuto de ciudadanía, al vincularla con valores y principios estructurales de la Unión como la solidaridad, la confianza mutua y la cooperación leal lealtad. Por otro lado, incide en el concepto mismo de nacionalidad al exigir una «relación especial de solidaridad y lealtad» entre el individuo y el Estado miembro, introduciendo límites sustantivos a la discrecionalidad de los Estados en materia de concesión de la nacionalidad y reequilibrando la relación entre la nacionalidad estatal y la ciudadanía de la Unión.
- Laura de Miguel Pérez, Límites al uso de la marca renombrada: consideraciones a partir del asunto Inditex.
El derecho de marca no es un derecho absoluto, por lo que su ejercicio está sometido a una serie de límites, incluso en el caso de las marcas renombradas. La reciente sentencia Inditex del Tribunal de Justicia (EU:C:2024:17) ha concluido que la última modificación de la Directiva de marcas amplió la limitación relativa al uso referencial de la marca, de modo que el uso indicativo del destino del producto o servicio es tan solo uno de los varios supuestos admitidos. Tras analizar las aportaciones del asunto Inditex, se hace referencia a la relevancia de la interpretación de los límites del derecho de marca para favorecer el objetivo de sostenibilidad. En ocasiones la tutela de las marcas supone un impedimento a la reutilización de los productos, lo que contrasta con el interés social en el desarrollo de un modelo de consumo sostenible a largo plazo, como el que representa el llamado fashion upcycling. Una interpretación amplia tanto del límite referido al uso descriptivo de la marca como del relativo al uso referencial que, al realizarla ponderación entre los derechos e intereses implicados en estas situaciones, tome en cuenta el objetivo de sostenibilidad, justifica una delimitación más estricta de las facultades de los titulares de marcas para oponerse a la comercialización de productos que han sido modificados para atraer a nuevos consumidores.
Crónicas de Jurisprudencia
- Gabriel de la Mora González, La demora en la tramitación de solicitudes de protección internacional y su no computabilidad a efectos de arraigo: las Sentencias del Tribunal de Justicia 12 de septiembre de 2024 (as. C-352/23) y de 8 de mayo de 2025 (as. C–662/23) a propósito del art. 126 del nuevo Reglamento de extranjería.
El art. 126.b) del nuevo Reglamento de Extranjería exige dos años de permanencia en España para solicitar residencia por arraigo, excluyendo el tiempo como solicitante de protección internacional. Esta restricción ha generado polémica, al afectar a miles de personas que adquirían vínculos de arraigo durante la espera a una respuesta a su solicitud de asilo. El art. analiza esta medida a la luz de dos sentencias del TJ. La STJ 12 de septiembre de 2024 (Changu) señala que el Derecho de la UE no reconoce un derecho al arraigo basado en la mera permanencia prolongada en el territorio, aunque los Estados pueden otorgar residencias por razones humanitarias o de otra naturaleza. La STJ 8 de mayo de 2025 (Zimi) indica que las demoras en resolver solicitudes de asilo deben respetar los límites establecidos en la normativa europea no siendo. Ambas sentencias sirven de apoyo para reconsiderar una interpretación conforme al principio de seguridad jurídica por el cual se limite la no computabilidad del tiempo de tramitación del asilo al plazo legal y previamente establecido, teniendo en cuenta que la demora no justificada atribuible a la Administración no puede afectar negativamente a los solicitantes, tampoco a efectos de arraigo.
Sentencias Seleccionadas:
- José Luis Monereo Pérez, Rafael José López Bedmar, Discriminación indirecta por razón de género en el abono de dietas de manutención: El concepto extensivo de retribución a los efectos instrumentales de la Directiva 2006/54/CE.
La STJ 4.ª de 4 de octubre de 2024 (asunto C-314/23) analiza si el abono de dietas de manutención de distinta cuantía a dos colectivos profesionales dentro de una misma empresa —pilotos y tripulantes de cabina—, con clara segregación de género, constituye una discriminación indirecta por razón de sexo prohibida por la Directiva 2006/54/CE. El TJ concluye que dichas dietas constituyen un elemento de la retribución laboral, pero niega la existencia de discriminación al considerar que los trabajos no son equivalentes en valor. Este art. examina el contenido de la sentencia, su fundamentación jurídica, y plantea una valoración crítica en torno a la interpretación formalista adoptada por el Tribunal, advirtiendo de los límites que dicha interpretación puede suponer para la lucha efectiva contra la discriminación estructural de género en el ámbito laboral.
