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lunes, 24 de enero de 2011

BOE de 24.1.2011


Ley 8/2010 de la Comunidad Autónoma de Aragón, de 2 de diciembre, de Derecho Civil Patrimonial.
Nota: Con esta disposición finaliza el proceso de actualización del Derecho civil aragonés, iniciado con la aprobación en el año 1999 de la Ley de sucesiones por causa de muerte.
La DF primera autoriza al Gobierno de la Comunidad Autónoma a refundir en un texto único, que se denominará "Código de Derecho Foral de Aragón", los siguientes textos legales:
  • El Título preliminar de la Compilación del Derecho civil de Aragón.
  • La Ley 1/1999, de 24 de febrero, de sucesiones por causa de muerte.
  • La Ley 6/1999, de 26 de marzo, relativa a parejas estables no casadas.
  • La Ley 2/2003, de 12 de febrero, de régimen económico matrimonial y viudedad.
  • La Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de Derecho de la persona.
  • La Ley 2/2010, de 26 de mayo, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres.
  • La presente Ley de Derecho civil patrimonial.
Sobre la Ley 2/2010 véase la entrada de este blog del día 22.6.2010.
[BOE n. 20, de 24.1.2011]

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