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miércoles, 12 de diciembre de 2018

Jurisprudencia - Revocación de la concesión de la nacionalidad española por no poder jurar la Constitución al desconocer el idioma español


Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 6, Sentencia de 23 julio 2018, Rec. 487/2017: Nacionalidad española. Concesión a solicitante nacional de Marruecos. Infracción del art. 22.4 del CC, que exige como requisito para acceder a la nacionalidad española, el de suficiente grado de integración en la sociedad española del solicitante. Ha quedado acreditado el desconocimiento del idioma español por parte del interesado en el momento de efectuar el juramento de la Constitución. Según el TS, no existe integración por desconocimiento de aspectos esenciales de la sociedad española cuando se ha podido constatar un desconocimiento de la lengua española negándose que su limitado nivel académico fuera excusa suficiente para justificar tal ignorancia. El conocimiento adecuado del idioma español es un dato de singular relevancia a la hora de valorar el suficiente grado de integración en la sociedad, de tal forma que no parece que pueda lograrse satisfactoriamente tal integración por quien no conoce el medio de expresión utilizado por los miembros de la sociedad respecto de la cual se manifiesta la voluntad de ser nacional.
Ponente: Santillán Pedrosa, Berta María.
Nº de Recurso: 487/2017
Jurisdicción: CONTENCIOSA-ADMINISTRATIVA
Iustel - Diario Del Derecho, 12 diciembre 2018, sección Jurisprudencia
[Texto Iustel]
[Texto en CENDOJ: Roj: SAN 3236/2018 - ECLI: ES:AN:2018:3236]

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