lunes, 13 de julio de 2026

Bibliografía - Ejecución de laudos contra Estados

 

- Ejecución de laudos contra Estados: el caso Blasket, España y los límites de la inmunidad soberana
Rosario Bustillo, Asociada en Kepler-Karst Law Firm, Abogada; Marcos D’Alessandro, Asociado en Kepler-Karst Law Firm, Abogado
Diario LA LEY, Nº 10982, Sección Tribuna, 13 de Julio de 2026
[Texto del trabajo]

El artículo analiza la ejecución de laudos arbitrales contra Estados a partir del caso Blasket contra España. Pone el foco en examinar si determinados pagos o derechos de cobro vinculados a la Selección Española de fútbol podrían ser utilizados para satisfacer una condena arbitral contra el Estado español. Para responder a esto, distingue entre dos aspectos clave: la atribución del activo al Estado y su eventual carácter comercial. El caso deja en evidencia que, en materia de inmunidad soberana, la batalla no se agota con la obtención de un laudo favorable, sino que continúa en la etapa de ejecución, donde comienza una ardua tarea de identificación de activos concretos y de acreditación de su titularidad, control y finalidad como única manera de superar la protección estatal.

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


SENTENCIAS

- Asunto C-877/24, Shamsi: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 13 de mayo de 2026 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State – Países Bajos) – X, Y / Minister van Asiel en Migratie, anteriormente Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid (Procedimiento prejudicial – Espacio de libertad, seguridad y justicia – Normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular – Directiva 2008/115/CE – Artículos 6, 8 y 9 – Nacionales de terceros países en situación irregular que cumplen una condena de larga duración o de cadena perpetua – Posibilidad de adoptar una decisión de retorno – Garantías procedimentales) [DO C, C/2026/3499, 13.7.2026]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 13.5.2026.

- Asunto C-286/25, BRANDL: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 13 de mayo de 2026 (petición de decisión prejudicial planteada por el Győri Törvényszék – Hungría) – BRANDL Mezőgazdasági, Kereskedelmi és Szolgáltató Kft. / Agrárminisztérium (Procedimiento prejudicial – Responsabilidad de un Estado miembro en caso de incumplimiento del Derecho de la Unión – Supresión ex lege de derechos de usufructo sobre bienes inmuebles contraria al artículo 63 TFUE y al artículo 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea – Restablecimiento de tales derechos a raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea – Reparación del perjuicio – Normativa nacional que establece una compensación económica calculada únicamente sobre la base del valor de mercado de esos bienes en el momento de la cancelación registral de los derechos de usufructo – Exigencia de reparación adecuada del perjuicio – Lucro cesante) [DO C, C/2026/3502, 13.7.2026]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 13.5.2026.


DOUE de 13.7.2026


- Decisión (UE) 2026/1701 de la Comisión, de 10 de julio de 2026, por la que se confirma la participación de Hungría en la cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea
[DO L, 2026/1701, 13.7.2026]

Nota: En abril de 2017, Alemania, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Lituania, Luxemburgo, Portugal, República Checa y Rumanía comunicaron al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión que deseaban establecer una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea. Además, Letonia, Estonia, Austria e Italia manifestaron su deseo de participar en el establecimiento de dicha cooperación reforzada.
Posteriormente, se ha confirmado la participación de los Países Bajos, Malta, Polonia y Suecia en la cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea.
El 29 de mayo de 2026, Hungría notificó a la Comisión su intención de participar en la cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea. En la carta mediante la cual notificó a la Comisión su intención de adherirse a la cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea, a fin de demostrar su compromiso de proteger los intereses financieros de la Unión, Hungría solicitó que el Reglamento (UE) 2017/1939 se aplicara en Hungría desde el 1 de junio de 2021, fecha en la que la Fiscalía Europea asumió sus funciones de investigación y ejercicio de la acción penal. Como ha enfatizado el Tribunal de Justicia en su jurisprudencia, si bien, en general, el principio de seguridad jurídica se opone a que el punto de partida de la aplicación temporal de un acto de la Unión se fije en una fecha anterior a la de su publicación, puede ocurrir de otro modo, con carácter excepcional, siempre que lo exija un fin de interés general y se respete debidamente la confianza legítima de los interesados.
La protección eficaz de los intereses financieros de la Unión contemplada en el artículo 325 del TFUE y la intensificación de la lucha contra los delitos que perjudiquen a los intereses financieros de la Unión, que es el objetivo principal del Reglamento (UE) 2017/1939, se logran mejor si el Reglamento (UE) 2017/1939 resulta de aplicación en Hungría desde el 1 de junio de 2021, sobre todo si se tiene en cuenta que el Consejo ya ha adoptado medidas con arreglo al Reglamento (UE, Euratom) 2020/2092 del Parlamento Europeo y del Consejo, debido a la existencia de graves riesgos para el presupuesto de la Unión derivados de la vulneración de los principios del Estado de Derecho en Hungría.

