viernes, 29 de febrero de 2008

Bibliografía


Competencia judicial internacional en materia de daños extracontractuales y de acción directa contra el asegurador de responsabilidad civil (Notas a la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 13 de diciembre de 2007).
Por L. Fernando Reglero Campos. Catedrático de Derecho Civil (UCLM). Consultor académico de Pérez-Llorca.
Diario La Ley, Nº 6894, Sección Doctrina, 29 Feb. 2008.

Novedades BOE 29-2-2008


Real Decreto 160/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan las exenciones fiscales relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado y se establece el procedimiento para su aplicación.

[BOE n. 52, 29-2-2008]

jueves, 28 de febrero de 2008

Documentos COM


COM(2008) 101 final (Bruselas 22-2-2008): Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de […] por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 562/2006 en lo relativo al Sistema de Información de Visados (VIS) en el marco del Código de fronteras Schengen (presentada por la Comisión).

Jurisprudencia extranjería

Audiencia Provincial de Guipúzcoa, Sección 3ª, Sentencia de 18 Dic. 2007, rec. 3310/2007. Improcedencia de la modificación de la fecha de nacimiento que figura en el pasaporte de un extranjero con base en una prueba médica realizada en el ámbito del Juzgado de Menores.
Ponente: Moreno Galindo, Ana.
Nº de Recurso: 3310/2007
Jurisdicción: CIVIL
LA LEY 240495/2007
Fuente: Diario La Ley, Nº 6893, Sección La Sentencia, 28 Feb. 2008

Novedades DOUE

Documentos COM distintos de las propuestas legislativas adoptadas por la Comisión.
Nota: Cabe destacar los siguientes documentos:
-Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo sobre la aplicación del Reglamento (CE) no 1206/2001 del Consejo, de 28 de mayo de 2001, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil.
-Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la aplicación de la Directiva 2003/9/CE, de 27 de enero de 2003, por la que se aprueban normas mínimas para la acogida de los solicitantes de asilo.

miércoles, 27 de febrero de 2008

Novedades DOUE

Novedades extranjería DOUE

-Decisión del Consejo, de 28 de enero de 2008, relativa a la celebración, en nombre de la Comunidad Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen.
-Decisión del Consejo, de 28 de enero de 2008, relativa a la celebración, en nombre de la Comunidad Europea, del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo a los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable de examinar las peticiones de asilo presentadas en un Estado miembro o en Suiza.
Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre los criterios y mecanismos para determinar el Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en un Estado miembro o en Suiza.
-Información relativa a la entrada en vigor del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen, así como del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en un Estado miembro o en Suiza.
-Decisión del Consejo de 28 de enero de 2008 relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen.
Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen.

Novedades BOE 27-2-2008


Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la Competencia.
Nota: Véanse los arts. 7-3º, 8-1º, 15, 38-2º, 39-5º, 45-5º, 48, 60-5º y 64.

Novedades UE


-CONFERENCIA SOBRE EL FUTURO DEL DERECHO EUROPEO CONTRACTUAL: ERA, la Academia de Derecho Europeo, organiza los próximos días 6 y 7 de marzo un seminario sobre el futuro del Derecho Europeo Contractual, dentro de la discusión acerca del proyecto sobre un Marco Común de Referencia. El seminario tendrá lugar en su sede de Tréveris (Alemania), e irá dirigido a profesionales del Derecho Contractual, abogados en ejercicio, grupos de interés, juristas de Ministerios de Estados miembros e investigadores interesados en la materia.
-NUEVA DIRECTIVA SOBRE EL LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS: La realización del mercado interior, la globalización, la desregulación y la innovación tecnológica han contribuido, conjuntamente, a modificar de manera muy sustancial el volumen y el perfil del comercio de servicios. Es cada vez mayor el número de servicios que pueden prestarse a distancia. Para atender a tal circunstancia, se han venido tomando desde hace años medidas específicas, y en la actualidad numerosos servicios concretos se gravan, de hecho, con arreglo al principio del país de destino. El correcto funcionamiento del mercado interior exige una modificación de las normas de la Directiva 112/2006/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que respecta al lugar de prestación de servicios, en consonancia con la estrategia de la Comisión orientada a la modernización y simplificación del funcionamiento del régimen común del IVA. En todas las prestaciones de servicios, el lugar de imposición debe ser, en principio, aquel donde se realiza efectivamente el consumo. Si se modificase en este sentido la norma general de determinación del lugar de la prestación de servicios, seguirían siendo necesarias determinadas excepciones a dicha regla, por motivos tanto de índole administrativa como política.

martes, 26 de febrero de 2008

Novedades bibliografía


-Revista de la contratación electrónica, núm. 84 (2007).

Novedades DOUE

Iniciativa de la República de Eslovenia, la República Francesa, la República Checa, el Reino de Suecia, la República Eslovaca, el Reino Unido y la República Federal de Alemania con vistas a la adopción de una Decisión marco 2008/…/JAI del Consejo, relativa a la ejecución de resoluciones dictadas en rebeldía y por la que se modifican la Decisión marco 2002/584/JAI, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, la Decisión marco 2005/214/JAI, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sanciones pecuniarias, la Decisión marco 2006/783/JAI, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones de decomiso, y la Decisión marco 2008/…/JAI, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sentencias en materia penal por las que se imponen penas de prisión o medidas de privación de libertad a efectos de su cumplimiento en la Unión Europea.

