Páginas

jueves, 24 de enero de 2019

Jurisprudencia - Nulidad de la prohibición de ofertar viviendas vacacionales situadas en las zonas turísticas de Canarias


Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia 1766/2018 de 12 Dic. 2018, Rec. 4959/2017: Interés casacional. Turismo. CA Canarias. Reglamento de las viviendas vacacionales (Decreto 113/2015). Nulidad de su art. 3.2, que excluye del ámbito de aplicación del Reglamento las edificaciones ubicadas en suelos turísticos que se encuentren dentro de las zonas turísticas o de las urbanizaciones turísticas, así como las viviendas ubicadas en urbanizaciones turísticas o en urbanizaciones mixtas residenciales turísticas. No se explicita en el procedimiento de elaboración ninguna razón imperiosa de interés general de las comprendidas en el art. 3.11 de la Ley 17/2009, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que justifique la restricción impuesta al ejercicio de la actividad económica consistente en ofertar viviendas vacacionales en zonas turísticas, y tampoco se puede inferir de forma directa del contexto jurídico-económico en que se inserta la disposición. Incompatibilidad con las exigencias de necesidad y proporcionalidad a que alude el art. 5 LGUM.
Ponente: Bandrés Sánchez-Cruzat, José Manuel.
Nº de Sentencia: 1766/2018
Nº de Recurso: 4959/2017
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 9344, Sección La Sentencia del día, 24 de Enero de 2019
ECLI: ES:TS:2018:4384
[Texto de la resolución]

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.