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sábado, 22 de noviembre de 2008

Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea


Organización del TJCE

-Designación de la Sala encargada de tramitar los asuntos contemplados en el artículo 104 ter del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia.
Nota: El art. 104 ter regula el Procedimiento Prejudicial de urgencia (PPU), en el que existe un acortamiento de los plazos, pudiéndose llegar incluso a la supresión de la fase escrita, pudiendo ser resueltas las cuestiones planteadas por una Sala en composición especial y una vez «oído el Abogado General», suprimiéndose así las Conclusiones del Abogado General. Véase la entrada de este blog del día 26-6-2008.

Asuntos del TJCE

-Asunto C-372/07: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 2 de octubre de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por la Supreme Court — Irlanda) — Nicole Hassett/South Eastern Health Board, Cheryl Doherty/North Western Health Board («Competencia judicial — Reglamento (CE) nº 44/2001 — Artículo 22, apartado 2 — Litigios sobre la validez de las decisiones de los órganos de las sociedades — Competencia exclusiva de los tribunales del Estado donde la sociedad tiene su domicilio — Asociación profesional de médicos»)
Nota:
-Fallo del Tribunal: "El artículo 22, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que una acción, como la controvertida en el procedimiento principal, en el marco de la cual una parte alega que una decisión adoptada por un órgano de una sociedad ha vulnerado los derechos que esa parte pretende hacer valer con arreglo a los estatutos de dicha sociedad, no tiene por objeto la validez de las decisiones de los órganos de una sociedad, en el sentido de esa disposición."
-Véase la entrada de este blog del día 2-10-2008.
-Asunto C-404/07: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 9 de octubre de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Bíróság — Hungría) — Proceso penal iniciado por Győrgy Katz contra István Roland Sós (Cooperación policial y judicial en materia penal — Decisión marco 2001/220/JAI — Estatuto de la víctima en el proceso penal — Acusación particular en sustitución del Ministerio fiscal — Declaración de la víctima en calidad de testigo).
Nota: Véase la entrada de este blog del día 9-10-2008.
-Asunto C-453/07: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 25 de septiembre de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Gießen, Alemania) — Hakan Er/Wetteraukreis (Acuerdo de Asociación CEE-Turquía — Decisión no 1/80 del Consejo de Asociación — Artículo 7, párrafo primero, segundo guión — Derecho de residencia del hijo mayor de edad de un trabajador turco — Inexistencia de ejercicio de una actividad por cuenta ajena — Condiciones de la pérdida de los derechos adquiridos).
Nota: Véase la entrada de este blog del día 26-9-2008.
-Asunto C-381/08: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 22 de agosto de 2008 — Car Trim GmbH/KeySafety Systems SRL.
Cuestiones prejudiciales planteadas:
"1) ¿Debe interpretarse el artículo 5, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 44/2001 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, en el sentido de que los contratos de suministro de bienes que han de fabricarse o producirse deben considerarse compraventas de mercaderías (primer guión) y no prestaciones de servicios (segundo guión), aunque el cliente haya formulado determinadas exigencias respecto de la obtención, la transformación y la entrega de los productos que han de fabricarse, incluida la garantía de la calidad de fabricación, la fiabilidad de suministro y la buena gestión administrativa de los pedidos? ¿Cuáles son los criterios pertinentes para establecer la distinción?
2) Si se trata de una compraventa de mercaderías: ¿El lugar en el que, según el contrato, se han entregado o deberían haberse entregado los objetos comprados, debe determinarse en el caso de ventas por correspondencia atendiendo al lugar de entrega material al comprador o al lugar en el que los objetos se entregan al primer transportista para su transmisión al comprador?"
[DOUE C301, de 22-11-2008]

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