jueves, 18 de julio de 2019

Jurisprudencia - La Administración declarará extinguida la autorización de residencia por razones extraordinarias sin comprobar si existen requisitos para la renovación


Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia 820/2019 de 13 Jun. 2019, Rec. 3498/2018: Interés casacional. Extrajeros. Extinción de la autorización temporal de residencia y trabajo por razones extraordinarias de arraigo. La Administración decretará la extinción de las autorizaciones de residencia temporal o de residencia temporal y trabajo, incluidas las extraordinarias, cuando constate que han desaparecido las circunstancias que sirvieron de base para su concesión, siempre que no se hubieran extinguido "ope legis" por cualquiera de las circunstancias legalmente previstas. No es de aplicación, en estos supuestos, el art. 71.2 del Reglamento de Extranjería, por lo que la Administración no debe comprobar si el extranjero cumple los requisitos para obtener la renovación de una autorización temporal de residencia y trabajo por cuenta ajena. Interpretación de los arts. 162.2.b) y 71 RD 557/2011 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.
Ponente: Huerta Garicano, Inés María.
Nº de Sentencia: 820/2019
Nº de Recurso: 3498/2018
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 9459, Sección Jurisprudencia, 18 de Julio de 2019
ECLI: ES:TS:2019:1994

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.