Páginas

miércoles, 6 de junio de 2018

BOE de 6.6.2018


-Resolución de 16 de mayo de 2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se establecen los modelos de la solicitud y de la licencia que autoriza a los particulares para adquirir, poseer, utilizar o introducir en España, los precursores de explosivos restringidos, prevista en la Ley 8/2017, de 8 de noviembre, sobre precursores de explosivos.
Nota: La Ley 8/2017, de 8 de noviembre, sobre precursores de explosivos, establece un sistema de licencia previa que autoriza a su titular a adquirir, poseer, utilizar o introducir en nuestro país el precursor o precursores de explosivos restringidos con los límites cuantitativos, así como el uso para la actividad o actividades que se indiquen en la misma (véase el art. 4) (véase la entrada de este blog del día 9.11.2017). El art. 6.1 establece que la licencia se solicitará en el modelo oficial debidamente cumplimentado en el que figurarán, entre otros datos, el nombre y el número de registro del servicio de resúmenes químicos, la cantidad, el uso que se le pretende dar, así como el lugar en el que se va a almacenar y, en su caso, utilizar dicha sustancia. Ahora, mediante la presente norma se establecen los modelos tanto de solicitud como el de la licencia.
-Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina.
Nota: El art. 4 establece qué personas pueden ser beneficiarias de la formación impartida por el Instituto Social de la Marina:
"1. Podrán ser beneficiarios de la formación impartida por el ISM los trabajadores de nacionalidad española o nacionales de un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo que residan en España y los extranjeros que cuenten con permiso de trabajo y residencia en vigor, que estén afiliados y en situación de alta o asimilada al alta, incluidos los trabajadores fijos discontinuos, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar en el momento de la presentación de la solicitud."

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.