-Anuario de Derecho Internacional, núm. 23 (2007).
martes, 4 de marzo de 2008
lunes, 3 de marzo de 2008
Novedades BOE 3-3-2008
-Instrumento de ratificación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Colombia, hecho en Bogotá el 6 de septiembre de 2005.
-Real Decreto 322/2008, de 29 de febrero, sobre el régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico.
-Real Decreto 322/2008, de 29 de febrero, sobre el régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico.
Nota: Véanse el art. 5 (autorización de entidades de dinero electrónico bajo control extranjero) y el art. 6.1.f), párrafo cuarto (requisitos para ejercer la actividad de entidad de dinero electrónico).[BOE n. 54, 3-3-2008]
domingo, 2 de marzo de 2008
Novedades TJCE
CONCLUSIONES DE LA ABOGADO GENERAL SRA. JULIANE KOKOTT, presentadas el 28 de febrero de 2008, en el Asunto C‑164/07 (James Wood): Discriminación por razón de la nacionalidad – Artículo 12 CE, párrafo primero – Ciudadanía de la Unión – Indemnización a las víctimas de delitos cometidos en el extranjero – Normativa nacional que concede tal indemnización de víctimas únicamente a sus propios nacionales.
NOTA: Cuestión planteada por el tribunal de remisión: «A la vista del principio general de no discriminación por razón de la nacionalidad, consagrado en el artículo [12 CE], ¿es compatible con el Derecho comunitario el artículo 706-3 del Código de Procedimiento Penal francés, según el cual un ciudadano de la Comunidad Europea, residente en Francia, cuyo hijo, de nacionalidad francesa, ha fallecido en un accidente fuera del territorio nacional, no tiene derecho, únicamente por razón de su nacionalidad, a la indemnización que concede el Fonds de Garantie?»
sábado, 1 de marzo de 2008
Novedades DOUE
-Reglamento (CE) no 189/2008 del Consejo, de 18 de febrero de 2008, sobre los ensayos del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II).
-Decisión del Consejo, de 18 de febrero de 2008, relativa a los ensayos del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II).
-Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 5, apartado 3, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) [DO C 247 de 13.10.2006, p. 19, DO C 153 de 6.7.2007, p. 22, DO C 182 de 4.8.2007, p. 18].
[DOUE, C57, 1-3-2008]
-Actualización de la lista de permisos de residencia mencionados en el artículo 2, apartado 15, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) [DO C 247 de 13.10.2006, p. 1, DO C 153 de 6.7.2007, p. 5, DO C 192 de 18.8.2007, p. 11, DO C 271 de 14.11.2007, p. 14].
Novedades BOE 1-3-2008
Resolución de 25 de febrero de 2008, conjunta de la Dirección General de Emigración y de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se regula el procedimiento para acceder a la asistencia sanitaria para españoles de origen retornados y para pensionistas y trabajadores por cuenta ajena españoles de origen residentes en el exterior que se desplacen temporalmente al territorio nacional.
[BOE , n. 53, 1-3-2008]
[BOE , n. 53, 1-3-2008]
viernes, 29 de febrero de 2008
Bibliografía
Competencia judicial internacional en materia de daños extracontractuales y de acción directa contra el asegurador de responsabilidad civil (Notas a la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 13 de diciembre de 2007).
Por L. Fernando Reglero Campos. Catedrático de Derecho Civil (UCLM). Consultor académico de Pérez-Llorca.
Diario La Ley, Nº 6894, Sección Doctrina, 29 Feb. 2008.
Por L. Fernando Reglero Campos. Catedrático de Derecho Civil (UCLM). Consultor académico de Pérez-Llorca.
Diario La Ley, Nº 6894, Sección Doctrina, 29 Feb. 2008.
Novedades BOE 29-2-2008
Real Decreto 160/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan las exenciones fiscales relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado y se establece el procedimiento para su aplicación.
[BOE n. 52, 29-2-2008]
[BOE n. 52, 29-2-2008]
jueves, 28 de febrero de 2008
Documentos COM
COM(2008) 101 final (Bruselas 22-2-2008): Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de […] por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 562/2006 en lo relativo al Sistema de Información de Visados (VIS) en el marco del Código de fronteras Schengen (presentada por la Comisión).
Jurisprudencia extranjería
Audiencia Provincial de Guipúzcoa, Sección 3ª, Sentencia de 18 Dic. 2007, rec. 3310/2007. Improcedencia de la modificación de la fecha de nacimiento que figura en el pasaporte de un extranjero con base en una prueba médica realizada en el ámbito del Juzgado de Menores.
Ponente: Moreno Galindo, Ana.
Nº de Recurso: 3310/2007
Jurisdicción: CIVIL
LA LEY 240495/2007
Fuente: Diario La Ley, Nº 6893, Sección La Sentencia, 28 Feb. 2008
Novedades DOUE
Documentos COM distintos de las propuestas legislativas adoptadas por la Comisión.
