- Prisiones y extranjería. Realidades unidas a través de la protección de datos
Puerto Solar Calvo (Jurista II.PP., Doctora en Derecho), Pedro Lacal Cuenca (Psicólogo II.PP., Máster en Psicología)
Diario LA LEY, Nº 10541, Sección Tribuna, 8 de Julio de 2024
De un lado, lo que supone el hecho causante de la entrada de una persona en una prisión, la comisión de un delito, obliga a la Administración Penitenciaria a trabajar en busca de su reinserción. De otro, ese mismo hecho causante constituye una causa de expulsión del territorio nacional. En la práctica, esta situación da lugar a no pocas paradojas, en las que la normativa de protección de datos —en concreto, los datos que administraciones con finalidades diferentes pueden o no compartir— adquiere relevancia vital para evitar extralimitaciones valorativas. Veamos la norma y el supuesto de hecho tipo que da lugar a esta reflexión.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.