Novedades BOE 26-2-2008


-Orden EHA/451/2008, de 20 de febrero, por la que se regula la composición del número de identificación fiscal de las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.
Nota: Véanse fundamentalmente los arts. 4 (Clave de entidad extranjera) y 5 (Clave de establecimiento permanente de una entidad no residente en España).
-Corrección de errores del Real Decreto 1516/2007, de 16 de noviembre, por el que se determina el régimen jurídico de las líneas regulares de cabotaje marítimo y de las navegaciones de interés público.
Disposición original: Real Decreto 1516/2007, de 16 de noviembre, por el que se determina el régimen jurídico de las líneas regulares de cabotaje marítimo y de las navegaciones de interés público.

lunes, 25 de febrero de 2008

Novedades BOE 25-2-2008


-Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.
Nota: Véanse los arts. 33-3º (ley aplicable al arbitraje de consumo internacional) y 34-1º-a) (presentación solicitudes).

domingo, 24 de febrero de 2008

International Conference - Universität Bayreuth (April 2008)


"Intellectual Property and Private International Law"
International Conference
Universität Bayreuth, April 4 and 5, 2008

Traditionally, private international law and intellectual property law were both regarded as specialist matters with little overlap. The territoriality principle and the lex loci protectionis rule, although sometimes frowned upon by conflict of laws academics, seemed to provide a straightforward answer to all problems. This has changed dramatically: globalisation and the internet pose a challenge to all approaches based on territoriality. This conference, which is organised within the framework of the Bayreuth graduate school “Intellectual Property and the Public Domain”, brings together internationally renowned specialists from both fields of law. They will discuss both current topics and fundamental issues in the fields of choice of law and jurisdiction.

Más información
Programa
Inscripción en línea

sábado, 23 de febrero de 2008

Novedades TJCE


-Asunto C-291/05: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 11 de diciembre de 2007 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — Minister voor Vreemdelingenzaken en Integratie/R.N.G. Eind: Libre circulación de personas — Trabajadores — Derecho de residencia de un miembro de la familia que sea nacional de un Estado tercero — Regreso del trabajador al Estado miembro del que es nacional — Obligación del Estado miembro de origen del trabajador de conceder el derecho de residencia al miembro de la familia — Existencia de dicha obligación cuando el trabajador no ejerce ninguna actividad real y efectiva.
Nota: Interpretación del art. 10 del Reglamento (CEE) nº 1612/68 del Consejo, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la comunidad.
-Asunto C-341/05 : Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 18 de diciembre de 2007 (petición de decisión prejudicial planteada por el Arbetsdomstolen — Suecia) — Laval un PartneriLtd/Svenska Byggnadsarbetareförbundet, Svenska Byggnadsarbetareförbundets avd. 1, Byggettan, Svenska Elektrikerförbundet: Prestación transnacional de servicios — Directiva 96/71/CE — Desplazamiento de trabajadores en el sector de la construcción — Legislación nacional que fija las condiciones de trabajo y empleo relativas a las materias contempladas en el artículo 3, apartado 1, párrafo primero, letras a) a g), excepto las cuantías de salario mínimo — Convenio colectivo de la construcción cuyas cláusulas fijan condiciones más favorables o se refieren a otras materias — Posibilidad de las organizaciones sindicales de intentar obligar, mediante medidas de conflicto colectivo, a las empresas establecidas en otros Estados miembros a negociar caso por caso para determinar las cuantías de salario que deben abonarse a los trabajadores y a adherirse al convenio colectivo de la construcción.
Nota: Desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación transnacional de servicios. Directiva 96/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
-Asunto C-463/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 13 de diciembre de 2007 [petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichshof (Alemania)] — FBTO Schadeverzekeringen NV/Jack Odebreit: Reglamento (CE) no 44/2001 — Competencia en materia de seguros — Seguros de responsabilidad — Acción directa del perjudicado contra el asegurador — Regla de competencia del domicilio del demandante.
Fallo: "La remisión efectuada por el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) no 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, al artículo 9, apartado 1, letra b), del mismo Reglamento debe interpretarse en el sentido de que el perjudicado domiciliado en un Estado miembro puede entablar ante el tribunal del lugar de su domicilio una acción directa contra el asegurador, siempre que la acción directa sea posible y el asegurador esté domiciliado en un Estado miembro."
Más información: DOUE C51 (23-2-2008).

