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viernes, 25 de abril de 2014

Congreso de los Diputados - Proyecto de Ley


Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado (BOCG-Congreso, Serie A, núm. 92-1, de 25.4.2014).
Nota: El apartado once de su artículo único modifica el título V (Infracciones y sanciones) de la la Ley 3/2001, de 16 de marzo, de Pesca Marítima del Estado. El art. 90 regula el ámbito de aplicación del mencionado título en los siguientes términos:
"Los preceptos del presente título son de aplicación a las conductas o hechos cometidos:
a) Dentro del territorio y aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción españolas.
b) Fuera del territorio o aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción españolas por personas físicas o jurídicas, a bordo de buques de pabellón nacional o sirviéndose de los mismos.
c) Fuera del territorio o aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción españolas por personas físicas o jurídicas de nacionalidad española, a bordo de buques apátridas o sin nacionalidad; o de buques de pabellón extranjero o sirviéndose de los mismos, en este último supuesto siempre que el Estado de bandera no haya ejercido su competencia sancionadora según la normativa en vigor.
d) Además de lo dispuesto en los apartados anteriores, será también de aplicación a los hechos o conductas detectados en territorio o aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción españolas y considerados como pesca ilegal, no declarada y no reglamentada según los términos y condiciones establecidos en la normativa comunitaria o internacional, aún cuando hayan sido cometidas fuera de dicho ámbito, independientemente de la nacionalidad de sus autores y del pabellón del buque."

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