Mediante el presente acto se establece que el Reglamento (UE) 2017/1939 (véase la entrada de este blog del día 31.10.2017)será de aplicación en Hungría respecto de todo delito que competa a la Fiscalía Europea y se haya cometido después del 1 de junio de 2021. Los artículos 24 a 27 y 31 del Reglamento (UE) 2017/1939 serán de aplicación en Hungría a partir del vigésimo día del nombramiento del fiscal europeo de Hungría de conformidad con el artículo 16 de dicho Reglamento. Asimismo, y con el fin de garantizar el ejercicio efectivo del derecho de avocación de conformidad con el artículo 27 del Reglamento (UE) 2017/1939, la Fiscalía Europea y las autoridades competentes de Hungría podrán acordar modalidades específicas para las notificaciones con arreglo al artículo 24.2 del Reglamento (UE) 2017/1939, en lo que respecta a los delitos cometidos antes de la entrada en vigor de la presente Decisión.

Véase la última referencia de esta entrada. 

- Corrección de errores del Reglamento (UE) 2023/1543 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2023, sobre las órdenes europeas de producción y las órdenes europeas de conservación a efectos de prueba electrónica en procesos penales y de ejecución de penas privativas de libertad a raíz de procesos penales (DO L 191 de 28.7.2023)
[DO L, 2026/90580, 13.7.2026]

Nota: Véase el Reglamento (UE) 2023/1543, así como la entrada de este blog del día 28.7.2023.

- COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN acerca de los efectos de la Decisión (UE) 2026/1701 de la Comisión sobre el Reglamento (UE) 2017/1939, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea, que deja de ser un acto adoptado en el marco de una cooperación reforzada y pasa a formar parte del acervo
[DO C, C/2026/3792, 13.7.2026]

Nota: El 2 de agosto de 2026, al producirse la entrada en vigor de la Decisión (UE) 2026/1701 de la Comisión (véase la primera referencia de esta entrada), por la que se confirma la participación de Hungría en la cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea, los únicos Estados miembros que no participan en la cooperación reforzada establecida por el Reglamento (UE) 2017/1939 son Irlanda y Dinamarca, los cuales, de conformidad con los Protocolos n.o 21 y n.o 22 de los Tratados, respectivamente, no participan en las medidas adoptadas en virtud del título V de la parte tercera del TFUE. 
En consecuencia, el Reglamento (UE) 2017/1939 y todos los actos de ejecución conexos dejan de ser actos adoptados en el marco de una cooperación reforzada. En vista de ello, el artículo 20.4, segunda frase, del TUE ya no se aplica a dichos actos. Por consiguiente, el Reglamento (UE) 2017/1939 y todos los actos de ejecución conexos pasan automáticamente a formar parte del acervo que deben aceptar los Estados candidatos a la adhesión a la Unión. De acuerdo con los Protocolos n. 21 y n. 22 de los Tratados, respectivamente, Irlanda y Dinamarca no están vinculadas por el Reglamento (UE) 2017/1939 y todos los actos de ejecución conexos ni están sujetas a su aplicación, sin perjuicio de la posibilidad de que Irlanda notifique su intención contraria, según se contempla en el artículo 4 del Protocolo n. 21.


BOE de 13.7.2026


- Orden EFD/711/2026, de 1 de julio, por la que se corrigen errores en la Orden EFD/481/2026, de 6 de mayo, por la que se fijan los precios públicos por la prestación del servicio de enseñanza en los centros docentes de titularidad del Estado español en el extranjero, durante el curso 2026-2027.

Nota: Véase la Orden EFD/481/2026, de 6 de mayo, así como la entrada de este blog del día 16.5.2026.

[BOE n. 169, de 13.7.2026]

 

viernes, 10 de julio de 2026

DOUE de 10.7.2026


- Actualización de la lista de los permisos de residencia a que se refiere el artículo 2, punto 16, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de Fronteras Schengen)
[DO C, C/2026/3745, 10.7.2026]

Nota: Véase el Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016.


jueves, 9 de julio de 2026

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (9.7.2026)


- SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Séptima) de 9 de julio de 2026, en el asunto C‑768/24 (Hortis): Procedimiento prejudicial — Convenio sobre la Ley Aplicable a las Obligaciones Contractuales — Artículo 3 — Elección de las partes — Artículo 6 — Contrato de trabajo — Disposiciones imperativas de la ley que sería aplicable a falta de elección — Determinación de dicha ley — Vínculos más estrechos del contrato de trabajo con otro país — Criterios de apreciación — Vínculos más estrechos resultantes, en la ejecución de un contrato de trabajo, de la elección, por las partes, de la ley aplicable al contrato.

