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jueves, 30 de diciembre de 2010

BOE de 30.12.2010


-Ley 40/2010, de 29 de diciembre, de almacenamiento geológico de dióxido de carbono.
Nota: El art. 27 se ocupa de los mecanismos de solución para resolver los conflictos transnacionales relativos al acceso a las redes de transporte y a los lugares de almacenamiento.
-Real Decreto 1737/2010, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las inspecciones de buques extranjeros en puertos españoles.
Nota: De acuerdo con su art. 3, esta disposición se aplica a los buques que hagan escalas en un puerto o fondeadero para realizar una interfaz buque/puerto y a su tripulación. Se consideran también inspecciones de buques las realizadas en aguas marítimas españolas no portuarias. Se excluyen los buques pesqueros, buques de guerra, embarcaciones auxiliares, buques de madera de construcción primitiva, buques de titularidad estatal utilizados con fines no comerciales y las embarcaciones de recreo no dedicadas al comercio.
-Orden TIN/3364/2010, de 28 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2011.
Nota: Esta disposición estará vigente entre el 1.1.2011 y el 31.12.2011.
En la exposición de motivos se hace referencia a que no se prevé la concesión de visados para búsqueda de empleo, dirigidos a hijos y nietos de español de origen o limitados a determinadas ocupaciones en un ámbito territorial concreto. Con el objetivo de lograr una mayor simplificación y agilización del procedimiento de gestión colectiva de contrataciones en origen, se introducen diversas modificaciones respecto a la Orden que reguló el tema para el 2010, especialmente referidas a las particularidades que presenta el procedimiento de contratación de trabajadores para ofertas de empleo temporal.
-Ley 14/2010 de la Comunidad de Castilla y León, de 9 de diciembre, de turismo de Castilla y León.
Nota: De esta norma cabe destacar los siguientes preceptos relacionados con la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios en actividades del sector turístico por parte de personas establecidas en otros Estados miembros de la UE: art. 1.2.o); art. 21.1; art. 26; art. 27; art. 72.2.
Estas disposiciones quieren respetar el nuevo marco jurídico integrado por la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (véase la entrada de este blog del día 24.11.2009).

En relación con los desacuerdos entre la Comunidad de Castilla y León y el Gobierno de la Nación sobre ciertas disposiciones de la ley véase la Resolución de 15 de marzo de 2011, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, y la Resolución de 19 de septiembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, así como las entradas de este blog del día 11.4.2011 y del día 7.11.2011.
[BOE n. 317, de 30.12.2010]

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