- Rafael Arenas García, Competencia por conexidad en grupos de sociedades e infracciones en materia de libre competencia.
El artículo analiza la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13 de febrero de 2025 en el asunto C-393/23, centrada en la competencia judicial internacional en casos de infracción del derecho de la competencia dentro de grupos de sociedades. El caso enfrenta a Macedonian Thrace Brewery (MTB) contra Athenian Brewery (AB) y Heineken, planteando si puede demandarse a ambas en el Estado de la matriz (Países Bajos), basándose en el artículo 8.1 del Reglamento 1215/2012 (foro por conexidad). Se examinan tres aspectos principales: la evolución y límites del foro por conexidad, su eventual uso fraudulento para atraer demandas a foros menos favorables, y la doctrina del Tribunal de Luxemburgo sobre la responsabilidad por infracción del derecho de la competencia. Se propone sustituir el criterio del control (presencia de una influencia decisiva) por el de unidad de dirección para identificar a la empresa responsable de la infracción del Derecho de la competencia, respondiendo así mejor a la realidad de ciertos grupos societarios. Asimismo, se analizan los márgenes que tiene el juez nacional para valorar elementos fácticos al decidir sobre su competencia sin prejuzgar el fondo. La sentencia reafirma la jurisprudencia existente, pero da pie para plantear alguna evolución de ésta, en especial, en lo que se refiere a la aplicación del derecho de la competencia en entornos empresariales complejos.
- Pilar Benavente Moreda, Derecho de rectificación del sexo en registros públicos (registro de refugiados) por persona transexual refugiada en un país europeo. Denegación por ausencia de cirugía de reasignación. Reconocimiento del derecho a la identidad sexual, de género y a la protección de datos personales.
Ante la negativa de Hungría a rectificar el género consignado en el registro de asilo de un inmigrante iraní transexual, refugiado desde 2014 en dicho país, por no acreditar haberse sometido a la cirugía de reasignación, El TJ se plantea si el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) obliga a las autoridades nacionales a corregir datos personales inexactos sobre identidad de género y si un Estado miembro puede supeditar dicha rectificación a la presentación de pruebas, incluida la cirugía de reasignación de sexo. El TJ concluye que el RGPD impone a las autoridades nacionales el deber de rectificar los datos personales relativos a la identidad de género cuando sean inexactos. Determina igualmente que un Estado miembro no puede supeditar el ejercicio de ese derecho a la aportación de la prueba de haberse sometido a una cirugía de cambio de sexo, ya que ello atenta contra los derechos fundamentales a la integridad de la persona y al respeto de la vida privada y familiar. Se sigue en este punto la misma línea marcada por el TEDH al reconocer incluido este derecho dentro del art. 8 del CEDH como manifestación del derecho a la identidad personal y familiar.
- Enrique de Miguel Canuto, Efectos de la cambiante información arancelaria vinculante.
¿Qué condiciones dan validez a un cambio de criterio clasificatorio de la mercancía, por la Administración aduanera, en presencia de una previa decisión sobre información arancelaria vinculante?
- Pilar Domínguez Martínez, La carga de la prueba del conocimiento del robo del vehículo en los accidentes de tráfico: la interpretación conforme del Tribunal de Justicia del art. 13.2º de la Directiva 2009/103/CE.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea interpreta el art. 13.2 de la Directiva 2009/103/CE en el sentido de que corresponde al organismo nacional de indemnización, designado conforme al art. 10 de la misma Directiva, acreditar que la víctima sabía que el vehículo implicado en el accidente era robado, cuando pretende excluir su responsabilidad indemnizatoria. Se opone así a una interpretación jurisprudencial nacional, como la italiana, que impone esa carga probatoria a la víctima, vulnerando el principio de efectividad del Derecho de la Unión. La sentencia profundiza en el principio de protección de las víctimas de accidentes de tráfico, el efecto útil del sistema armonizado de seguro obligatorio y la obligación de los jueces nacionales de interpretar conforme las normas internas, incluso frente a jurisprudencia consolidada que resulte contraria a los fines y contenido del Derecho de la Unión.