Nuevo Convenio de Lugano: errores en la versión oficial española


La versión española del nuevo texto del Convenio de Lugano, firmado el 30 de octubre de 2007, tiene dos errores de cierta entidad.
El primero se contiene en el art. 19, incluido en la Sección 5ª, relativa a la competencia en materia de contratos de trabajo. El texto publicado es el siguiente:
"Artículo 19
El trabajador domiciliado en un Estado vinculado por el presente Convenio podrá ser demandado:
1) ante los tribunales del Estado donde tuviere su domicilio, o
2) en otro Estado vinculado por el presente Convenio:
a) ante el tribunal del lugar en el que el trabajador desempeñare habitualmente su trabajo, o ante el tribunal del último lugar en que lo hubiere desempeñado, o
b) si el trabajador no desempeñare o no hubiere desempeñado habitualmente su trabajo en un único Estado, ante el tribunal del lugar en que estuviere o hubiere estado situado el establecimiento que hubiere empleado al trabajador."
El error radica en que el sujeto demandado en este precepto es "el trabajador", cuando debería ser "el empresario". No sólo es suficiente compararlo con el precepto equivalente del Reglamento 44/2001, sino que, además, esta redacción carece de sentido, pues el artículo 20 vuelve a situar al trabajador en la posición de demandado.
El segundo error se contiene en el art. 21, que tiene el siguiente tenor literal:
"Artículo 21
Únicamente prevalecerán sobre las disposiciones de la presente sección los acuerdos atributivos de competencia:
1) posteriores al nacimiento del litigio, o
2) que permitieren al consumidor formular demandas ante tribunales distintos de los indicados en la presente sección."
¿El "consumidor"? Obviamente debería decir "el empresario".
Examinadas las versiones oficiales en otros idiomas, se llega a la conclusión de que son errores de la versión española. Así, la versión alemana en el art. 19 utiliza el término "ein Arbeitgeber" (empresario) y en el art. 21 "Arbeitnehmer" (trabajador). La versión en lengua francesa se refiere a "l'employeur" y al "travailleur", respectivamente. La versión inglesa utiliza los términos "employer" (art. 19) y "employee" (art. 21). Finalmente, la italiana habla de "il datore di lavoro" y del "lavoratore", respectivamente.
Ya se han notificado los errores a la Comisión y se ha procedido a su verificación con los juristas-lingüistas.

viernes, 22 de febrero de 2008

Novedades bibliografía

-Revista de Derecho Procesal, núm. 1 (2007).

Novedades BOE 22-2-2008

-Resolución de 14 de febrero de 2008, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.
Nota: Para los convenios de DIPr. véanse las pp. 10402 y ss.
-Real Decreto 103/2008, de 1 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 225/2006, de 24 de febrero, por el que se regulan determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el registro de empresas de ventas a distancia.
Nota: El nuevo art. 10 del RD 225/2006 regula los procedimientos sancionadores a empresas extranjeras inscritas directamente en el Registro de ventas a distancia del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, teniendo en cuenta la competencia sancionadora de las Comunidades Autónomas en esta materia.
-Orden ITC/426/2008, de 13 de febrero, sobre régimen de control de importación de semillas de cáñamo no destinadas a la siembra.

miércoles, 20 de febrero de 2008

Novedades bibliografía


-Gaceta jurídica de la Unión Europea y de la competencia, núm. 250 (2007).
-Gaceta jurídica de la Unión Europea y de la competencia, núm. 1 (2008).

martes, 19 de febrero de 2008

Novedades extranjería TJCE


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Octava), de 14 de febrero de 2008, En el asunto C‑58/07 (Comisión/España): Incumplimiento de Estado – Directiva 2003/110/CE – Asistencia en casos de tránsito a efectos de repatriación o alejamiento por vía aérea – No adaptación en el plazo señalado.
Fallo: "El Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2003/110/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, sobre la asistencia en casos de tránsito a efectos de repatriación o alejamiento por vía aérea, al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para atenerse a dicha Directiva."

Novedades extranjería UE


-SISTEMA EUROPEO DE GESTIÓN DE FRONTERAS EXTERIORES
La Comisión Europea ha presentado su visión sobre el desarrollo del sistema de gestión de fronteras exteriores de la UE, en el que se incluyen medidas concretas sobre la Agencia europea FRONTEX, así como sobre el control efectivo de las fronteras marítimas; del mismo modo, reflexiona a largo plazo sobre la forma de registro de entrada y de salida de nacionales de terceros países ajenos a la UE. Asimismo, esta aproximación de la Comisión permitirá asegurar la integridad del espacio Schengen, simplificando a los nacionales de terceros países, en la medida de lo posible, el cruce de las fronteras exteriores de la UE.
-LA COMISIÓN EUROPEA APRUEBA EL QUINTO INFORME SOBRE LA CIUDADANÍA DE LA UNIÓN
La Comisión Europea ha aprobado su Quinto Informe sobre la Ciudadanía de la Unión Europea. El informe evalúa la aplicación de los derechos que el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea confiere a los ciudadanos de la Unión durante el período comprendido entre el 1 de mayo de 2004 y el 30 de junio de 2007.El informe se centra en la evolución experimentada durante el período por él cubierto en lo que atañe al núcleo fundamental de esos derechos, garantizados por los artículos 19 a 21 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en particular, el derecho a circular y residir libremente en la Unión Europea; el derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales y en las elecciones al Parlamento Europeo en el Estado miembro de residencia; el derecho a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares en terceros países; el derecho a formular peticiones al Parlamento Europeo y el derecho a dirigirse al Defensor del Pueblo. Además, el Informe hace un balance de los progresos realizados en los ámbitos más estrechamente relacionados con la ciudadanía en su sentido más amplio como, por ejemplo, la no discriminación por razón de la nacionalidad y la protección de los derechos fundamentales.
Ver texto del Informe: COM(2008)85 final

