SENTENCIAS
- Asunto C-305/22, C. J. (Ejecución de una condena a raíz de una ODE): Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 4 de septiembre de 2025 (Petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Bucureşti – Rumanía) – en el procedimiento relativo a la ejecución de la orden de detención europea emitida contra C. J. (Procedimiento prejudicial – Espacio de libertad, seguridad y justicia – Cooperación judicial en materia penal – Decisión Marco 2002/584/JAI – Orden de detención europea dictada para la ejecución de una pena privativa de libertad – Artículo 4, punto 6 – Motivo de no ejecución facultativa de la orden de detención europea – Requisitos para que el Estado de ejecución asuma la ejecución de la pena – Artículo 3, punto 2 – Concepto de enjuiciamiento definitivo por los mismos hechos – Decisión Marco 2008/909/JAI – Reconocimiento mutuo de sentencias en materia penal a efectos de su ejecución en otro Estado miembro – Artículo 25 – Observancia de los requisitos y del procedimiento de esta Decisión Marco cuando un Estado miembro se compromete a ejecutar una condena impuesta mediante sentencia de un órgano jurisdiccional del Estado de emisión – Exigencia conforme a la cual el Estado de emisión tiene que prestar su consentimiento a que otro Estado miembro asuma la ejecución de tal condena – Artículo 4 – Posibilidad ofrecida al Estado de emisión de transmitir al Estado de ejecución la sentencia y el certificado a los que se refiere este artículo – Consecuencias de la falta de transmisión – Principio de cooperación leal – Artículo 22 – Derecho del Estado de emisión a ejecutar esa condena – Mantenimiento de la orden de detención europea – Obligación de la autoridad judicial de ejecución de ejecutar la orden de detención europea) [DO C, C/2025/5548, 27.10.2025]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 4.9.2025.
- Asunto C-21/24, Nissan Iberia: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 4 de septiembre de 2025 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil n.o 1 de Zaragoza) – CP / Nissan Iberia, S. A. (Procedimiento prejudicial – Artículo 101 TFUE – Principio de efectividad – Acciones por daños por infracciones del Derecho de la competencia de los Estados miembros y de la Unión Europea – Plazo de prescripción – Determinación del dies a quo – Conocimiento de la información indispensable para el ejercicio de la acción por daños – Publicación en el sitio de Internet de una autoridad nacional de competencia de su resolución en la que se declara la existencia de una infracción de las normas sobre competencia – Efecto vinculante de una resolución de una autoridad nacional de competencia que aún no es firme – Suspensión o interrupción del plazo de prescripción – Suspensión del procedimiento ante el juez que conoce de una acción por daños – Directiva 2014/104/UE – Artículo 10 – Aplicación temporal) [DO C, C/2025/5556, 27.10.2025]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 4.9.2025.
- Asunto C-313/25 PPU, Adrar: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 4 de septiembre de 2025 (petición de decisión prejudicial planteada por el rechtbank Den Haag, zittingsplaats Roermond – Países Bajos) – GB / Minister van Asiel en Migratie (Procedimiento prejudicial – Procedimiento prejudicial de urgencia – Política de inmigración – Retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular en un Estado miembro – Directiva 2008/115/CE – Ejecución de una decisión de retorno que ha adquirido firmeza – Artículo 5 – Principio de no devolución – Interés superior del niño – Vida familiar – Artículo 15 – Internamiento a efectos de expulsión – Examen del cumplimiento de los requisitos de legalidad – Obligación del juez nacional de examinar el respeto del principio de no devolución y de los otros intereses contemplados en el artículo 5 de la Directiva 2008/115 – Examen de oficio – Artículos 6, 7, 19, apartado 2, 24, apartado 2, y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea) [DO C, C/2025/5562, 27.10.2025]
Nota: Véase la entrada de este blog del día 4.9.2025.
