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jueves, 13 de julio de 2023

DOUE de 13.7.2023


- Comunicación de la Comisión — Comunicación con arreglo al artículo 4, apartado 2, el artículo 8, apartado 1, el artículo 15, el artículo 17, apartado 2 y el artículo 25 del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1441 relativo a las disposiciones detalladas para la tramitación de determinados procedimientos por parte de la Comisión con arreglo al Reglamento (UE) 2022/2560 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado interior.

Nota: La presente Comunicación establece las especificaciones técnicas pertinentes para la transmisión y la firma de las notificaciones presentadas de conformidad con el artículo 20 del Reglamento (UE) 2022/2560 y el artículo 4 del Reglamento de Ejecución; observaciones tras la apertura de una investigación exhaustiva presentada de conformidad con el artículo 10, apartado 3, del Reglamento (UE) 2022/2560 y el artículo 8 del Reglamento de Ejecución; los compromisos ofrecidos por las empresas afectadas presentados de conformidad con el artículo 25 del Reglamento (UE) 2022/2560 y el artículo 15 del Reglamento de Ejecución; y observaciones sobre los motivos por los que la Comisión tiene la intención de adoptar su decisión, presentada de conformidad con el artículo 42 del Reglamento (UE) 2022/2560 y el artículo 17 del Reglamento de Ejecución.

Véase el Reglamento (UE) 2022/2560 sobre las subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado interior y el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1441 relativo a las disposiciones detalladas para la tramitación de determinados procedimientos por parte de la Comisión con arreglo al Reglamento (UE) 2022/2560, así como las entradas de este blog del día 23.12.2022 y del día 12.7.2023.

[DOUE C246, de 13.7.2023]

- Informe de actividad del Comité de Vigilancia de la OLAF — 2022.

Nota: La función de la controladora de las garantías procedimentales se establece en el Reglamento (UE, Euratom) nº 883/2013 (Reglamento OLAF), con el fin de proteger las garantías procedimentales y los derechos fundamentales de las personas implicadas en las investigaciones llevadas a cabo por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).
La controladora examina las reclamaciones que presentan las personas implicadas, relativas al cumplimiento por parte de la OLAF de las garantías procedimentales y las normas aplicables a las investigaciones, de manera especial, los requisitos procedimentales y los derechos fundamentales. Su función no consiste en sustituir la evaluación de la OLAF por la suya propia sobre cómo llevar a cabo una investigación, cómo evaluar las pruebas y qué conclusiones deben extraerse. Al evaluar las reclamaciones, la controladora presta especial atención a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, a los principios generales del Derecho de la Unión y a la jurisprudencia pertinente de los tribunales europeos.
En 2022, la controladora recibió catorce reclamaciones: La OLAF remitió trece de ellas a la controladora y una la recibió ella misma directamente. Los reclamantes, tanto personas físicas como personas jurídicas, eran personas afectadas por las investigaciones internas y externas de la OLAF. La mayoría de las reclamaciones las presentaron en inglés abogados que actuaban en nombre de las personas implicadas.
En su mayor parte, los reclamantes impugnaron incumplimientos de sus garantías procedimentales en virtud del artículo 9 del Reglamento OLAF y de sus derechos fundamentales en el marco de la Carta de los Derechos Fundamentales. En concreto, se quejaron i) del derecho a ser oído y del ejercicio efectivo de su derecho a presentar observaciones sobre los hechos que les conciernen (artículo 9, apartado 4, del Reglamento OLAF), y ii) del derecho a que sus asuntos reciban tratamiento en un plazo razonable (artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales). Los reclamantes también presentaron alegaciones sobre su derecho a ser informados (artículo 9, apartado 3, del Reglamento OLAF) y alegaciones de incumplimiento de los principios de equidad e imparcialidad. Los reclamantes reclamaron, en menor medida, en relación con las normas aplicables a las investigaciones de la OLAF.

[DOUE C248, de 13.7.2023]


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