Novedades UE


-SEMINARIO SOBRE LITIGACIÓN EN DERECHO COMUNITARIO
ERA, la Academia de Derecho Europeo, propone un seminario sobre litigación en Derecho Comunitario; el evento tendrá lugar en su sede de Trèves (Alemania), durante los días 20, 21 y 22 de febrero. Se anima a participar a abogados nacionales de Estados miembros de la UE en ejercicio, abogados del Estado y jueces nacionales. El objetivo principal del seminario es asesorar a los participantes en los principios fundamentales del sistema judicial de la UE, así como en sus procedimientos judiciales y en la posible interacción entre jurisdicciones nacionales y europeas.
-AUDIENCIA PÚBLICA DEL COMITÉ DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL PE
El Comité de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo celebra el próximo 25 de febrero a las 15:00 horas, una audiencia pública, dentro de su período ordinario de reuniones previsto para los días 25 y 26 del mismo mes. Dicha audiencia pública abordará el tema de la transparencia de los inversores institucionales cuyo ponente es el eurodiputado alemán Klaus Heiner Lehne. Asimismo, en su sesión ordinaria dicho Comité abordará temas tales como la inmigración, el terrorismo o la protección a los consumidores europeos.
-PUBLICACIÓN DEL INFORME GENERAL ANUAL SOBRE LAS ACTIVIDADES DE LA UE EN 2007
La Comisión Europea ha presentado ante el Parlamento Europeo el informe general de actividades de la UE durante el pasado año 2007. Los mayores logros de 2007 fueron la firma del Tratado de Lisboa y de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, así como la ampliación de la UE a 27 Estados miembros, pasando por el compromiso común de adoptar objetivos efectivos para combatir el cambio climático y la respuesta al reto mundial de la globalización. Este informe de periodicidad anual resume el trabajo de todas las instituciones, órganos y agencias de la UE, y busca proporcionar una visión general de los hechos acaecidos durante el año inmediatamente anterior.
Fuente y más información: Consejo General de la Abogacía, Europa en Breve, núm. 7/08

Novedades bibliografía


-Anuario de derecho civil, vol. 60, núm. 3 (2007).

Novedades BOE 19-2-2008


Instrumento de ratificación del Convenio Internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos para combustible de los buques (BUNKERS 2001), hecho en Londres el 23 de marzo de 2001.
Nota: Véanse los arts. 9 (jurisdicción) y 10 (reconocimiento y ejecución). El Convenio entrará en vigor para España el 21-11-2008.

lunes, 18 de febrero de 2008

Jurisprudencia extranjería


Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia de 11 Dic. 2007. Reconocimiento a familia colombiana perseguida por las FARC de la condición de refugiado y otorgamiento del derecho de asilo.
Ponente: Yagüe Gil, Pedro José.
Nº de Recurso: 2759/2004
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
LA LEY 216990/2007
Fuente: Diario La Ley, Nº 6885, Sección Jurisprudencia, 18 Feb. 2008.

Novedades BOE 18-2-2008


-Resolución de 24 de octubre de 2007, de la Secretaría General Técnica, relativa al Acuerdo sobre transportes internacionales de Mercancías Peredecederas y sobre vehículos especiales utilizados en esos transportes (ATP), y sus Anejos hecho en Ginebra el 1 de septiembre de 1970 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de noviembre de 1976 y 26 de noviembre de 2004) con las modificaciones introducidas el 30 de abril de 2007.

domingo, 17 de febrero de 2008

Novedades bibliografía


-Revue suisse de droit international et the droit europeen - Schweizerische Zeitschrift fur internationales und europäisches Recht, vol. 17 (2007), núm. 3.
-Rivista di diritto internazionale, núm. 4 (2007).
-International legal materials, núm. 6 (2007).
Nota: Para visualizar el índice de la publicación, pulsar sobre el número.

UE: Consulta acerca del Libro verde sobre conflictos de leyes en materia de régimen matrimonial


La Comisión acaba de publicar, en su página web Red Judicial Europea en materia civil y mercantil, las respuestas a la consulta que ha realizado acerca del Libro verde sobre el conflicto de leyes en materia de régimen matrimonial, con especial referencia a las cuestiones de competencia jurisdiccional y reconocimiento mutuo [COM2006 (400) final], de 17 de julio de 2006.

Documentos:
-Resumen de las respuestas.
-Respuestas recibidas al Libro verde.

sábado, 16 de febrero de 2008

Novedades extranjería DOUE

-Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Política comunitaria de inmigración y de cooperación con los países de origen para favorecer el desarrollo».
-Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 1408/71, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad» COM(2007) 159 final — 2007/0054 (COD).

