jueves, 4 de agosto de 2011

BOE de 4.8.2011


-Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial.
Nota: De conformidad con su art. 3, quedan incluidos en el ámbito de aplicación de esta norma los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal; los funcionarios de carrera del Cuerpo de Secretarios Judiciales, de Médicos Forenses, de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial, y de los restantes Cuerpos y Escalas al servicio de la Administración de Justicia; los funcionarios en prácticas, aspirantes al ingreso en las Carreras y Cuerpos ya mencionados; los Letrados de carrera que integran el Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional; y los miembros de los Cuerpos profesionales extinguidos o integrados que conserven el derecho a pertenecer a esta Mutualidad.
De esta disposición cabe destacar los siguientes preceptos:
  • Art. 73: Asistencia sanitaria prestada fuera de territorio nacional.
  • Art. 74: Asistencia sanitaria a los mutualistas destinados en el extranjero.
  • Art. 75: Obligaciones de mutualistas y beneficiarios que se desplacen al extranjero.
  • Art. 111.2.b): Podrán recibir, entre otros, el subsidio especial por maternidad o paternidad en el supuesto de acogimiento, adopción o parto múltiple, los menores adoptados o acogidos, siempre que su número sea igual o superior a dos, que superasen los seis años de edad, sean menores desde el punto de vista legal y se encuentren en alguno de estos supuestos: que sean personas con discapacidad o que por sus circunstancias y experiencias personales o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar debidamente acreditados por los servicios sociales competentes.
  • Disposición adicional tercera: Miembros de las Carreras, Cuerpos y Escalas de la Administración de Justicia que hubieran ejercitado el derecho de transferencia a la UE a efectos de derechos pasivos.
-Orden EDU/2191/2011, de 29 de julio, por la que se modifica la Orden ECD/531/2003, de 10 de marzo, por la que se establece el procedimiento para la provisión por funcionarios docentes de las vacantes en centros, programas y asesorías técnicas en el exterior.
Nota: Véase la Orden ECD/531/2003, de 10 de marzo, por la que se establece el procedimiento para la provisión por funcionarios docentes de las vacantes en centros, programas y asesorías técnicas en el exterior, dictada en desarrollo del Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior.
[BOE n. 186, de 4.8.2011]

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