Nota: Cabe destacar los siguientes documentos:
-Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo sobre la aplicación del Reglamento (CE) no 1206/2001 del Consejo, de 28 de mayo de 2001, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil.
-Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la aplicación de la Directiva 2003/9/CE, de 27 de enero de 2003, por la que se aprueban normas mínimas para la acogida de los solicitantes de asilo.
miércoles, 27 de febrero de 2008
Novedades DOUE
[DOUE, C54, 27-2-2008]
Iniciativa de la República de Austria, del Reino de Bélgica, la República Checa, la República Eslovaca, la República Eslovena, el Reino de España, la República de Estonia, la República Italiana, la República Francesa, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de los Países Bajos, la República de Polonia, la República Portuguesa y el Reino de Suecia, con vistas a la adopción de una Decisión del Consejo, de …, sobre la Red Judicial Europea.
Novedades extranjería DOUE
-Decisión del Consejo, de 28 de enero de 2008, relativa a la celebración, en nombre de la Comunidad Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen.
-Decisión del Consejo, de 28 de enero de 2008, relativa a la celebración, en nombre de la Comunidad Europea, del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo a los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable de examinar las peticiones de asilo presentadas en un Estado miembro o en Suiza.
-Decisión del Consejo de 28 de enero de 2008 relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen.
-Decisión del Consejo, de 28 de enero de 2008, relativa a la celebración, en nombre de la Comunidad Europea, del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo a los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable de examinar las peticiones de asilo presentadas en un Estado miembro o en Suiza.
Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre los criterios y mecanismos para determinar el Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en un Estado miembro o en Suiza.-Información relativa a la entrada en vigor del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen, así como del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en un Estado miembro o en Suiza.
-Decisión del Consejo de 28 de enero de 2008 relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen.
Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen.
Novedades BOE 27-2-2008
Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la Competencia.
Nota: Véanse los arts. 7-3º, 8-1º, 15, 38-2º, 39-5º, 45-5º, 48, 60-5º y 64.
Novedades UE
-CONFERENCIA SOBRE EL FUTURO DEL DERECHO EUROPEO CONTRACTUAL: ERA, la Academia de Derecho Europeo, organiza los próximos días 6 y 7 de marzo un seminario sobre el futuro del Derecho Europeo Contractual, dentro de la discusión acerca del proyecto sobre un Marco Común de Referencia. El seminario tendrá lugar en su sede de Tréveris (Alemania), e irá dirigido a profesionales del Derecho Contractual, abogados en ejercicio, grupos de interés, juristas de Ministerios de Estados miembros e investigadores interesados en la materia.
-NUEVA DIRECTIVA SOBRE EL LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS: La realización del mercado interior, la globalización, la desregulación y la innovación tecnológica han contribuido, conjuntamente, a modificar de manera muy sustancial el volumen y el perfil del comercio de servicios. Es cada vez mayor el número de servicios que pueden prestarse a distancia. Para atender a tal circunstancia, se han venido tomando desde hace años medidas específicas, y en la actualidad numerosos servicios concretos se gravan, de hecho, con arreglo al principio del país de destino. El correcto funcionamiento del mercado interior exige una modificación de las normas de la Directiva 112/2006/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que respecta al lugar de prestación de servicios, en consonancia con la estrategia de la Comisión orientada a la modernización y simplificación del funcionamiento del régimen común del IVA. En todas las prestaciones de servicios, el lugar de imposición debe ser, en principio, aquel donde se realiza efectivamente el consumo. Si se modificase en este sentido la norma general de determinación del lugar de la prestación de servicios, seguirían siendo necesarias determinadas excepciones a dicha regla, por motivos tanto de índole administrativa como política.
-NUEVA DIRECTIVA SOBRE EL LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS: La realización del mercado interior, la globalización, la desregulación y la innovación tecnológica han contribuido, conjuntamente, a modificar de manera muy sustancial el volumen y el perfil del comercio de servicios. Es cada vez mayor el número de servicios que pueden prestarse a distancia. Para atender a tal circunstancia, se han venido tomando desde hace años medidas específicas, y en la actualidad numerosos servicios concretos se gravan, de hecho, con arreglo al principio del país de destino. El correcto funcionamiento del mercado interior exige una modificación de las normas de la Directiva 112/2006/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que respecta al lugar de prestación de servicios, en consonancia con la estrategia de la Comisión orientada a la modernización y simplificación del funcionamiento del régimen común del IVA. En todas las prestaciones de servicios, el lugar de imposición debe ser, en principio, aquel donde se realiza efectivamente el consumo. Si se modificase en este sentido la norma general de determinación del lugar de la prestación de servicios, seguirían siendo necesarias determinadas excepciones a dicha regla, por motivos tanto de índole administrativa como política.
martes, 26 de febrero de 2008
Novedades DOUE
Iniciativa de la República de Eslovenia, la República Francesa, la República Checa, el Reino de Suecia, la República Eslovaca, el Reino Unido y la República Federal de Alemania con vistas a la adopción de una Decisión marco 2008/…/JAI del Consejo, relativa a la ejecución de resoluciones dictadas en rebeldía y por la que se modifican la Decisión marco 2002/584/JAI, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, la Decisión marco 2005/214/JAI, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sanciones pecuniarias, la Decisión marco 2006/783/JAI, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones de decomiso, y la Decisión marco 2008/…/JAI, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sentencias en materia penal por las que se imponen penas de prisión o medidas de privación de libertad a efectos de su cumplimiento en la Unión Europea.