Novedades BOE 16-2-2008


-Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras.
NOTA: Véanse los arts. 1-1º, f) / 1-1º, j), iii) / 8 / 12-a) / 14-2º / 65-2º / 83 / 88-2º / 108-1º, e) / DF3ª 1º, b) / DF3ª 2º, c).
-Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre.
NOTA: Véanse los arts. 1-3º / 1-4º / 7-2º / 18 / 49 / 51-2º, b) / 54 / 55 / 56 / 65-3º.
-Real Decreto 230/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior.
-Orden SCO/362/2008, de 4 de febrero, por la que se modifica la Orden SCO/256/2007, de 5 de febrero, por la que se establecen los principios y las directrices detalladas de buena práctica clínica y los requisitos para autorizar la fabricación o importación de medicamentos en investigación de uso humano.

Novedades bibliográficas


-Archiv für die civilistische Praxis, número 6 (2007)
-Teoría y realidad constitucional, número 20 (2007) [ejemplar dedicado a los derechos fundamentales]
Nota: Para visualizar el índice de la publicación, pulsar sobre el número.

viernes, 15 de febrero de 2008

Jurisprudencia extranjería


Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1, Sentencia de 7 Dic. 2007, proc. 336/2007. Indebida inadmisión de solicitud de tarjeta de residente comunitario fundada en la aplicación del RD 240/2007
Ponente: Oliván del Cacho, José Javier.
Nº de Sentencia: 373/2007
Nº de Recurso: 336/2007
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
LA LEY 216567/2007
Fuente: Diario La Ley, Nº 6884, Sección Jurisprudencia, 15 Feb. 2008.

Novedades UE: Régimen de las sociedades de capital


Estudio sobre la posibilidad de sustituir el régimen vigente del capital social por otro alternativo semejante al norteamericano:
-Main Report: Feasibility study on an alternative to the capital maintenance regime established by the Second Company Law Directive 77/91/EEC of 13 December 1976 and an examination of the impact on profit distribution of the new EU-accounting regime.
-Commission: Results of the external study on the feasibility of an alternative to the Capital Maintenance Regime of the Second Company Law Directive and the impact of the adoption of IFRS on profit distribution.
Más información: ARBO

Novedades TJCE


-SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera), de 14 de febrero de 2008, en el asunto C‑274/06 (Comisión/España): Incumplimiento de Estado – Artículo 56 CE – Disposición nacional por la que se limitan los derechos de voto de los accionistas en las empresas del sector energético – Limitación aplicable a las entidades públicas.
Fallo: "El Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 56 CE al mantener en vigor medidas como las previstas en la Disposición Adicional vigésima séptima de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, en la redacción dada a la misma por el artículo 94 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, que limitan los derechos de voto correspondientes a las acciones poseídas por las entidades públicas en las empresas españolas que operen en el sector energético."
-SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera), de 14 de febrero de 2008, en el asunto C‑244/06 (Dynamic Medien/Avides Media): Libre circulación de mercancías – Artículo 28 CE – Medidas de efecto equivalente – Directiva 2000/31/CE – Normativa nacional que prohíbe la venta por correo de soportes gráficos que no hayan sido sometidos a control y clasificación a efectos de la protección de los menores por parte del organismo nacional competente y que no llevan la indicación, que emane de dicha autoridad, de la edad a partir de la que pueden verse dichos soportes gráficos – Soportes gráficos importados de otro Estado miembro que han sido sometidos a control y clasificación por parte del organismo competente de tal Estado y que llevan la indicación de un límite de edad – Justificación – Protección de los menores – Principio de proporcionalidad.
Fallo: "El artículo 28 CE no se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que prohíbe la venta y la entrega por correo de soportes gráficos que no hayan sido objeto, por una autoridad regional superior o por un organismo nacional de autorregulación voluntaria, de un control y de una clasificación a efectos de la protección de los menores y que no lleven una indicación, que emane de dicha autoridad o de dicho organismo, de la edad a partir de la que pueden verse, salvo que resulte que el procedimiento de control, clasificación y etiquetado de soportes gráficos establecido por dicha normativa no es fácilmente accesible o no puede concluirse dentro de un plazo razonable o bien que la decisión denegatoria no es recurrible judicialmente."

Novedades BOE 15-2-2008


Convenio entre el Reino de España y la República de Sudáfrica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y protocolo, hecho en Madrid el 23 de junio de 2006.

jueves, 14 de febrero de 2008

Jurisprudencia extranjería


-Sentencia TSJ de Madrid, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, de 6 de noviembre de 2007. Recurso de apelación núm. 675-2007. Problema de representación.
Fuente: Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Extranjería, Comunicación 10-2008.
Noticia facilitada por Marina Vargas (UNED).

Novedades bibliográficas


-Unión Europea Aranzadi, vol. 35, número 1 (2008).
Nota: Para visualizar el índice de la publicación, pulsar sobre el número.