Fallo del Tribunal:
"1) El artículo 6, apartado 2, in fine, del Convenio sobre la Ley Aplicable a las Obligaciones Contractuales, abierto a la firma en Roma el 19 de junio de 1980,
debe interpretarse en el sentido de que,
cuando las partes eligen la ley aplicable al contrato de trabajo, el juez nacional debe hacer prevalecer dicha ley excluyendo las disposiciones imperativas, más protectoras, derivadas de la ley cuya aplicación solicita el trabajador y que, a falta de elección, sería aplicable en virtud del citado artículo 6, apartado 2, letras a) y b), en el supuesto de que, a la vista del conjunto de circunstancias, ese contrato de trabajo presente vínculos más estrechos con el país cuya ley haya sido elegida por las partes como ley aplicable al contrato.
2) El artículo 6, apartado 2, in fine, del Convenio sobre la Ley Aplicable a las Obligaciones Contractuales, abierto a la firma en Roma el 19 de junio de 1980,
debe interpretarse en el sentido de que,
para determinar si un contrato de trabajo presenta vínculos más estrechos con un país distinto del contemplado en dicho artículo 6, apartado 2, letras a) y b), el juez nacional está obligado, en el marco de una apreciación global, a tomar en consideración el conjunto de los elementos objetivos que caracterizan la relación laboral de que se trate, incluidos aquellos que resulten, en la ejecución de ese contrato, de la elección, por las partes, de la ley aplicable al contrato. En el marco de esta apreciación global, corresponde al referido juez llevar a cabo una ponderación adecuada de los elementos indicados."

- CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. JEAN RICHARD DE LA TOUR, presentadas el 9 de julio de 2026, en el asunto C‑279/25 (Land Baden-Württemberg): [Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo, Alemania)] Procedimiento prejudicial — Ciudadanía de la Unión — Artículo 21 TFUE, apartado 1 — Derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros — Ciudadano de la Unión que posee la nacionalidad de dos Estados miembros en el momento de su nacimiento — Ciudadano de la Unión que se desplaza entre los Estados miembros de los que es nacional — Derecho de residencia del nacional de un tercer país miembro de su familia.

Nota: El AG propone al Tribunal que responda a la cuestión prejudicial planteada del siguiente modo:
"El artículo 21 TFUE, apartado 1, no se aplica a un ciudadano de la Unión que siempre ha residido en uno u otro de los Estados miembros cuya nacionalidad posee desde su nacimiento y que, por consiguiente, no ha ejercido su derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, en la medida en que la situación de ese ciudadano no implique que un Estado miembro le aplique medidas que tengan por efecto privarle del disfrute efectivo de la esencia de los derechos conferidos por su estatuto de ciudadano de la Unión u obstaculizar el ejercicio de ese derecho."


Bibliografía - Doctrina esencial del Tribunal Supremo en extranjería 2026

 

- Doctrina esencial del Tribunal Supremo en extranjería 2026
José Mª Pey González, Abogado del Iltre. Colegio de Vizcaya y del Servicio de Inmigración del Iltre. Ayuntamiento de Baracaldo, Vocal de la Subcomisión de Extranjería y Protección Internacional del CGAE por el Consejo Vasco de la Abogacía.
Diario LA LEY, Nº 10980, Sección Dossier, 9 de Julio de 2026

El objetivo de este artículo no es únicamente recopilar pronunciamientos judiciales, sino identificar las líneas doctrinales que han ido configurando el actual modelo español de gestión jurídica de la inmigración. A través de este recorrido jurisprudencial puede apreciarse cómo el Tribunal Supremo se ha convertido en un actor esencial en la definición práctica del estatuto jurídico de las personas extranjeras, contribuyendo a dotar de coherencia a un sector normativo caracterizado por la constante evolución legislativa, la influencia decisiva del Derecho de la Unión Europea y la creciente relevancia de los estándares internacionales de protección de los derechos humanos.