NUEVOS ASUNTOS
- Asunto C-434/25, SANOFI: Petición de decisión prejudicial planteada por el Wojewódzki Sąd Administracyjny w Gliwicach (Polonia) el 1 de julio de 2025 – SANOFI SA / Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej [DO C, C/2025/5567, 27.10.2025]
Cuestión prejudicial:
"¿Debe interpretarse el artículo 8, apartados 2 y 6, de la Directiva 2009/133/CE relativa al régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, escisiones parciales, aportaciones de activos y canjes de acciones realizados entre sociedades de diferentes Estados miembros y al traslado del domicilio social de una SE o una SCE de un Estado miembro a otro, en relación con el artículo 63, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en el sentido de que se opone a disposiciones nacionales, como las controvertidas en el litigio principal, que supeditan la neutralidad fiscal de la atribución de títulos representativos del capital social de la sociedad beneficiaria a un socio de la sociedad transmitente al requisito de que las participaciones de la entidad absorbida o escindida no hayan sido adquiridas o suscritas previamente a raíz de un canje de acciones o atribuidas a raíz de otra fusión o escisión de entidades?"
- Asunto C-519/25, American Free Enterprise Chamber of Commerce: Petición de decisión prejudicial planteada por el Grondwettelijk Hof (Bélgica) el 31 de julio de 2025 – American Free Enterprise Chamber of Commerce / Ministerraad [DO C, C/2025/5575, 27.10.2025]
Cuestión prejudicial:
"¿Infringen los artículos 12 a 14 de la Directiva (UE) 2022/2523 del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la Unión, en la medida en que dichas disposiciones obligan a los Estados miembros a gravar a las entidades constitutivas de un grupo de empresas multinacionales ubicadas en la Unión con un impuesto complementario asociado a la regla de beneficios insuficientemente gravados, por el que dichas entidades tributarían por los beneficios insuficientemente gravados obtenidos por otras entidades constitutivas ubicadas en otra jurisdicción, sin que se establezca una distinción en función de la capacidad financiera de las entidades constitutivas sujetas al impuesto, los artículos 15, 16, 17, 20 y 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, los artículos 49 y 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el principio de seguridad jurídica y el principio de territorialidad fiscal?"
- Asunto C-520/25, Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (España) el 31 de julio de 2025 – JJBP / Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones [DO C, C/2025/5576, 27.10.2025]
Cuestiones prejudiciales:
"1) Si está sujeta al cumplimiento de los requisitos previstos en el art. 8 de la directiva 2021/1883 del Parlamento y del Consejo una norma como la que se cuestiona en el procedimiento principal (art. 71.3 y art. 76.3 LAEI) y que es de aplicación indistintamente para los extranjeros que tienen el régimen de la tarjeta azul para profesionales altamente cualificados desarrollado en la directiva 2021/1883 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de octubre de 2021, como para los trabajadores en régimen nacional excluidos de la misma (art. 3.3 de la directiva) y que, además, establece los mismos requisitos para la renovación de las autorizaciones de residencia para trabajadores altamente cualificados con independencia de si están sujetos o no a la directiva.
2) Si una norma como las que son aplicables al procedimiento principal, tanto para trabajadores sometidos a la directiva 2021/1883 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de octubre de 2021 como para trabajadores que no lo están, y cuyo contenido impide la renovación de una autorización de residencia temporal por la mera existencia de antecedentes penales sin valoración de su trascendencia, naturaleza o alcance es conforme al art. 8 de la directiva 2021/1883 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de octubre de 2021.
3) Si una norma como la aplicable en el litigio principal y que impide la renovación de la autorización de residencia para trabajadores altamente cualificados por la mera existencia de antecedentes penales sin consideración a su gravedad o trascendencia es conforme al art. 20 TFUE en cuanto a que pudiera afectar a sus hijas menores, de corta edad, y a su cónyuge nacionales españoles y, por ello, ciudadanos europeos, con quienes convive generando los riesgos descritos por la STJUE de 8 de Marzo de 2011, C 34/09.
4) Si una norma como la cuestionada en el litigio principal y que impide la renovación de la autorización de residencia para trabajadores altamente cualificados por la mera existencia de antecedentes penales sin consideración a su gravedad o trascendencia es compatible al art. 7 CEDFUE."

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