SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 6 de marzo de 2008, en el asunto C‑196/07 (Comisión/España): Incumplimiento de Estado – Política de la competencia – Concentraciones – Incumplimiento de determinadas obligaciones impuestas por la Comisión – E.ON/Endesa.
Fallo: "Declarar que el Reino de España, al no haber retirado:– las condiciones primera a sexta, octava y decimoséptima impuestas por la resolución de la Comisión Nacional de la Energía, declaradas incompatibles con el Derecho comunitario por el artículo 1 de la decisión de la Comisión de 26 de septiembre de 2006 [Asunto nº COMP/M.4197 – E.ON/Endesa – C(2006) 4279 final], yha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 2 de cada una de estas decisiones."
– las condiciones primera, décima, undécima y decimoquinta modificadas, impuestas por la resolución del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, declaradas incompatibles con el Derecho comunitario por el artículo 1 de la decisión de la Comisión de 20 de diciembre de 2006 [Asunto nº COMP/M.4197 – E.ON/Endesa – C(2006) 7039 final], dentro de los plazos señalados,
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.