martes, 1 de marzo de 2011

Jurisprudencia


Juzgado de lo Mercantil N° 1 de Barcelona, Sentencia de 10 Ene. 2011, proc. 651/2010: Transporte aéreo. Obligaciones de la aerolínea. Expedición de la tarjeta de embarque. Nulidad por abusiva de la cláusula por la que la compañía impone al pasajero, para poder viajar, la obligación de presentarse en el aeropuerto con la tarjeta de embarque impresa so pena de sufrir una penalización de 40 euros si necesita que el personal de tierra de la compañía la reimprima en cualquiera de los mostradores de facturación antes del vuelo. Constituye una condición general inserta en un contrato de adhesión que altera las obligaciones que legalmente se imponen a cada una de las partes, provocando así un desequilibrio en las prestaciones. Procedencia de la devolución al pasajero de la penalización cobrada. Responsabilidad contractual. Cancelación de vuelo. Aplicación del Reglamento 261/2004 CE. Reintegro de los gastos de manutención, alojamiento y desplazamiento en taxi sufragados por el actor, así como del billete alternativo. La compañía incumplió su obligación de prestar al pasajero la asistencia necesaria y le ofreció un vuelo alternativo que no puede considerarse como conducción al aeropuerto de destino en condiciones comparables a las contratadas, ya que entre la hora de regreso inicialmente contratada y la ofertada media una diferencia de más de 24 horas. Improcedencia de la condena a la aerolínea al abono de la compensación económica correspondiente. Cancelación del vuelo por fuerza mayor. Cierre del aeropuerto de destino como consecuencia de la afectación del espacio aéreo por una nube de cenizas procedentes de un volcán en erupción en Islandia. Tampoco procede la concesión de una indemnización por daño moral. No se acredita una angustia o malestar de mayor entidad que la propia de este tipo de situaciones.
Ponente: Córdoba Ardao, Bárbara María.
Nº de Sentencia: 5/2010
Nº de Recurso: 651/2010
Jurisdicción: CIVIL
Diario La Ley, Nº 7579, Sección La Sentencia del día, 1 Mar. 2011

Nota: Véase el Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, hecho en Montreal el 28 de mayo de 1999, así como el Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.

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