- Alberto J. Tapia Hermida, Competencia judicial internacional en las acciones indemnizatorias derivadas del seguro del automóvil.
Este estudio examina la Sentencia del TJ de 30 de abril de 2025 (dictada en el asunto C-536/2023, Mutua Madrileña Automovilista) que resuelve una cuestión prejudicial planteada en el marco de un litigio entre la República Federal de Alemania (RFA) y la Mutua Madrileña Automovilista (MMA) en relación con un recurso de indemnización interpuesto por dicho Estado contra la MMA en ejercicio de la acción subrogatoria por la retribución que abonó a uno de sus funcionarios durante su incapacidad laboral resultante de un accidente en el que se vio involucrado un vehículo asegurado en dicha compañía.
- Raúl Lafuente Sánchez, ¿Es posible atribuir a un Estado la consideración de persona perjudicada y parte más débil al objeto de activar la acción directa frente a una compañía aseguradora?
En su reciente sentencia de 30 de abril de 2025, en el en el asunto C-536/23, Mutua Madrileña Automovilista, el TJ sigue manteniendo la interpretación maximalista del concepto «parte más débil» comprendida en el concepto de «persona perjudicada», al objeto de entablar la acción directa contra el asegurador en el ámbito de las competencias especiales en materia de seguros previstas en el Reglamento Bruselas I bis. Y lo hace para incluir en la misma a un Estado miembro, en este caso, la República Federal de Alemania, que actuaba como empleador subrogado en los derechos de una trabajadora a la que continuó abonándole su retribución durante el periodo de incapacidad laboral a causa de un accidente de tráfico. A la luz de esta decisión, el presente trabajo analiza la doctrina del TJ en esta materia y la conveniencia de efectuar una apreciación caso por caso para identificar a la persona —física o jurídica— que puede ser considerada la «parte más débil» para poder estar comprendida en el concepto de «persona perjudicada» en el sentido de las disposiciones del Reglamento Bruselas I y entablar la acción directa contra el asegurador cuando esta sea posible.
- Elicio Díaz Gómez, La mención en una website de una empresa de una modalidad de pago y su consideración como oferta promocional.
En el presente trabajo se abordan fundamentalmente dos cuestiones ciertamente interesantes; a saber: por una parte, la del alcance de la obligación de información exigida por la Directiva 2000/31/CE, de Comercio Electrónico, respecto a las comunicaciones comerciales, recogida en su art. 6, letra c); y, por otra, estrechamente relacionada con esta cuestión, la posible consideración como «oferta promocional» de una modalidad de pago concreta aludida en un mensaje publicitario de una empresa que opera en línea y que ha sido realizado en el sitio web de dicha empresa. Y todo ello, como reconoce el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, porque en función de la interpretación ofrecida a estos temas y, más concretamente, si se considera que el procedimiento de pago representa una «oferta promocional» han de observarse escrupulosamente los requisitos de transparencia previstos en aquel artículo de la Directiva.
- Alberto J. Tapia Hermida, Revocación por el BCE de la autorización de un banco por infracción de la legislación de lucha contra el blanqueo de capitales.
Este estudio comenta la Sentencia de 4 de junio de 2025 de la Sala Décima del Tribunal General de la UE dictada en el asunto T 551/23 que desestimó el recurso de anulación que interpuso Baltic International Bank SE contra la Decisión del Banco Central Europeo (BCE) de 3 de julio de 2023 de revocación de la autorización de dicho Banco. Su importancia radica, en general, en el amplio catálogo de cuestiones que aborda y que afectan a la supervisión prudencial de las entidades de crédito; y, en especial, en su análisis de las tareas específicas de supervisión encomendadas al BCE relacionadas con la Decisión del BCE recurrida.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.