Novedades BOE 26-2-2008
-Orden EHA/451/2008, de 20 de febrero, por la que se regula la composición del número de identificación fiscal de las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.
Nota: Véanse fundamentalmente los arts. 4 (Clave de entidad extranjera) y 5 (Clave de establecimiento permanente de una entidad no residente en España).
-Corrección de errores del Real Decreto 1516/2007, de 16 de noviembre, por el que se determina el régimen jurídico de las líneas regulares de cabotaje marítimo y de las navegaciones de interés público.
Disposición original: Real Decreto 1516/2007, de 16 de noviembre, por el que se determina el régimen jurídico de las líneas regulares de cabotaje marítimo y de las navegaciones de interés público.
lunes, 25 de febrero de 2008
Novedades BOE 25-2-2008
-Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.
Nota: Véanse los arts. 33-3º (ley aplicable al arbitraje de consumo internacional) y 34-1º-a) (presentación solicitudes).
domingo, 24 de febrero de 2008
International Conference - Universität Bayreuth (April 2008)
"Intellectual Property and Private International Law"
International Conference
Universität Bayreuth, April 4 and 5, 2008
Universität Bayreuth, April 4 and 5, 2008
Traditionally, private international law and intellectual property law were both regarded as specialist matters with little overlap. The territoriality principle and the lex loci protectionis rule, although sometimes frowned upon by conflict of laws academics, seemed to provide a straightforward answer to all problems. This has changed dramatically: globalisation and the internet pose a challenge to all approaches based on territoriality. This conference, which is organised within the framework of the Bayreuth graduate school “Intellectual Property and the Public Domain”, brings together internationally renowned specialists from both fields of law. They will discuss both current topics and fundamental issues in the fields of choice of law and jurisdiction.
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sábado, 23 de febrero de 2008
Novedades TJCE
-Asunto C-291/05: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 11 de diciembre de 2007 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — Minister voor Vreemdelingenzaken en Integratie/R.N.G. Eind: Libre circulación de personas — Trabajadores — Derecho de residencia de un miembro de la familia que sea nacional de un Estado tercero — Regreso del trabajador al Estado miembro del que es nacional — Obligación del Estado miembro de origen del trabajador de conceder el derecho de residencia al miembro de la familia — Existencia de dicha obligación cuando el trabajador no ejerce ninguna actividad real y efectiva.
Nota: Interpretación del art. 10 del Reglamento (CEE) nº 1612/68 del Consejo, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la comunidad.-Asunto C-341/05 : Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 18 de diciembre de 2007 (petición de decisión prejudicial planteada por el Arbetsdomstolen — Suecia) — Laval un PartneriLtd/Svenska Byggnadsarbetareförbundet, Svenska Byggnadsarbetareförbundets avd. 1, Byggettan, Svenska Elektrikerförbundet: Prestación transnacional de servicios — Directiva 96/71/CE — Desplazamiento de trabajadores en el sector de la construcción — Legislación nacional que fija las condiciones de trabajo y empleo relativas a las materias contempladas en el artículo 3, apartado 1, párrafo primero, letras a) a g), excepto las cuantías de salario mínimo — Convenio colectivo de la construcción cuyas cláusulas fijan condiciones más favorables o se refieren a otras materias — Posibilidad de las organizaciones sindicales de intentar obligar, mediante medidas de conflicto colectivo, a las empresas establecidas en otros Estados miembros a negociar caso por caso para determinar las cuantías de salario que deben abonarse a los trabajadores y a adherirse al convenio colectivo de la construcción.
Nota: Desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación transnacional de servicios. Directiva 96/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.-Asunto C-463/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 13 de diciembre de 2007 [petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichshof (Alemania)] — FBTO Schadeverzekeringen NV/Jack Odebreit: Reglamento (CE) no 44/2001 — Competencia en materia de seguros — Seguros de responsabilidad — Acción directa del perjudicado contra el asegurador — Regla de competencia del domicilio del demandante.
Fallo: "La remisión efectuada por el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) no 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, al artículo 9, apartado 1, letra b), del mismo Reglamento debe interpretarse en el sentido de que el perjudicado domiciliado en un Estado miembro puede entablar ante el tribunal del lugar de su domicilio una acción directa contra el asegurador, siempre que la acción directa sea posible y el asegurador esté domiciliado en un Estado miembro."Más información: DOUE C51 (23-2-2008).
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