Novedades BOE 14-2-2008


-Corrección de errores del Convenio de Cooperación en materia de adopción entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam, hecho en Hanoi el 5 de diciembre de 2007.
Disposición original: Aplicación provisional del Convenio de Cooperación en materia de adopción entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam, hecho en Hanoi el 5 de diciembre de 2007.
-Resolución de 22 de enero de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Javea, frente a la negativa del Registrador de la propiedad de Javea, a practicar una anotación preventiva de embargo.
Nota: Determinación del régimen económico matrimonial de dos extranjeros. La resolución carece de "fallo", debiéndose entender que se ha desestimado el recurso.
-Resolución de 24 de enero de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por el notario de Celanova don Ángel Manuel Rodríguez Dapena, contra la negativa del registrador de la propiedad de dicha población, a inscribir una escritura de donación.
Nota: Fundación extranjera (panameña). Prueba del Derecho extranjero.

Novedades extranjería BOE 14-2-2008


miércoles, 13 de febrero de 2008

Novedades bibliográficas


-Boletín de información del Ministerio de Justicia, núm. 2052 (2008)
-IPRax: Praxis des Internationalen Privat- und Verfahrens-rechts, núm. 1 (2008)
Nota: Para visualizar el índice de la publicación, pulsar sobre el número.

Novedades BOE 13-2-2008


-Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa sobre el reconocimiento de títulos y grados de la enseñanza superior, hecho «ad referendum» en Gerona el 16 de noviembre de 2006.
Corrección de errores: BOE n. 62, de 12-3-2008.
-Convenio entre el Reino de España y Malasia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, hecho en Madrid el 24 de mayo de 2006.
-Corrección de errores del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Disposición original: Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Conferencia de La Haya de DIPr.: documentos 21ª sesión


Extracto de la comunicación del Secretario General de la Conferencia de La Haya de DIPr, Sr. Hans van Loon, a las personas que participaron en la 21ª sesión de la Conferencia, celebrada en La Haya del 5 al 23 de noviembre de 2007:
"[...] Comme convenu lors de la Session, le Bureau Permanent a entrepris une révision des parties A et B (les textes de la Convention et du Protocole) à des fins linguistiques et techniques, qui est désormais achevée.
Outre les modifications relatives à des corrections linguistiques ou de forme (par exemple, les modifications relatives à l'ajout ou la suppression de virgules, l'harmonisation de l'utilisation de «et» et «ou»), un changement mérite d'être signalé explicitement: la définition de «personne vulnérable» à l'article 3 f) de la Convention a été amendée. Les termes «capacités physiques et mentales» ont en effet été remplacés par «facultés personnelles», cela afin d'aligner la définition à celle donnée à l'article 8 (3) du Protocole, qui à son tour, reprend la terminologie de la Convention sur les Adultes de 2000. L'autre différence entre l'article 3 f) de la Convention («n'est pas en état de pourvoir à ses besoins») et l'article 8(3) du Protocole («n'est pas en mesure de pourvoir à ses intérêts ») est délibérément maintenue. Ces mêmes observations sont valables pour le texte anglais équivalent.
Une copie certifiée conforme à l'Acte final définitif original, déposé aux archives du Bureau Permanent, sera envoyée par voie diplomatique à chaque gouvernement représenté lors de la Vingt et unième session, ainsi qu'à la Communauté européenne. Une version imprimée de l'Acte final vous sera également transmise une fois le processus d'impression achevé.
L'ensemble des documents préliminaires et les Procès-verbaux des discussions tenues en novembre 2007 sur la Convention sur le recouvrement international des aliments destinés aux enfants et à d'autres membres de la famille et le Protocole sur la loi applicable aux obligations alimentaires, ainsi que les travaux précédents relatifs au projet sur les Obligations alimentaires, seront reproduits dans les Actes et documents de la Vingt et unième session, qui viendront s'ajouter à la collection traditionnelle éditée par la Conférence.
La Convention et le Protocole sont tous deux ouverts à la signature et les instruments de ratification, acceptation, approbation ou adhésion peuvent être déposés auprès du Ministère des Affaires étrangères du Royaume des Pays-Bas, dépositaire des Conventions de La Haye. Comme vous le savez, les États-Unis d'Amérique sont devenus, le 23 novembre 2007, le premier État signataire de la Convention. La Convention entrera en vigueur trois mois après le dépôt du deuxième instrument de ratification, acceptation, approbation ou adhésion. La même règle s'applique au Protocole. Le Bureau Permanent espère que la nouvelle Convention et le nouveau Protocole recevront très bientôt l'approbation générale des autorités compétentes de ses Membres [...]."
Textos relacionados con la 21ª sesión:
-Convenio de 23 de noviembre de 2007 sobre el cobro internacional de alimentos con respecto a los niños y a otros miembros de la familia ("Convention du 23 novembre 2007 sur le recouvrement international des aliments destinés aux enfants et à d'autres membres de la famille")
-Protocolo de 23 de noviembre de 2007 sobre la ley aplicable a las obligaciones alimenticias ("Protocole du 23 novembre 2007 sur la loi applicable aux obligations alimentaires")
-Acta final de la 21ª sesión (documento provisional) y otros documentos relacionados con las obligaciones alimenticias.

