sábado, 16 de febrero de 2019

BOE de 16.2.2019


-Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre la participación en determinadas elecciones de nacionales de cada país residentes en el territorio del otro, hecho en Madrid el 21 de enero de 2019.
Nota: Según su art. 2, el Reino Unido se compromete a conceder a los nacionales españoles que residan legalmente en el Reino Unido el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones locales del Reino Unido, en las mismas condiciones que los nacionales del Reino Unido. Los nacionales españoles quedarán excluidos del derecho de sufragio activo y pasivo por las mismas causas que dispone la ley en relación con los nacionales del Reino Unido.
Por su parte, en el art. 3 se dispone que España se compromete a conceder a los nacionales del Reino Unido que residan legalmente en territorio español el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales españolas, en las mismas condiciones que los nacionales del mismo y siempre que cumplan determinados requisitos.
En relación con las elecciones municipales de mayo de 2019, los nacionales del Reino Unido que estén inscritos a 30 de enero de 2019 en el Censo Electoral de Extranjeros Residentes en España para las elecciones municipales no tendrán que cumplir otros requisitos y su inscripción seguirá siendo válida (art. 7).
Este Acuerdo se aplicará provisionalmente en el momento en que el Reino Unido abandone la Unión Europea (art. 8).
-Real Decreto 68/2019, de 15 de febrero, por el que se regula la concesión de una subvención directa a la Fundación España Salud para el desarrollo de programas sanitarios y sociales, dirigidos a personas españolas residentes en Venezuela, así como la concesión de ayudas individuales directas para la atención en asilos privados de personas mayores o dependientes.
Nota: En la exposición de motivos de esta norma se explica que los servicios del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en la Embajada de España en Caracas han informado de que la difícil situación económica que se da actualmente en Venezuela está incidiendo de manera significativa en la población española residente en ese país, afectando especialmente a personas pertenecientes a determinados colectivos vulnerables, entre los que se han constatado necesidades de atención de carácter sanitario y social. La ciudadanía española en Venezuela la componía a 1 de enero de 2018 un colectivo de 167.255 residentes en el país, del que en torno al 30 por ciento son personas mayores de 65 años y aproximadamente el 13 por ciento, personas menores de 18 años. Por todo ello, se considera preciso acometer una intervención extraordinaria, dirigida especialmente a la atención de las necesidades sanitarias y sociales básicas del colectivo de españoles en Venezuela, previniendo a un tiempo que el retorno a España constituya la única salida para una parte del mismo.
Se encuentra operativa la entidad, radicada en Venezuela, Fundación España Salud, creada con la finalidad de prestar asistencia médico-quirúrgica y farmacéutica a los emigrantes españoles, en particular a los beneficiarios de pensiones asistenciales y contributivas, sin perjuicio de que su acción se extienda a todos los miembros de la colectividad española. En la actualidad, esta Fundación presta la asistencia sanitaria, mediante convenio suscrito con ella por el entonces Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en fecha 6 de abril de 2006, a los beneficiarios de la prestación económica por razón de necesidad. Así, cuenta con una larga trayectoria de actividades en el ámbito migratorio, con el apoyo institucional de la Dirección General de Migraciones a través del referido convenio, así como de programas de subvenciones destinados a la atención de personas mayores y/o dependientes. La Fundación dispone de medios organizativos, materiales y humanos, para la atención de la mayor parte de las medidas que se acometen en el marco de esta intervención extraordinaria.

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