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viernes, 15 de julio de 2022

DOUE de 15.7.2022


- Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1220 de la Comisión, de 14 de julio de 2022, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación de la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al formato en el que las sucursales de empresas de terceros países y las autoridades competentes deben comunicar la información a que se refiere el artículo 41, apartados 3 y 4, de dicha Directiva.

Nota: Es necesario garantizar que la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) y las autoridades competentes afectadas reciban toda la información necesaria para supervisar las sucursales de empresas de terceros países y velar por que dicha información se trate de manera eficiente y rápida. Por consiguiente, la información a que se refiere el artículo 41, apartados 3 y 4, de la Directiva 2014/65/UE debe presentarse en una lengua habitual en el ámbito de las finanzas internacionales.
Asimismo, es necesario garantizar que el formato para la comunicación de la información a que se refiere el artículo 41, apartado 3, de la Directiva 2014/65/UE también sea adecuado para la comunicación de los servicios y actividades transfronterizos de dichas sucursales.
Finalmente, con arreglo al artículo 41.3 de la Directiva 2014/65/UE, las sucursales de empresas de terceros países que hayan sido autorizadas de conformidad con el artículo 41.1 deben comunicar anualmente a la autoridad competente del Estado miembro en el que se haya concedido la autorización la información prevista en el apartado 3 de dicho artículo 41. Con el fin de armonizar no solo el formato, sino también el calendario de notificación, es necesario incluir un plazo para la comunicación de dicha información a las autoridades competentes.

[DOUE L188, de 15.7.2022]

- Actualización de la lista de permisos de residencia a que se refiere el artículo 2, punto 16, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen)

Nota: Véase el Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, así como la entrada de este blog del día 23.3.2016.

[DOUE C272, de 15.7.2022]


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