 

miércoles, 8 de julio de 2026

Jurisprudencia - No es delito presentar para su homologación una licencia de conducción extranjera inauténtica con datos reales de la efectivamente obtenida en el país de origen

 

- Tribunal Supremo, Sala Segunda, de lo Penal, Sentencia 389/2026 de 10 Jun. 2026, Rec. 18/2024: Falsedad en documento oficial. Inexistencia de delito. Titular de una licencia de conducir legítima obtenida en Venezuela que presenta para su homologación en España un documento que simula perfectamente al original, pero que no es el auténtico, no figurando en el mismo ningún dato que no se ajuste a la realidad. Conducta atípica. No ha sido alterada la función probatoria del documento, en cuanto que el intervenido en poder del acusado no fue creado para probar o acreditar circunstancia alguna discordante con la realidad.

Ponente: Moral García, Antonio del.
Nº de Sentencia: 389/2026
Nº de Recurso: 18/2024
Jurisdicción: PENAL
Diario LA LEY, Nº 10979, Sección Sentencias y Resoluciones, 8 de Julio de 2026
ECLI: ES:TS:2026:2467

 

martes, 7 de julio de 2026

Bibliografía - El Reglamento Europeo de Pruebas Electrónicas ante las amenazas híbridas, la desinformación y la FIMI

 

- El Reglamento Europeo de Pruebas Electrónicas ante las amenazas híbridas, la desinformación y la FIMI: alcance, límites y utilidad procesal penal
Carlos Galán Cordero, Doctor en Derecho – Máster en Relaciones Internacionales y Comunicación, Director del Máster en Análisis de Inteligencia y Ciberinteligencia, Departamento de Seguridad y Defensa, Facultad de Derecho y Relaciones Internacionales (Universidad Nebrija)
Diario LA LEY, Nº 10978, Sección Tribuna, 7 de Julio de 2026

El Reglamento (UE) 2023/1543, relativo a las órdenes europeas de producción y conservación de pruebas electrónicas en procesos penales, y que será plenamente aplicable a partir del 18 de agosto de 2026, coincide con una intensificación de las amenazas híbridas, las campañas de desinformación y las operaciones de manipulación e interferencia extranjera de la información, conocidas en la práctica europea como Foreign Information Manipulation and Interference, o FIMI. El presente trabajo analiza si dicha norma europea puede ser considerado un instrumento jurídico de respuesta frente a tales amenazas. La conclusión principal es que el Reglamento, pese a no regular la FIMI, la desinformación o establecer un régimen europeo de protección de la integridad informativa, puede, sin embargo, desempeñar una función relevante como instrumento procesal penal para obtener o conservar pruebas electrónicas cuando determinadas operaciones FIMI incorporen conductas subsumibles en infracciones penales concretas. Su utilidad reside en facilitar la identificación, preservación y reconstrucción probatoria de la infraestructura digital utilizada en operaciones híbridas, siempre bajo exigencias de necesidad, proporcionalidad, control judicial y respeto de los derechos fundamentales.

 

lunes, 6 de julio de 2026

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


SENTENCIAS

- Asunto C-747/22, INPS (Asistencia social y acceso al empleo – Discriminación indirecta): Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 7 de mayo de 2026 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale ordinario di Bergamo – Italia) – KH / Istituto nazionale della previdenza sociale (INPS) (Procedimiento prejudicial – Espacio de libertad, seguridad y justicia – Política de asilo – Estatuto de protección subsidiaria – Directiva 2011/95/UE – Artículo 26 – Acceso al empleo – Artículo 29 – Protección social – Igualdad de trato – Medida de protección social y de acceso al empleo – Requisito de residencia de diez años como mínimo, de los cuales los dos últimos años de forma ininterrumpida – Discriminación indirecta) [DO C, C/2026/3372, 6.7.2026]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 7.5.2026.

- Asunto C-191/25, Wenzel Logistics: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 30 de abril de 2026 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof – Austria) – Wenzel Logistics GmbH / Mercedes-Benz Group AG (Procedimiento prejudicial – Competencia – Artículo 101 TFUE – Prácticas colusorias – Directiva 2014/104/UE – Artículo 3, apartado 2 – Derecho al pleno resarcimiento del perjuicio causado por un cártel – Pago de intereses – Artículo 22, apartado 2 – Aplicación en el tiempo de las medidas nacionales de transposición – Determinación de la fecha a partir de la que se devengan los intereses – Momento en el que se produce el perjuicio en caso de adquisición de bienes a precios excesivos) [DO C, C/2026/3384, 6.7.2026]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 30.4.2026.

