-Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
Nota: Su ámbito de aplicación se contiene en la norma segunda, que establece que la Circular se aplicará "a los servicios bancarios dirigidos o prestados en España por las entidades de crédito españolas y las sucursales en España de entidades de crédito extranjeras".-Ley 7/2012 de la Comunidad Autónoma de Cataluña, de 15 de junio, de modificación del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.
Véase la corrección de errores de la Circular.
Nota: En la exposición de motivos se recogen las principales características de la reforma, centrada en la regulación de las fundaciones: "las modificaciones se orientan a incentivar la constitución de fundaciones reduciendo la dotación inicial, a incrementar la autonomía de gestión de las fundaciones permitiendo compatibilizar la condición de patrono y la prestación de servicios a la fundación bajo determinadas condiciones, a flexibilizar el régimen de autorizaciones para determinadas operaciones del patronato sustituyendo la autorización por la declaración responsable y a posibilitar que una persona que no tenga la condición de patrono pueda ejercer el cargo de secretario, entre otras medidas".[BOE n. 161, de 6.7.2012]
Véase la Ley 4/2008 de la Comunidad Autónoma de Cataluña, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.
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