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lunes, 1 de diciembre de 2025

Jurisprudencia - Una entidad no residente puede recuperar el importe de lo retenido por dividendos en España por insuficiencia de cuota en el IS de su país debida a la existencia de pérdidas

 

- Tribunal Económico-Administrativo Central, Resolución de 20 Oct. 2025, Rec. 384/2022: Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Retenciones. Se permite a una entidad no residente la recuperación del importe retenido por dividendos en España que no pudo ser deducido en el IS de su país de residencia por insuficiencia de cuota en dicho impuesto debido a la existencia de pérdidas en el resultado de la entidad. Cambio de criterio aplicando la reciente jurisprudencia del TJUE que ha considerado a la norma española del IRNR vulneradora de la libre circulación de capitales. Solicitud de rectificación de las autoliquidaciones. En el caso examinado a diferencia del fundamentado por el TJUE la entidad interesada pertenece a un grupo fiscal lo que obliga en ejecución del fallo a someter al análisis de comparabilidad, no a las sociedades, sino a los grupos fiscales, para así poder concluir si hubo discriminación respecto de lo que habría ocurrido si el grupo consolidado hubiese sido español, debiendo de ser corregido, tras la comprobación señalada, determinando el órgano gestor la devolución que proceda. 

Nº de Recurso: 384/2022
Diario LA LEY, Nº 10838, Sección Doctrina administrativa, 1 de Diciembre de 2025


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