Noticia facilitada por Alegría Borrás (U. de Barcelona)

Jurisprudencia TEDH


TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS: DENEGACIÓN DE ACCESO A TRIBUNALES POR NO PODER PAGAR LOS GASTOS DE TRAMITACIÓN
El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Beian c. Rumanía (n ° de demanda 41113/03). Los demandantes, Sr.y Sra. Beian, son de nacionalidad rumana, nacidos en 1932 y 1942 respectivamente y residentes en Sâncraiu de Mures (Rumanía). El motivo de su recurso ante el TEDH fue la imposibilidad de acceder a cobrar una cantidad debida por no poder pagar los gastos de tramitación ante los tribunales rumanos, ya que éstos reclamaban 330€ en sellos oficiales para ejecutar el proceso. Por todo ello decidieron acudir al TEDH alegando violación del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (derecho a un proceso judicial justo) y la del artículo 1 del Protocolo 1 del CEDH (derecho a la propiedad). El TEDH ha calificado la situación como injusta, puesto que la cantidad requerida por los tribunales suponía más del doble de los ingresos mensuales del matrimonio en ese momento, resultando éstos inferiores al salario medio en Rumanía. De la misma manera, el TEDH hace notar que los demandantes no tuvieron oportunidad de solicitar una exención de la tasa por gastos de tramitación debido a sus bajos ingresos, calificando, por lo tanto, el sistema judicial nacional rumano como insatisfactorio a este respecto. Por todo ello, por unanimidad, califican el asunto como violación del artículo 6.1 del CEDH, pero sin entrar a valorar la posible violación del artículo 1 del Protocolo 1, recompensando a los demandantes con una cantidad.
Fuente: Consejo General de la Abogacía, Europa en Breve, núm. 6/08

Novedades UE


-CONSULTA PÚBLICA- PROTECCIÓN LEGAL EN LOS SERVICIOS DE PAGO ELECTRÓNICOS
La Comisión Europea ha lanzado una consulta pública sobre los sistemas de acceso condicional, es decir, mediante pago electrónico o “pay per view”, servicios de videoclub, etcétera, de las plataformas de televisión digital existentes. Se trata de asegurar que este tipo de servicios sea plenamente eficaz y seguro, y por eso se pide a todos los agentes interesados que proporcionen informaciones al respecto. Esta consulta tiene lugar después de un estudio sobre el impacto de la Directiva relativa a los Servicios de Acceso Condicional; las informaciones recibidas y las recogidas a través del estudio permitirán redactar un Segundo informe sobre la aplicación de la mencionada Directiva. Su plazo finaliza el 04.04.2008.
-CONFERENCIA SOBRE GOBERNANZA ELECTRÓNICA
La Presidencia Eslovena de la UE organiza, junto con la Comisión Europea, una conferencia de 3 días de duración en Brdo (Eslovenia) sobre la importancia del dominio de internet en los Gobiernos actuales. La primera cita, el 11 de febrero, versará sobre la “Alianza con los Usuarios”, de acuerdo a las prioridades presentadas por la presidencia eslovena; la segunda cita, los días 12 y 13 de febrero, será organizada por el IDABC, el Servicio Técnico de la Comisión Europea para facilitar la interoperabilidad entre los distintos niveles de la Administración Pública y de éstos con los ciudadanos.
-IV ENCUENTRO INTERPARLAMENTARIO SOBRE LA ESTRATEGIA DE LISBOA
Los días 11 y 12 de febrero diputados de diversos parlamentos nacionales se reunirán con miembros de la Eurocámara en Bruselas para debatir los progresos y objetivos de la estrategia de Lisboa. El encuentro, organizado conjuntamente por el PE y el parlamento esloveno, tiene como objetivo analizar la situación del mercado interior europeo, poniendo especial énfasis en el empleo, la investigación y el desarrollo. Se tratarán los siguientes temas: 1) Estrategias y mercado interior: I+D como respuesta a la globalización; 2) Capital humano y mercado laboral; 3) Estrategia de Lisboa y análisis de los progresos conseguidos. Los tres primeros encuentros, que se produjeron en 2004, 2005, y 2007, sirvieron para relanzar el debate sobre la estrategia de Lisboa. Esta vez se pretende implicar a los parlamentos nacionales en el debate europeo. Su compromiso es esencial para alcanzar los objetivos definidos en Lisboa, ya que políticas que promuevan el crecimiento económico, el desarrollo sostenible y la protección social requieren medidas a nivel nacional. El encuentro interparlamentario servirá de precedente a dos eventos relacionados: el debate sobre la estrategia de Lisboa, que tendrá lugar el próximo 20 de febrero en Estrasburgo; y el Consejo Europeo, que se celebrará los días 13 y 14 de marzo y en el que se lanzará un segundo ciclo.
Fuente y más información: Consejo General de la Abogacía, Europa en Breve, núm. 6/08

martes, 12 de febrero de 2008

Novedades extranjería BOE 12-2-2008


Entrada en vigor del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Colombia sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones diplomáticas y Oficinas consulares, hecho en Madrid el 21 de junio de 2007.

lunes, 11 de febrero de 2008

Noticia: una española nueva Secretaria del Bureau Permanent de la Conferencia de La Haya de DIPr.


