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sábado, 17 de julio de 2021

BOE de 17.7.2021


- Orden PCM/755/2021, de 16 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de julio de 2021, por el que se prorroga el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles.

Nota: El 2 de febrero de 2021, el Consejo de Ministros aprobó el acuerdo por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles (véase la entrada de este blog del día 3.2.2021). Este acuerdo fue prorrogado mediante Acuerdos del Consejo de Ministros de 9 de febrero de 2021 (véase la entrada de este blog del día 13.2.2021), 23 de febrero de 2021 (véase la entrada de este blog del día 26.2.2021), 9 de marzo de 2021 (véase la entrada de este blog del día 12.3.2021), 23 de marzo de 2021 (véase la entrada de este blog del día 26.3.2021), 6 de abril de 2021 (véase la entrada de este blog del día 8.4.2021), de 20 de abril de 2021 (véase la entrada de este blog del día 23.4.2021), de 4 de mayo de 2021 (véase la entrada de este blog del día 7.5.2021), de 18 de mayo de 2021 (véase la entrada de este blog del día 21.5.2021), de 1 de junio de 2021 (véase la entrada de este blog del día 4.6.2021), de 15 de junio de 2021 (véase la entrada de este blog del día 18.6.2021) y de 29 de junio de 2021 (véase la entrada de este blog del día 2.7.2021). El plazo establecido para el mantenimiento de estas medidas finaliza a las 00:00 horas del día 20 de julio de 2021 (hora peninsular).

Mediante el presente Acuerdo se prorroga la eficacia de las previsiones contenidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles, desde las 00:00 horas del día 20 de julio de 2021 (hora peninsular) hasta las 00:00 horas del día 3 de agosto de 2021 (hora peninsular).

[BOE n. 170, de 17.7.2021]

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