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miércoles, 3 de diciembre de 2008

Noticias de la UE


-LA COMISIÓN APRUEBA EL LIBRO VERDE SOBRE EL RECURSO COLECTIVO EN EL ÁMBITO DE LOS CONSUMIDORES: On 27 November 2008 the Commission has adopted the Green Paper on Consumer Collective Redress. The Green Paper sets out 4 options.These include: (1) No immediate action, (2) co-operation between Member States extending national collective redress systems to consumers from other Member States without a collective redress mechanism, (3) a mix of policy instruments to strengthen consumer redress (including collective consumer alternative dispute mechanisms, a power for national enforcement authorities to request traders to compensate consumers and extending small claims to deal with mass claims), (4) binding or non binding measures for a collective redress judicial procedure to exist in all Member States. A combination of different elements from these options is also open to consideration.
Véase el Documento COM(2008) 794 final (Brussels, 27.11.2008): GREEN PAPER On Consumer Collective Redress (presented by the Commission).
-CONSEJO DE JUSTICIA Y ASUNTOS DE INTERIOR (27 Y 28 DE NOVIEMBRE): Entre otras cuestiones, el Consejo abordó la puesta en marcha del enfoque global aplicado a la cuestión de las migraciones y la asociación con los países de origen y tránsito y subrayó la importancia de proteger el principio de libre circulación de personas dentro del territorio de la UE contra los abusos generados, entre otros factores, por la inmigración clandestina. El Consejo alcanzó un acuerdo sobre una decisión marco relativa al control judicial de los procedimientos previos a la sentencia entre Estados miembros de la UE y sobre la modernización de la red de cooperación judicial en materia civil y comercial. Adoptó un informe relativo a la puesta en aplicación de un marco común de referencia para el derecho contractual europeo, de un plan de acción relativo a la e-Justicia europea y de las conclusiones relativas a los sistemas de alerta por secuestro de niños. Decidió el levantamiento de los controles en las fronteras terrestres entre Suiza y sus vecinos de la UE a partir del próximo 12 de diciembre, mientras que el levantamiento de las fronteras aéreas se producirá el 29 de marzo de 2009, coincidiendo con el paso a la hora de verano. Finalmente, el Consejo adoptó sin necesidad de debate cinco importantes herramientas legislativas: una decisión marco para combatir el racismo y la xenofobia, una decisión marco relativa a la protección de datos de carácter personal utilizados en el marco de la cooperación policial y judicial penal, una decisión marco sobre el reconocimiento mutuo en materia de libertad vigilada, una decisión marco relativa a la modificación de la definición de terrorismo y una decisión marco relativa al reconocimiento mutuo de las sentencias de lo penal.
Para más información véase el comunicado de prensa del Consejo.
-FISCALIDAD DIRECTA: LA COMISIÓN EUROPEA LLEVA A PORTUGAL Y A ESPAÑA ANTE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA POR APLICAR UNA IMPOSICIÓN DISCRIMINATORIA A LOS FONDOS DE PENSIONES EXTRANJEROS: La Comisión Europea ha decidido llevar a España y Portugal ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por sus normas fiscales en virtud de las cuales los dividendos y/o los intereses pagados a fondos de pensiones extranjeros (pagos salientes) pueden ser objeto de un mayor gravamen que los dividendos y/o los intereses pagados a fondos de pensiones nacionales (pagos nacionales). La Comisión considera que estas normas son contrarias al Tratado CE y al Acuerdo EEE, ya que restringen la libre circulación de capitales. Conforme a la normativa española, las rentas de los fondos de pensiones establecidos en España están exentas y dichos fondos pueden solicitar la devolución de cualquier retención a cuenta que España haya aplicado a sus dividendos. Así pues, los dividendos nacionales que reciban están exentos de impuestos. En cambio, España impone una retención a cuenta del 18 % a los dividendos pagados a los fondos de pensiones establecidos en otro lugar de la UE o en los países EEE/AELC.

-IMPOSICIÓN DIRECTA: LA COMISIÓN EUROPEA INSTA A PORTUGAL Y ESPAÑA A QUE MODIFIQUEN LAS DISPOSICIONES FISCALES DE CARÁCTER RESTRICTIVO QUE IMPONEN A LAS SOCIEDADES A SU SALIDA DEL PAÍS: La Comisión Europea ha pedido oficialmente a Portugal y España que modifiquen las disposiciones fiscales que imponen el pago inmediato de impuestos cuando las sociedades dejan de ser residentes de esos países o transfieren sus activos a otro Estado miembro. La Comisión considera que estas disposiciones son incompatibles con la libertad de establecimiento que establecen el artículo 43 del Tratado y el artículo 31 del Acuerdo del EEE. El requerimiento se ha efectuado en forma de dictamen motivado (segundo paso del procedimiento de infracción previsto en el artículo 226 del Tratado CE). Si, transcurridos dos meses, no se apreciara una reacción satisfactoria frente a los citados dictámenes motivados, la Comisión podrá decidir remitir estos asuntos al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. De acuerdo con la normativa española, si una sociedad traslada su residencia a otro Estado miembro o si un establecimiento permanente cesa sus actividades en España o transfiere sus activos situados en España a otro Estado miembro, las plusvalías no realizadas deben integrarse en la base imponible de ese ejercicio, en tanto que las plusvalías no realizadas correspondientes a operaciones de ámbito estrictamente nacional no se incluyen en la base imponible.

Fuente y más noticias: Consejo General de la Abogacía, Europa en Breve, núm. 43/2008.

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