NUEVOS ASUNTOS

- Asunto C-237/26, PMLP: Petición de decisión prejudicial planteada por la Augstākā tiesa (Senāts)(Letonia) el 24 de marzo de 2026 – A, B/Pilsonības un migrācijas lietu pārvalde [DO C, C/2026/3394, 6.7.2026]

Cuestión prejudicial:
¿Deben interpretarse los artículos 20 y 21, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, a la luz de los artículos 7 y 21, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el sentido de que se oponen a la normativa de un Estado miembro que, debido a que el Derecho de dicho Estado miembro no autoriza el matrimonio entre personas del mismo sexo, no permite reconocer el matrimonio contraído entre dos ciudadanos de dicho Estado miembro del mismo sexo en otro Estado miembro de la Unión Europea, en el que las personas que han contraído matrimonio no han residido ni antes ni después de la celebración del mismo, pero con el que una de las personas que contrajeron matrimonio tiene un vínculo estrecho y al que dichas personas se desplazaron para contraer matrimonio?

- Asunto C-279/26, Hrilerova: Petición de decisión prejudicial planteada por el Okrazhen sad Gabrovo (Bulgaria) el 2 de abril de 2026 – VJ / EI [DO C, C/2026/3398, 6.7.2026]

Cuestiones prejudiciales:
"1. ¿Debe interpretarse el artículo 2, letras b) y c), de la Directiva 2024/1385, sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, en relación con el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el sentido de que se opone a una normativa de un Estado miembro que excluye a las personas del mismo sexo que mantienen una relación de pareja (una unión de hecho o una relación íntima) del círculo de personas facultadas para solicitar protección frente a la violencia doméstica ejercida por su pareja?
2. La aplicación de una normativa nacional que no concede protección frente a la violencia doméstica a las personas del mismo sexo que mantienen una relación de pareja (relación íntima o unión de hecho) y que se adoptó y entró en vigor antes de la entrada en vigor de la Directiva 2024/1385 sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, cuyo plazo de transposición aún no ha expirado y que concede dicha protección a esas personas, ¿pone en grave peligro la consecución de los objetivos que persigue dicha Directiva y que normalmente deberían alcanzarse una vez expirado el plazo de transposición?
3. ¿Debe un órgano jurisdiccional nacional, sobre la base del principio de cooperación leal recogido en el artículo 4 TUE, apartado 3, y a la luz del tenor literal y del objetivo de la Directiva 2024/1385 sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, en relación con el artículo 21 de la Carta, dejar sin aplicar, antes de que expire el plazo de transposición de dicha Directiva, una disposición de Derecho interno adoptada con anterioridad a la entrada en vigor de aquella, a fin de garantizar un trato no discriminatorio y protección frente a la violencia doméstica a todas las personas víctimas de tal violencia, con independencia de su orientación sexual?"

- Asunto C-337/26, Gecchi: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Ordinario di Verona (Italia) el 20 de abril de 2026 – BI / AL [DO C, C/2026/3399, 6.7.2026]

Cuestión prejudicial:
¿Debe considerarse compatible con el Derecho de la Unión Europea la actual formulación de los certificados incluidos en los anexos II y III del Reglamento 2019/1111, que no permite que una sentencia que ha declarado la falta de competencia judicial sin pronunciarse sobre el divorcio, la separación o la nulidad del matrimonio, pero que contiene un pronunciamiento relativo a la condena en costas favorable a la parte cuyas pretensiones han sido estimadas, surta efectos en los Estados miembros (con excepción de Dinamarca) y se ejecute solo en la parte concerniente a las costas?"

- Asunto C-446/26, Blerens: Petición de decisión prejudicial planteada por el rechtbank Amsterdam (Países Bajos) el 6 de mayo de 2026 – Orden de detención europea contra RI; Otra parte en el procedimiento: Openbaar Ministerie [DO C, C/2026/3402, 6.7.2026]

Cuestión prejudicial:
"¿Debe interpretarse el artículo 8, apartado 1, letra c), de la Decisión Marco 2002/584/JAI, en relación con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el sentido de que no se cumplen las exigencias inherentes a la tutela judicial efectiva de que debe disfrutar una persona contra la que se ha dictado una orden de detención europea para el ejercicio de acciones penales y, además, para la ejecución de penas privativas de libertad, si:
   1) la orden de detención europea ha sido emitida por un fiscal, que puede tener la consideración de «autoridad judicial emisora» en el sentido del artículo 6, apartado 1, de dicha Decisión Marco, pero cuya decisión de emitir esa orden de detención europea no puede ser objeto de control judicial en el Estado miembro emisor antes de la entrega de la persona buscada, cuando
   2) esa orden de detención europea —en lo que se refiere al ejercicio de acciones penales— se basa en una orden de detención nacional emitida por un juez que, al emitir dicha orden, no ha examinado la concurrencia de los requisitos para la emisión de una orden de detención europea ni, en particular, su proporcionalidad, y cuya decisión no puede ser objeto de tal control judicial en el Estado miembro emisor antes de la entrega de la persona buscada?"


sábado, 4 de julio de 2026

Boletín de Prensa del Observatorio Europeo de Gerontomigraciones - European Observatory on Gerontomigration Press Bulletin (3 julio 2026)


 Boletín de Prensa del Observatorio Europeo de Gerontomigraciones / European Observatory on Gerontomigration Press Bulletin, nº 490, de 3 de julio de 2026.


