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miércoles, 26 de enero de 2022

DOUE de 26.1.2022


- Decisión de Ejecución (UE) 2022/102 de la Comisión, de 25 de enero de 2022, por la que se establecen formularios de denegación, anulación o revocación de una autorización de viaje.

Nota: El Reglamento (UE) 2018/1240 estableció el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV) para los nacionales de terceros países exentos de la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores. En él se establecen las condiciones y los procedimientos para expedir o denegar una autorización de viaje. Véase la entrada de este blog del día 19.9.2018.
Cuando una solicitud de autorización de viaje sea denegada, anulada o revocada tras un tratamiento manual por parte de una unidad nacional del SEIAV, debe notificarse inmediatamente la decisión al solicitante. A tal fin, las unidades nacionales del SEIAV deben utilizar formularios que contengan la información mínima establecida en el artículo 38, apartado 2, del Reglamento (UE) 2018/1240. Los formularios también deben cubrir los casos en que los propios solicitantes decidan revocar la autorización (autorrevocación). El presente acto regula dichos formularios.

[DOUE L17, de 26.1.2022]

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