- Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Torrevieja, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
Nota: Mediante esta resolución se aprueban la entrada en servicio efectivo de la aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011 en las oficinas del Registro Civil del partido judicial de Torrevieja, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Torrevieja y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Benijófar, Guardamar del Segura, Los Montesinos, Rojales y San Miguel de Salinas, a las 00:00 horas del 31 de marzo de 2025.
Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011 (véase la entrada de este blog del día 23.9.2021), modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones, Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la aplicación de la Ley 20/2011 (véase la entrada de este blog del día 9.6.2022).
- Orden INT/195/2025, de 27 de febrero, por la que se prorroga la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal.
Nota: En España, la Directiva 2001/55/CE fue traspuesta mediante el Real Decreto 1325/2003 por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas. En 2022, complementando la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo se aprobaron la Orden PCM/169/2022, por la que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania, y la Orden PCM/170/2022, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2022 por el que se amplía la protección temporal otorgada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo a personas afectadas por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar refugio en España. Esta ampliación se llevó a cabo dentro de los márgenes permitidos por el artículo 2 de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo, por lo que la protección temporal de las personas beneficiadas por la ampliación debe considerarse también prorrogada por la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2409 del Consejo y por la Decisión de Ejecución (UE) 2024/1836 del Consejo, cuyos efectos se extienden a todas las personas a que se refiere el citado artículo 2.[BOE n. 52, de 1.3.2025]
Por razones de eficacia y eficiencia, en lugar de proceder a la expedición de nuevas Tarjetas de Identidad de Extranjero, mediante la Orden INT/169/2024, por la que se prorroga la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal, se prorrogó directa y automáticamente, hasta el 4 de marzo de 2025, la validez de las tarjetas ya expedidas.
Ahora, se prorroga directa y automáticamente, hasta el 4 de marzo de 2026, la validez de las tarjetas ya expedidas a las personas beneficiarias de protección temporal a las que es de aplicación la Decisión de Ejecución (UE) 2024/1836 del Consejo. Por tanto, no será necesario obtener una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero para cumplir con las obligaciones dispuestas en el artículo 210 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 557/2011.
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