"The surprising reason Britons are no longer Spain’s biggest foreign home buyers", Euro Weekly News, 01 | 07 | 2026 - Reportaje (Molly Grace)
While British purchasing levels have held broadly stable, other European buyers have increased their activity at a quicker pace. The result is an overtaking, not a withdrawal. ... Brexit has not removed British buyers from Spain’s housing market, but it has altered the conditions around them. UK citizens are now classed as third-country nationals. That brings the 90-day rule for non-resident stays, more administrative steps during purchase... For some buyers, that has changed timing rather than intention. Many now visit first, rent before committing, or delay purchases until retirement plans are fully in place. ... Spain is not seeing one nationality replace another, but a broader redistribution of demand shaped by how Europeans now choose to live, work and spend time abroad.

"El acceso de los extracomunitarios a las prestaciones asistenciales: el Tribunal de Justicia avala la «prioridad» de los residentes permanentes, pero garantiza la igualdad plena para los beneficiarios de protección internacional (con estatuto de refugiados o protección subsidiaria)", Diario La Ley, 30 | 06 | 2026 - Opinión (José Luis Monereo Pérez y Alejandro Muros Polo)
Si bien el Tribunal de Justicia ya determinó en 2024 que exigir más de cinco años de residencia previa para ser beneficiario de subsidios era una medida indirectamente discriminatoria por razón de nacionalidad, el Tribunal de Luxemburgo en la sentencia Luevi ha interpretado que la regla de igualdad de trato de la Directiva 2011/98 de permiso único no se aplica a las prestaciones no contributivas... se refuerza el margen estatal para exigir la autorización de residencia de larga duración en cuanto al acceso a los subsidios y ayudas de asistencia social. No obstante, la reciente sentencia de la Gran Sala del TJUE de 7 de mayo de 2026, KH v. INPS, cambia las reglas para los beneficiarios de protección internacional... para la UE el acceso a las prestaciones no contributivas depende del estatuto jurídico protector que se le haya concedido al nacional extracomunitario, con independencia de la necesidad real o la dificultad económica por la que se esté atravesando.

"Italia confirmó un beneficio fiscal para jubilados que se muden a estos pueblos: quiénes pueden acceder y cuáles son los requisitos", El Cronista, 30 | 06 | 2026 - Reportaje
La iniciativa tiene el objetivo de atraer nuevos residentes a pequeñas localidades de Italia.

"Falsificaban testamentos de ancianos extranjeros que morían solos: 3 abogados detenidos en Nerja", Euronews, 29 | 06 | 2026 - Noticia
Vaciaban las cuentas de personas ya fallecidas. Ese era el modus operandi de la red ya desarticulada por la Guardia Civil... Una trama que durante años se cebó con las víctimas más indefensas: ancianos extranjeros sin familia cerca que fallecían solos para quedarse con sus herencias. ... De momento, los tres abogados ya se enfrentan a una interminable lista de delitos (estafa, falsificación documental, usurpación de estado civil, usurpación de bienes inmuebles, apropiación indebida, blanqueo de capitales y pertenencia a grupo criminal) que podría engordarse aún más si, tal y como sospecha la Policía, apareciesen más víctimas.

"Detenidos tres abogados por apropiarse de una cuantiosa herencia extranjera en Nerja", Sur, 29 | 06 | 2026 - Noticia
La Guardia Civil ha detenido a tres personas en el marco de la 'operación Donova', una investigación centrada en la supuesta apropiación de una cuantiosa herencia ... procedente de una mujer extranjera que había fallecido sola en una residencia de mayores. ... había sido ingresada en el centro a petición de los Servicios Sociales de Nerja. Antes de su ingreso, según la investigación, eran sus vecinos quienes le proporcionaban alimento y ropa debido a sus problemas de salud mental, una circunstancia que refuerza el perfil vulnerable de algunas de las presuntas víctimas del entramado. Para apropiarse de la herencia, los detenidos habrían utilizado un testamento ológrafo falsificado, supuestamente escrito de puño y letra por la fallecida. ... se habría recurrido a otros miembros del grupo criminal como testigos... La investigación sigue abierta para determinar si hay más víctimas o integrantes del presunto grupo criminal...