Le Bureau Permanent de la Conférence de La Haye de droit international privé présente ses compliments aux Missions diplomatiques des États membres et aux Organes nationaux et de liaison des Membres, et a l'honneur de leur faire connaître que, suite à la vacance d'un poste de fonctionnaire au Bureau Permanent, annoncée par lettres circulaires datées du 16 mai 2007 (L.c. A. No 5(07) et L.c. ON No 20(07)), et à l'appel à candidatures diffusé par lettre circulaire datée du 25 mai 2007 (L.c. ON No 21 (07)), conformément à l'article 5 du Statut de la Conférence de La Haye, le Ministre des Affaires étrangères du Royaume des Pays-Bas a, sur présentation de la Commission d'État, nommé Mme Marta Pertegás.
Mme Pertegás est de nationalité espagnole. Sa nomination a pris effet au premier février 2008. Mme Pertegás exercera les fonctions de Secrétaire au Bureau Permanent.
Le Bureau Permanent est actuellement composé des juristes-diplomates suivants, nommés au titre de l'article 5 du Statut :
-M. Hans van Loon, Secrétaire général (néerlandais) ;
-M. William Duncan, Secrétaire général adjoint (britannique et irlandais) ;
-M. Christophe Bernasconi, Premier Secrétaire, premier en rang (suisse) ;
-M. Philippe Lortie, Premier Secrétaire (canadien) ;
-Mme Marta Pertegás, Secrétaire (espagnole).
LA HAYE, le 8 février 2008

sábado, 9 de febrero de 2008

Novedades TJCE


-Asunto C-533/07: Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof (Austria) el 29 de noviembre de 2007 — Falco Privatstiftung y Thomas Rabitsch/Gisela Weller-Lindhorst.
NOTA: Cuestión prejudicial referida al artículo 5, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 44/2001 (Reglamento Bruselas I).
-Asunto C-540/07: Recurso interpuesto el 30 de noviembre de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Italiana.
NOTA: Incumplimiento de los art. 56 TCE y 40 Acuerdo EEE en materia de libre circulación de capitales.
Más información: DOUE C37 (9-2-2008).

Novedades BOE 9-2-2008


-Real Decreto 158/2008, de 8 de febrero, de reforma del Real Decreto 685/2005, de 10 de junio, sobre publicidad de resoluciones concursales y por el que se modifica el Reglamento del Registro Mercantil aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, en materia de publicidad registral de las resoluciones concursales, y por el que se modifica el Reglamento del Registro Mercantil para la mejora de la información del registro mercantil central.
COMENTARIO: Véase el artículo segundo (modificación del RRM), apartados 4 (art. 386-5 RRM), 6 (art. 387-2-8º), 8 (art. 388-3), 9 (art. 389) y 12 (art. 421-1).

viernes, 8 de febrero de 2008

Documentos COM


COM(2008) 38 final: COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN relativa a la creación de un Foro de reflexión sobre las medidas y prácticas de la UE en el ámbito de la justicia.

Novedades BOE 8-2-2008


-Resolución de 31 de enero de 2008, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 25 de enero de 2008, por el que se aprueba el Acuerdo de 3 de diciembre de 2007, de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre condiciones de trabajo del personal laboral en el exterior.
COMENTARIO: Consultar la Sentencia del Tribunal de Justicia de 30 de abril de 1996, asunto C-214/94 (Boukhalfa): Nacional de un Estado miembro establecido en un Estado tercero - Empleo, en calidad de agente local, en la Embajada de otro Estado miembro en dicho Estado tercero - Trato diferente en relación con los agentes locales nacionales del Estado miembro del que depende la representación exterior - Aplicabilidad del Derecho comunitario - No discriminación por razón de la nacionalidad.
Fallo del TJCE: La prohibición de discriminación por razón de la nacionalidad, establecida en el apartado 2 del artículo 48 del Tratado CE y en los apartados 1 y 4 del artículo 7 del Reglamento (CEE) nº 1612/68 del Consejo, de 15 de octubre de 1968, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Comunidad, se aplica al nacional de un Estado miembro que tiene su residencia permanente en un país tercero, que está empleado por otro Estado miembro en su Embajada en dicho país tercero y cuyo contrato de trabajo se celebró y viene cumpliéndose en él de modo permanente, y ello en relación con todos los aspectos de la relación laboral regidos por la legislación de ese Estado miembro empleador.


jueves, 7 de febrero de 2008

Novedades BOE: 5, 6 y 7 febrero


-DECLARACIÓN de aceptación por España de la adhesión de Ucrania al Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980.

-Resolución de 22 de enero de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por «CarCar Marketing, S. L.», contra la negativa del registrador mercantil de Palma de Mallorca, a inscribir una escritura de constitución de una sociedad anónima europea.

-DECLARACIÓN de aceptación por España de la adhesión de la República de San Marino al Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980.

-CONVENIO sobre traslado de personas condenadas entre el Reino de España y la República del Yemen, hecho en Madrid el 18 de octubre de 2007.

-Corrección de erratas de la Resolución de 17 de enero de 2008, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2008 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
DISPOSICION ORIGINAL: Resolución de 17 de enero de 2008, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal, que resultarán de aplicar durante 2008, el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.