Las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles a la luz de la Ley 3/2009, de 3 de abril
Rosana PÉREZ GURREA, Abogada
Diario La Ley, Nº 7425, Sección Doctrina, 16 Jun. 2010
Rosana PÉREZ GURREA, Abogada
Diario La Ley, Nº 7425, Sección Doctrina, 16 Jun. 2010
En este trabajo se analiza la Ley 3/2009, de 3 de diciembre, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles. Su importancia estriba en que se aborda por primera vez una regulación completa y global sobre aspectos de gran trascendencia para las sociedades mercantiles, incorporando al derecho español la Directiva 2005/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativa a las fusiones transfronterizas de las sociedades de capital. Esta ley tiene por objeto la regulación de las modificaciones estructurales consistentes en la transformación, fusión, escisión, cesión global del activo y del pasivo así como el traslado internacional del domicilio social. Se aplica a todas las sociedades que tengan la consideración de mercantiles, bien por la naturaleza de su objeto o bien por la forma de su constitución.
Véase la entrada de este blog del día 4.4.2009.
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