"Life after Brexit in southern Spain: 'I used to travel to England five times a year to visit my children; now I only go once'", Sur in English, 29 | 06 | 2026 - Reportaje (MJ Arrebola)
British residents in Almuñécar and Salobreña on Granada province's Costa Tropical explain the consequences of the UK’s withdrawal from the EU have had on them

"My parents retired to Spain 20 years ago. Brexit is stopping me caring for them", iNews, 28 | 06 | 2026 - Reportaje (Flora Symington)
Ten years on from Brexit, the strict rules now governing UK visitors are making it a living nightmare for some families. An ageing cohort of British expats, struggling to manage their health, are finding that their families are blocked from moving over or spending more time in Spain to take care of them due to the end of freedom of movement. ... She says this is made worse by the fact that the Spanish care system is designed for families to help, with even hospitals expecting that they take part in the care. ... Talks between the UK and the EU to negotiate a “reset” are due to take place this summer, though the issue of visas for family carers is not due to come up. ... The European Commission, which handles migration policy for the EU, told Reuters that cases where the absence of a family member providing care ⁠would force the elderly beneficiary of the Withdrawal Agreement to leave the host state were evaluated on merit.

"The EU gives the States two years to speed up the census of expatriates in municipal elections", Demócrata, 24 | 06 | 2026 - Noticia
The EU gives Member States until 2028 to facilitate the registration and municipal voting of EU citizens residing in another member country.

"Los Veintisiete tienen dos años para simplificar el registro electoral a expatriados para que voten en municipales", Infobae, 24 | 06 | 2026 - Noticia
...lo ha anunciado el Ejecutivo comunitario en un comunicado, que ha concretado que los Estados miembro tendrán hasta el 28 de junio de 2028 para transponer la actualización de la norma a sus legislaciones nacionales... La nueva normativa, adoptada el pasado mes de mayo por los Veintisiete, busca eliminar trabas que todavía afrontan los denominados ciudadanos europeos "móviles", entre ellas dificultades para acceder a información clara sobre cómo votar, procesos de inscripción complejos o el riesgo de ser eliminados automáticamente del censo electoral de su país de origen al registrarse en el extranjero.

"Over 2,000 Brits living in Spain and the EU are claiming disability benefits from UK at a cost of £10m a year to British tax payers", The Olive Press, 24 | 06 | 2026 - Reportaje ( Maeve Gorman)
British tax payers are funding around £10 million a year in disability benefits for more than 2,000 Brits living in Spain and across the EU. ... Expats living in the EU can claim disability benefits if they are able to prove a ‘genuine and sufficient link’ to the UK, such as receiving a UK state pension. They can only receive the Daily Living component of PIP, which ranges from £76.70 to £114.60 per week, to assist with essential tasks like washing, preparing meals and dressing. Expats are not eligible for the ‘Mobility’ benefit which covers travel within the UK.

"Massive demand from Britons heading to live in Spain for the Non-Lucrative Visa", Majorca Daily Bulletin, 23 | 06 | 2026 - Noticia
Demand among Britons ... has reached record levels and it is the most common and primary pathway for British retirees, investors, and passive income earners to stay in Spain for longer than 90 days.

"Families caring for elderly parents in Spain say Brexit has left them with impossible choices", Euro Weekly News, 22 | 06 | 2026 - Reportaje (Harry Dennis)
Brexit has made family care harder for some British residents in Spain. Many UK pensioners living legally in Spain can access state healthcare through routes such as the S1 form, which is registered with Spain’s Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), the National Social Security Institute. Once registered, this can give access to state healthcare on the same basis as a Spanish citizen. Social care is different.

"Vox’s anti-immigrant ‘national priority’ plan starts to take shape as far-right party gains influence across Spain – should expats be worried?", The Olive Press, 22 | 06 | 2026 - Reportaje (Maeve Gorman)
A controversial ‘national priority’ agenda being pushed by Vox is beginning to take shape across Spain as the far-right party expands its influence in regional governments. ... The growing influence of Vox and the expansion of these policies across multiple regions has sparked concern over how they could affect access to housing and public services. ... areas with large expat communities such as the Costa Blanca, Costa del Sol and Valencia region are facing uncertainty over what the new measures could mean for them.

"More than 2,000 British expats living in European holiday hotspots are still claiming UK taxpayer-funded disability benefits", Daily Mail, 22 | 06 | 2026 - Reportaje (Rory Tingle)
Brits soaking up the sun in holiday hotspots including Spain, Italy, France and Portugal can still apply for taxpayer-funded Personal Independence Payment (PIP). Some 2,244 people are currently claiming the benefit despite living abroad, according to statistics from the Department for Work and Pensions (DWP). The figure has surged by 86 per cent since before Covid, when 1,203 expats were receiving the benefit.

"Costa del Dole. Thousands of Brit expats in EU hols hotspots still claiming UK-funded disability benefits costing taxpayers £10m a year", The Sun, 21 | 06 | 2026 - Reportaje (Thomas Godfrey)
A so-called “Costa Del Dole” rule means Brits who relocated to the continent can apply for UK taxpayer-funded Personal Independence Payment (PIP) while living in foreign villas and holiday resorts. ... It means the Department for Work and Pensions is potentially shelling out as much as £10 million a year to fund the daily living costs of expats lounging in European sunspots. Of the total figure, 414 got aid for psychiatric disorders, 1,001 for musculoskeletal diseases, 60 for respiratory conditions and 79 for hearing and visual disorders.

"Elderly British residents in Spain face post-Brexit care crisis Lorraine", In Spain News, 21 | 06 | 2026 - Reportaje ( Williamson)
Elderly British residents in Spain are facing a growing post-Brexit care problem as adult children and relatives struggle to spend enough time in the country to look after ageing parents. For many families, the problem is not whether they want to care for elderly relatives in Spain. It is whether they are legally allowed to stay long enough to do it. ... Many older British residents have lived in Spain for years or even decades. Their homes, friends, doctors, routines and support networks are here. ... Some no longer have property there. Others no longer have a local support network. Many would face long waits and pressure within the UK care system. ... Spain does provide public support for people with care needs, but the system is run through the autonomous communities and the level of help depends on assessed dependency. ... Families often fill the gap. However ... the UK-EU Withdrawal Agreement ... does not automatically give adult children in the UK a simple right to move to Spain later to care for ageing parents. ... This is not only about immigration paperwork. It is about how families plan care across borders.

"In Spain, elderly UK expats struggle for care post-Brexit", Reuters, 19 | 06 | 2026 - Reportaje (Victoria Waldersee)
A senior European Commission official said cases where the absence of a family member providing care ⁠would force the elderly beneficiary of the Withdrawal Agreement to leave the host state were evaluated on merit. Otherwise, general migration rules applied. ... The number of Britons living in Spain has remained largely stable since the Brexit vote, official data shows. About a third of them are pensioners... The Spanish social care system provides home care to infirm citizens and residents, but this is ​capped at 94 hours a ⁠month for those classified as suffering from a "total loss of autonomy" - around 3 hours a day.
Returning to the UK is a daunting and unrealistic prospect for those who have spent decades in Spain and have no community or property to return to, said ... a welfare officer at the 'Help at Home Costa Blanca' charity providing support to elderly Britons ⁠in the area.

"La Unión Europea acuerda nuevas normas para proteger a los adultos vulnerables en situaciones transfronterizas (27 de mayo de 2026)", Diario La Ley, 19 | 06 | 2026 - Noticia
El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo político sobre un nuevo Reglamento destinado a reforzar la protección jurídica de los adultos vulnerables en contextos transfronterizos dentro de la Unión Europea. Dicho Reglamento facilitará el reconocimiento de medidas de protección y poderes de representación entre Estados miembros, reforzando la autonomía, la seguridad jurídica y los derechos fundamentales de las personas que necesitan apoyo para adoptar decisiones personales o patrimoniales. ... Una vez finalizada la redacción definitiva del texto y formalmente aprobada por el Consejo y el Parlamento Europeo, la nueva normativa entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. La aplicación efectiva de las nuevas disposiciones se realizará progresivamente durante los veinticuatro meses posteriores a su entrada en vigor, con el objetivo de permitir a los Estados miembros adaptar sus sistemas nacionales y desarrollar las estructuras necesarias para su correcta aplicación.

 

Nota: Este Boletín de Prensa realiza un seguimiento periodístico de los aspectos más destacados del fenómeno de la movilidad transfronteriza de personas mayores estudiado en el Observatorio Europeo de Gerontomigraciones. Mi agradecimiento a la Coordinadora del observatorio, la Profesora Mayte Echezarreta Ferrer, así como a sus miembros, investigadores y colaboradores, por su labor y por permitir su difusión en Conflictus Legum

 

BOE de 4.7.2026


- Corrección de errores de la Orden HAC/623/2026, de 12 de junio, por la que se modifican la Orden EHA/3316/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 210, 211 y 213 del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente, la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y el gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación y otras normas referentes a la tributación de no residentes; la Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, por la que se aprueban el modelo 216 «Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Declaración-documento de ingreso» y el modelo 296 «Impuesto sobre la Renta de No Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta»; y la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Nota: Véase la Orden HAC/623/2026, de 12 de junio, así como la entrada de este blog del día 23.6.2026.

[BOE n. 162, de 4.7.2026]